ORDENANZA N° 476-MSS - Aprueban el Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito de Santiago de Surco
Fecha de disposición | 09 Abril 2014 |
Fecha de publicación | 09 Abril 2014 |
El Peruano
Miércoles 9 de abril de 2014
520618
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
DE SAN BORJA
Modifican el Reglamento de Subasta
Pública de Vehículos Abandonados en
la Vía Pública
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2014-MSB-A
San Borja, 1 de abril del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN BORJA
VISTOS, el Informe Nº 221-2014-MSB-GM-GAJ de
la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 12 de marzo
de 2014, el Memorándum Nº 322-2014-MSB-GM de la
Gerencia Municipal de fecha 13 de marzo de 2014; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, dispone que los gobiernos locales gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; autonomía que radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ordenanza Nº 462-MSB se aprobó el
“Marco Normativo para el Retiro de Vehículos Abandonados
en áreas públicas del Distrito de San Borja” sustentada en
prevalecer las normas relacionadas al ornato y aseo urbano
en el Distrito de acuerdo a lo prescrito por el Decreto
Supremo Nº 033-81-SA;
Que, asimismo, por Decreto de Alcaldía Nº 005-2013-
MSB-A, se aprobó el Reglamento de Subasta Pública de
Vehículos Abandonados en la Vía Pública, que estableció
las defi niciones, principios preliminares y procedimientos
para llevar a cabo la subasta pública.
Que, mediante Informe Nº 221-2014-MSB-GM-GAJ la
Gerencia de Asesoría Jurídica recogiendo la propuesta de
la Comisión de Subasta Pública y de la Unidad de Logística
de la Gerencia de Administración y Finanzas, propone
la modifi cación del Reglamento de Subasta Pública de
Vehículos Abandonados en la Vía Pública, para la mejor
aplicación de la norma reglamentaria y correcta aplicación
de la Ordenanza Nº 462-MSB;
Que, la Gerencia Municipal mediante documento del
visto sustentado en el Informe Nº 221-2014-MSB-GAJ
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, propone para su
aprobación el proyecto de “Modifi cación del Reglamento
del Procedimiento para la Subasta Pública de Vehículos
Abandonados en la Vía Pública”;
Que, el artículo 39º y 42º de la Ley Nº 27972, establecen
que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno
mediante decretos de alcaldía, a través de los cuales se
aprueban normas reglamentarias para la aplicación de
ordenanzas, resuelven o regulan asuntos de orden general
y de interés para el vecindario, que no sean competencia
del concejo municipal;
Que, en este sentido, la Segunda Disposición Final de
la Ordenanza Nº 462-MSB faculta al Alcalde a dictar las
disposiciones reglamentarias que correspondan para su
adecuada aplicación;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 20 numeral 6) de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de
la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tránsito
y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administración y
Finanzas, Gerencia de Planifi cación Estratégica, Unidad de
Ejecución Coactiva y Gerencia Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos II, V, 7.4,
7.17 y 7.18 del Artículo VII del “Reglamento de Subasta
Pública de Vehículos Abandonados en la Vía Pública”
quedando redactado de la siguiente manera:
(...)
II. FINALIDAD
A través de la presente, se establecen los procedimientos
que deben cumplir las áreas administrativas de la
Municipalidad Distrital de San Borja, que correspondan
intervenir para realizar la disposición fi nal a través de
la Subasta Pública de vehículos abandonados en la vía
pública que atentan contra el Ornato.
V DEFINICIONES
Sustituir en el literal como sigue:
i) Chatarra.- Elemento carrozable o chasis abandonado,
que requiera de apoyo de grúa o similar para su traslado al
no poderlo realizar por sus propios medios.
VII PROCEDIMIENTO
(...)
7.4 Procedimiento de Subasta o remate de
Vehículos
El procedimiento de remate o subasta de vehículos
abandonados en calidad de chatarra se sujeta a lo
establecido en el Código Procesal Civil, en el que se
identifi can tres fases:
a) Tasación
b) Remate, y
c) Entrega del vehículo, a través del Acta de Subasta
Pública y acreditación del pago de la puja. Y pago al
martillero.
7.17 Entrega del Vehículo subastado y destino del
dinero obtenido
En el remate del vehículo, el pago se realiza en dicho
acto, debiendo de entregarse de inmediato el bien al
adjudicatario.
El importe del remate se depositará en la Municipalidad
Distrital de San Borja a más tardar al día siguiente de
realizado.
Depositado el precio, la Comisión eleva el expediente a
la Gerencia Municipal con informe de los actos realizados,
para los efectos de la entrega del vehículo mediante
resolución de Gerencia Municipal, que contendrá:
a) Descripción del bien
b) Orden al ejecutado del procedimiento sancionador
c) Resolución que ordene la Subasta Pública
d) Informe de la Comisión de Subasta Pública.
7.18 Incumplimiento del adjudicatario
Si el saldo del precio del remate del vehículo no es
depositado dentro del plazo legal, la Comisión declarará la
nulidad del remate y convocará a uno nuevo.
Artículo Segundo.- VIGENCIA la vigencia del presente
Reglamento es a partir del día siguiente de su publicación.
Artículo Tercero.- DEROGAR toda otra norma que se
oponga a lo dispuesto en el presente Reglamento.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Decreto en el
Diario Ofi cial El Peruano, el Portal Institucional y el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCO ÁLVAREZ VARGAS
Alcalde
1071498-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban el Sistema Local de Gestión
Ambiental del Distrito de Santiago de
Surco
ORDENANZA Nº 476-MSS
Santiago de Surco, 14 de marzo de 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO
DE SURCO
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