ORDENANZA N° 426-MDB - Ordenanza que regula el servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores en el distrito de Barranco

Fecha de disposición21 Mayo 2015
Fecha de publicación21 Mayo 2015
El Peruano
Jueves 21 de mayo de 2015
553024
VISTO:
En Sesión Ordinaria Descentralizada del Consejo
Regional del Gobierno Regional de Loreto, llevada a cabo
en las instalaciones del Instituto Superior Tecnológico
Público “Joaquin Reategui Medina”, sito entre las calles
Cruz del calvario con Manuel Pacaya, de la Provincia de
Loreto Nauta, estando al tema de agenda: Autorización
a la Delegación del Gobierno Regional de Loreto para
participar en la Conferencia Internacional “Aguas
Amazónicas: Escalas, Conexiones y Desafíos”, que se
llevará a cabo los días 19, 20 y 21 de mayo del 2015, en
la ciudad de Manaos - Brasil, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme prescribe el Artículo 191° de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cada por la Ley
Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo
XIV del Título IV: sobre Descentralización; establecen
que los Gobiernos Regiones, tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; estableciendo el artículo 192° de la Carta
Magna, que es competencia de los Gobiernos Regionales
promover y regular actividades y/o servicios en materia
de agricultura, industria, agroindustria, turismo, energía,
minería, red vial, comunicaciones, educación, salud, entre
otros conforme a Ley;
Orgánica de Gobiernos Regionales, disponen que “El
Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador
del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones
y funciones que se establecen en la presente Ley y
aquellas que le sean delegadas”; del mismo modo de
de conformidad a los Artículos 37° y 39° de la referida
Ley, el Consejo Regional dicta Ordenanzas Regionales
y Acuerdos del Consejo Regional, expresando estos
últimos la decisión de éste Órgano sobre asuntos internos
del Consejo Regional, de interés público, ciudadano
o institucional o declara su voluntad de practicar un
determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional;
Que, el inciso 24) del artículo 2° del Reglamento
Interno del Consejo Regional de Loreto, aprobado
mediante Ordenanza Regional N° 031-2008-GRL-CR,
modif‌i cada por Ordenanza Regional N° 016-2011-GRL-
CR, de fecha 07 de marzo del 2012, establece como
una de las atribuciones del Consejo Regional Autorizar
al Presidente Regional, Vicepresidente y Consejeros
realizar viajes al exterior en misión of‌i cial, con los gastos
que requiera para tal f‌i n; debiendo precisar que conforme
f‌l uye del Of‌i cio N° 314-2015-GRL-P, antes citado, los
costos de participación del Gobernador Regional estarán
cubiertos por la Sociedad para la Conservación de la Vida
Silvestre, es decir, que no irrogará gasto presupuestal al
Gobierno Regional de Loreto.
Que, mediante Of‌i cio N° 438-2015-GRL-DIREPRO/
DR, de fecha 27 de abril del 2015, el Director Regional
de la Producción, solicita la participación de la delegación
of‌i cial de autoridades y especialistas del Gobierno
Regional de Loreto, las misma que fueron invitadas
formalmente por la Sociedad de para la Conservación
de la Vida Silvestre (WCS); en el que se incluye a:
Gobernador Regional de Loreto, Director Regional de
la Producción (DIREPRO), Especialista en Pesquerías
y Dinámica de Grandes Bagres(DIREPRO), Director del
Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales
y de Fauna Silvestre, Gerente Regional de Recursos
Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerente Regional
de Desarrollo Económico y Director de la Dirección
Regional de Agricultura, y; mediante Of‌i cio N° 314-2015-
GRL-P, de fecha 27 de abril del 2015, el Gobernador
Regional de Loreto, se dirige al Consejero Delegado del
Consejo Regional de Loreto solicitándole incluir en la
próxima sesión del Consejo Regional para su aprobación
mediante Acuerdo de Consejo Regional la Autorización
para participar en la Conferencia Internacional “Aguas
Amazónicas: Escalas, conexiones y Desaf‌i os”, que se
llevará a cabo los días 19, 20 y 21 de mayo del 2015
en la ciudad de Manaos – República Federativa del
Brasil, precisando que los costos de la participación del
Gobernador Regional estarán cubiertos por la Sociedad
para la Conservación de la Vida Silvestre;
Que, la Ley N° 27619 - Regula la autorización de viajes
al exterior de los funcionarios públicos o representantes
del estado que irrogue gastos al tesoro público y que
se encuentren comprendidos en las entidades públicas
sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del
Sector Público – Ley N° 30281; que en su artículo 10°
señala que en el caso de los Gobiernos Regionales y los
Gobiernos Locales, se autoriza mediante Acuerdo del
Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente,
señalando que en todos los casos, la resolución o acuerdo
es publicado en el Diario Of‌icial El Peruano; asimismo,
resulta pertinente precisar; si bien es cierto que el viaje a
la ciudad de Manaos – República Federativa del Brasil, no
irrogará gasto a la entidad, sin embargo, es competencia
del Consejo Regional autorizar el viaje del Gobernador
Regional y funcionarios, máxime si se trata de un viaje
en misión de servicio en representación de la entidad
– Gobierno Regional de Loreto.
