ORDENANZA N° 1845 - Ordenanza sobre la Zona de Reglamentación Especial (ZRE) de los Pantanos de Villa

Fecha de publicación22 Diciembre 2014
Fecha de disposición22 Diciembre 2014
El Peruano
Lunes 22 de diciembre de 2014 540761
Artículo 5°.- La presente Resolución, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la
Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del
titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes
a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese
WILFREDO OSCORIMA NUÑEZ
Presidente
1180432-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el Plano de Zonificación
del distrito de Santa Anita aprobado
mediante Ordenanza N° 1025-MML
ORDENANZA N° 1844
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
ENCARGADO DE LA ALCALDÍA
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16
de diciembre de 2014 el Dictamen N°80-2014-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura.
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL
DISTRITO DE SANTA ANITA APROBADO MEDIANTE
ORDENANZA N° 1025-MML
Artículo Primero.- Modif‌i car el Plano de Zonif‌i cación
del distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento
de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1025-MML,
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 27 de junio
de 2007, de Residencial de Densidad Media (RDM) a
Comercio Vecinal (CV) para el predio ubicado en Calle Los
Nardos, Jr. Las Guirnaldas y Calle Las Hiedras Lote 1-7 y
18-24 de la Mz. A-23 de la Urbanización Primavera, para
el desarrollo de un mercado de abastos, en concordancia
con lo establecido en la Ordenanza N° 1655-MML y
Ordenanza 1689-MML publicada en el Diario Of‌i cial El
Peruano el 12 enero y 8 de abril de 2013, respectivamente;
disponiendo que en el proyecto edif‌i catorio a desarrollarse,
se resuelvan los requerimientos de estacionamiento.
Artículo Segundo.- Declarar desfavorables las
peticiones de cambio de zonif‌i cación, que a continuación se
indican, manteniendo la vigencia del plano de zonif‌i cación
de los usos del suelo correspondiente al distrito de Santa
Anita, aprobado por Ordenanza N° 1017-MML, publicada
el 16 de mayo del 2007 y modif‌i catorias
EXP. N° SOLICITANTE
1
221339-13
Mey Leng Alicia Silva Chuton Yesi,
2Pio Agustín Cárdenas Nolasco, Ana Oscco
Gaspar de Cárdenas
3Carlos Antonio Torres Cárdenas y Liliana Bertha
Torres Cárdenas
EXP. N° SOLICITANTE
4
221339-13
STX SAC
representado por Julio Alberto Robles Alayo,
con poder otorgado por Victor Flavio Gutierrez
Jesús
5Constructores Interamericanos SAC
representado por Alvaro Curzio Manga
Valenzuela
Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano
de Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, incorpore en el Plano de Zonif‌i cación de Santa
Anita, la modif‌i cación aprobada en el artículo primero del
presente Dictamen.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los
predios indicados en el artículo segundo, lo dispuesto por
el presente Dictamen
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 16 de diciembre de 2014.
HERNÁN NÚÑEZ GONZALES
Encargado de Alcaldía
1180339-1
Ordenanza sobre la Zona de
Reglamentación Especial (ZRE) de los
Pantanos de Villa
ORDENANZA N° 1845
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
ENCARGADO DE LA ALCALDIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 16
de diciembre de 2014 el Dictamen N° 92-2014-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
SOBRE LA ZONA DE REGLAMENTACION ESPECIAL
(ZRE) DE LOS PANTANOS DE VILLA
TITULO PRELIMINAR
Artículo I.- El Área Natural Protegida – Refugio de
Vida Silvestre Los Pantanos de Villa forma parte del
sistema de humedales de importancia internacional como
zona de alimentación, reproducción, albergue, descanso
y refugio de aves residentes y migratorias del continente
americano, las cuales recorren extensas áreas desde
Norteamérica hasta Sudamérica, lagunas altoandinas y la
Amazonia.
Artículo II.- El objetivo de la presente Ordenanza es
promover la conservación del Refugio de Vida Silvestre
Los Pantanos de Villa, regular las actividades urbanas
y los distintos usos de suelo a ser desarrolladas en su
entorno de inf‌l uencia, estableciendo mecanismos de
gestión ambiental, de control, así como de participación
vecinal a f‌i n que éstos se desenvuelvan de manera
armónica con la preservación de dicha área.
La conservación y desarrollo de esta área reaf‌i rma el
interés de la Municipalidad Metropolitana de Lima por la
recuperación y conservación de la vida silvestre, como

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