ORDENANZA N° 462-MDJM - Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del distrito para el periodo fiscal 2016

Fecha de disposición15 Abril 2015
Fecha de publicación15 Abril 2015
El Peruano
Miércoles 15 de abril de 2015
550676
Que, conforme al inciso e, del artículo 30º del Decreto
Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento
de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad
Ciudadana, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de
las Municipalidades con competencia distrital asume
las funciones de Secretaría Técnica del Comité Distrital
de Seguridad Ciudadana - CODISEC, cuyo cargo es
indelegable bajo responsabilidad, siendo una de sus
funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan
de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC,
para su ratif‌i cación mediante Ordenanza Municipal;
Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2015-ST-
CODISEC/MDI de fecha 17 de Marzo del 2015, la
Secretaría Técnica del CODISEC, remite a la Gerencia de
Asesoría Legal, el Plan Local de Seguridad Ciudadana del
Distrito de Independencia 2015, aprobado por el Comité
Distrital de Seguridad Ciudadana de Independencia
– CODISEC en Sesión Ordinaria del Comité con fecha
28 de Enero del 2015, para su respectivo informe legal y
posterior aprobación del Concejo Municipal;
Que, mediante Informe Nº 172-2015-GAL/MDI de
fecha 19 de Marzo del 2015, la Gerencia de Asesoría
Legal, emite opinión favorable para la aprobación del
Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de
Independencia 2015, aprobado en Sesión Ordinaria
por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de
Independencia – CODISEC;
Que, mediante Memorando Nº 287-2015-GM/MDI
de fecha 20 de Marzo del 2015, la Gerencia Municipal,
remite el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito
de Independencia 2015, para ser elevado al Concejo
Municipal para su respectiva aprobación;
Estando a los fundamentos expuestos; en uso de las
facultades conferidas por el Artículo 9º y 40º de la Ley
Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; contando
con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores; y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL
DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE
INDEPENDENCIA - 2015
Artículo Primero.- APROBAR el Plan Distrital de
Seguridad Ciudadana aplicable al distrito de Independencia
para el ejercicio 2015.
Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que el Plan
Distrital de Seguridad Ciudadana aplicable al distrito de
Independencia para el ejercicio 2015, entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia
de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Fiscalización y
Control Municipal su implementación y f‌i el cumplimiento
de la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Tecnología
de la Información y la Comunicación su publicación en el
Portal Institucional y a la Gerencia de Secretaria General
su Publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EVANS R. SIFUENTES OCAÑA
Alcalde
1223923-1
MUNICIPALIDAD DE
JESÚS MARÍA
Ordenanza que aprueba el Reglamento
para el Proceso del Presupuesto
Participativo del distrito para el periodo
fiscal 2016
ORDENANZA N° 462-MDJM
Jesús María, 30 de marzo del año 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE JESÚS MARÍA;
VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
unánime de los señores Regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 199° de la Constitución Política
del Estado, establece que los gobiernos formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad,
conforme a ley;
de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales
son entidades básicas de la organización territorial del
Estado y canales inmediatos de participación vecinal en
los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con
autonomía los intereses propios de las correspondientes
colectividades. A su vez, el Artículo IV, señala que los
Gobiernos representan al vecindario, promueven la
adecuada prestación de los servicios públicos locales
y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su
circunscripción;
Que, asimismo el artículo 53° del mismo cuerpo
normativo, preceptúa que las Municipalidades se rigen
por Presupuestos Participativos anuales, los cuales se
formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la
materia, y en concordancia con los Planes de Desarrollo
Concertados de su jurisdicción;
Que, la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto
Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto
Supremo N° 142-2009-EF, def‌i nen y establecen pautas
para la participación ciudadana en el proceso de toma de
decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos
en los procesos de elaboración del Plan de desarrollo
Concertado y del Presupuesto Participativo; establecen
disposiciones para promover la efectiva participación de la
sociedad civil en el proceso de Programación Participativa
del Presupuesto, el cual se desarrolló en armonía con
los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos
Locales;
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR
CONCEJO MUNICIPAL, APROBÓ LA SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA
PARA EL PERIODO FISCAL 2016
Artículo 1°.- Objeto
La presente Ordenanza tiene por objeto normar
y regular la participación vecinal y de ios actores
públicos locales en la formulación de los Presupuestos
Participativos, del distrito de Jesús María, de acuerdo con
las normas vigentes.
Artículo 2°.- Ámbito de aplicación
La presente Ordenanza tiene su ámbito de aplicación
en el distrito de Jesús María, donde ejerce jurisdicción la
Municipalidad Distrital de Jesús María.
Artículo 3°.- Aprobación del Reglamento
Apruébese el Reglamento del Proceso del Presupuesto
Participativo para el distrito de Jesús María, que forma
parte de la presente Ordenanza y que consta de 14
artícuios y 4 disposiciones f‌i nales.
Artículo 4°.- Aprobación del Cronograma
Delegar al Alcalde que a través de un Decreto de
Alcaldía determine las fechas de la realización de las
reuniones, talleres y asambleas que conforman dicho
proceso.
Artículo 5°.- Norma derogatoria
Derogúese todas las disposiciones que se opongan a
la presente Ordenanza.

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