Que, sometido que fuera el tema a la deliberación
y debate por los señores Consejeros, el Pleno del
Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones,
derechos y obligaciones funcionales establecidos en
los artículos 15°, literal k); 16° literal a) y 39° de la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias
del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto,
aprobado mediante Ordenanza Regional N° 031-2008-
GRL-CR, modif‌i cada por Ordenanza Regional N° 016-
2011-GRL-CR, de fecha 07 de marzo del 2012; el Pleno
del Consejo Regional de Loreto acordó por UNANIMIDAD
lo siguiente:
Artículo Primero.- AUTORIZAR EL VIAJE EN
COMISIÓN DE SERVICIOS AL Lic. Adm. FERNANDO
MELENDEZ CELIS - GOBERNADOR DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LORETO; ING. HERMES NORMAN
SÁNCHEZ SÁNCHEZ – DIRECCIÓN REGIONAL DE
LA PRODUCCIÓN DE LORETO; Biolg. TULIO CÉSAR
CORREA GIRÓN – ESPECIALISTA EN PESQUERÍA Y
DINÁMICA DE GRANDES BAGRES; Ing. RAÚL GUSTAVO
TORRES VÁSQUEZ – PROGRAMA REGIONAL DE
MANEJO DE RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA
SILVESTRES; Ing. ANGEL COLLANTES FREITAS
– GERENCIA REGIONAL RECURSOS NATURALES
Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE; Econ. JOSÉ
LUIS ALEGRÍA MENDÉZ – GERENCIA REGIONAL DE
DESARROLLO ECONÓMICO; Ing. MARCO ANTONIO
DEL AGUILA LOZANO – DIRECCIÓN REGIONAL
DE AGRICULTURA DE LORETO, Y; Ing. PERCY
MARTINEZ DAVILA – DIRECTOR DEL PROGRAMA DE
CONSERVACIÓN REGIONAL – PROCREL; A LA CIUDAD
DE MANAOS CAPITAL DEL ESTADO AMAZONAS DE
LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, PARA A
PARTICIPAR EN LA CONFERENCIA INTERNACIONAL
“AGUAS AMAZÓNICAS: ESCALAS, CONEXIONES Y
DESAFIOS”, LOS DÍAS 19, 20 Y 21 DE MAYO DEL 2015;
viaje que no irrogará gasto presupuestal al Gobierno
Regional de Loreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaría
del Consejo Regional de Loreto, efectuar la publicación
del presente Acuerdo de Consejo Regional, en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en el portal Web del GOREL: www.
regionloreto.gob.pe.
JAVIER ALAVA FLORINDEZ
Consejero Delegado
Consejo Regional de Loreto
1239770-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ordenanza que regula el servicio de
transporte público de pasajeros en
vehículos menores en el distrito de
Barranco
ORDENANZA Nº 426-MDB
Barranco, 11 de mayo del 2015

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