ORDENANZA N° 469-MDJM - Ordenanza que otorga beneficios para la regularización de obligaciones sustanciales y formales, a favor de contribuyentes del distrito

EmisorMUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA
Fecha de la disposición 9 de Julio de 2015
El Peruano
Jueves 9 de julio de 2015 556991
Edi cación y Levantamiento de Cargas en el distrito de
Comas; y,
CONSIDERANDO:
del Perú, modi cado mediante Ley Nº 28607 (Ley
de Reforma Constitucional) en concordancia con lo
dispuesto en el artículo 11 del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las
municipalidades provinciales y distritales son órganos de
Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia,
radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos
de gobierno administrativos y de administración;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-Vivienda
de fecha 04 de Mayo del 2013, se aprueba el Reglamento
de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de
Edi cación, acorde con las disposiciones contenidas en la
Ley Nº 29090 Y sus modi catorias, a n de lograr unidad
y coherencia en la normativa sobre la materia, lo cual
garantizará la seguridad jurídica en la regulación de los
procedimientos administrativos para la obtención de las
Licencias de Habilitación Urbana y de Edi cación.
Que, el Decreto Nº 008-2013-Vivienda, en su Capítulo
VI, artículo 68º, acerca del procedimiento de Regularización
de Edi caciones, señala que su ámbito está constituido por
aquellas que hayan sido construidas sin licencia o que no
tengan conformidad de obra y que hayan sido ejecutadas
entre el 20 de Julio de 1999 hasta el 27 de Setiembre de
2008, sobre las cuales se podrán iniciar los procedimientos
de regularización hasta el 31 de Diciembre de 2013, en el
mismo sentido el artículo 69º señala que uno de los requisitos
para solicitar Licencia de Regularización de Edi caciones,
es la presentación de la copia del comprobante de pago
de la multa por construir sin licencia equivalente al 10 del
valor de la obra a regularizar, tomando como base el costo
a la fecha de la construcción, actualizado por el índice
de precios al consumidor, debiéndose veri car durante
la constatación de la edi cación que se cumpla con los
parámetros vigentes, conforme a lo previsto en el artículo
70º de la mencionada norma legal.
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades establece que las Ordenanzas Municipales
son normas de carácter general, que gozan de mayor jerarquía
en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en las que
la Municipalidad tiene competencia normativa, establecido en
el artículo 9º, numeral 3 del mismo cuerpo legal corresponde al
Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior
y funcionamiento del gobierno local;
Que, mediante Ordenanza Nº 347-MDC de fecha 28
de Noviembre del 2011, publicada en el Diario O cial
El Peruano el 06 de Enero del 2012, se aprueba la
Ordenanza de Regularización de Edi caciones, Licencia
de Edi cación, Conformidad de Obra y Declaratoria de
Edi cación, y Levantamiento de Cargas en el distrito de
Comas, sin Licencia hasta el 30 de Junio del 2012.
Que, asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 019-
2012/MDC de fecha 21 de Diciembre del 2012, publicado
en el Diario O cial El Peruano, el 31 de Diciembre del
2012, se prorroga su vigencia por última vez hasta el 30
de Marzo del 2013.
Que, mediante Ordenanza Nº 398-MDC de fecha 27 de
Setiembre del 2013, publicada en el Diario O cial El Peruano
en fecha 29 de Noviembre del 2013 se aprobó la Ordenanza
de Regularización Edi caciones, Licencia de Edi cación,
Conformidad de Obra y Declaratoria de Edi cación y
Levantamiento de Cargas en el distrito de Comas, para obras
ejecutadas sin Licencia hasta el 31 de Noviembre del 2013, la
cual culminó su vigencia el 30 de Junio del 2014.
Que, con Ordenanza Nº 423-MDC de fecha 27 de
Setiembre del 2014, publicada en el Diario O cial El
Peruano de fecha 20 de Noviembre del 2014 se aprobó la
Ordenanza de Regularización de Edi caciones, Licencia
de Edi cación, Conformidad de Obra y Declaratoria de
Edi cación y Levantamiento de Cargas en el distrito de
Comas, para obras ejecutadas sin Licencia hasta el 30
de Junio del 2014, la cual culminó su vigencia el 31 de
Diciembre del 2014.
Que, según Informe Nº 006-2015-SGOP-GDU/MC, el
Subgerente (e) de Obras Privadas, señala que se hace
necesario una Ordenanza que permita a nuestros vecinos
formalizar sus construcciones y con ello tener la posibilidad
de acceder a créditos y valorización de su propiedad, por
lo que opina favorablemente por la aprobación de la norma
que establezca la Regularización de Edi caciones: Licencia
de Edi cación, Conformidad de Obra y Declaratoria de
Edi cación y Levantamiento de Cargas en el distrito de
Comas;
Que, según Informe Nº 195-2015-GDU/MC, el Gerente
de Desarrollo Urbano, remite al Gerente Municipal
la Propuesta de la Ordenanza, para su respectiva
prosecución de trámite, hasta ser elevado al Pleno del
Concejo; señalando que esta Ordenanza ocasionará
grandes bene cios en la población, ya que en nuestro
distrito la mayoría de sus viviendas, negocios u otros han
sido autoconstruidos y necesitan esta regularización para
obtener el derecho de valorizaciones de sus predios.
Que, según Informe Nº 135-2015-GAJ/MDC, el Gerente
de Asuntos Jurídicos opina que al encontrarse la citada
propuesta de Ordenanza conforme a lo establecido por los
Artículos 9º, numeral 8 y 39º y 40º de la Ley Nº 27972
Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente por
lo que recomienda su aprobación elevando los actuados al
Concejo Municipal, y sugiere que en la Cuarta Disposición
Final, conforme a lo señalado en el Articulo del proyecto
remitido se consigne que la vigencia de la Ordenanza es
hasta el 30 de Octubre del 2015.
Estando a lo expuesto y en ejercicio de la facultad
conferida por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº
Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por
UNANIMIDAD, lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN
DE EDIFICACIONES: LICENCIA DE EDIFICACIÓN,
CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE
EDIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE CARGAS EN
EL DISTRITO DE COMAS
Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de
Ordenanza que aprueba la Regularización de Edi caciones:
Licencia de Edi cación, Conformidad de Obra, Declaratoria
de Edi cación y Levantamiento de Cargas en el distrito de
Comas, el mismo que consta de Cuatro (04) Títulos, Once
(11) Artículos y Cuatro Disposiciones Finales, de acuerdo
con el texto que se adjunta y que forma parte integrante de
la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto aprobatorio de
la Ordenanza en el Diario O cial El Peruano, y encargar a
la Gerencia Municipal disponga al Órgano correspondiente,
la publicación del íntegro de este documento en el Portal
del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal
Institucional (www.municomas.gob.pe), conforme se
encuentra establecido en el artículo 15º de la Directiva
Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución
Ministerial Nº 200-2010-PCM.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI
Alcalde
1260242-1
MUNICIPALIDAD DE
JESÚS MARÍA
Ordenanza que otorga beneficios
para la regularización de obligaciones
sustanciales y formales, a favor de
contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 469-MDJM
Jesús María, 1º de julio del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE JESÚS MARÍA;

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