ORDENANZA Nº 14-2015/MDV - Aprueban el “Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Ventanilla” (PMRS-V)
Fecha de publicación | 26 Julio 2015 |
Fecha de disposición | 26 Julio 2015 |
558313
NORMAS LEGALES
Domingo 26 de julio de 2015
El Peruano
/
Que, el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1065;
que modifi ca la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos
Sólidos; establece que el Rol de las Municipales, es
implementar progresivamente programas de segregación
en la fuente y recolección selectiva de residuos
sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando su
reaprovechamiento y asegurando su disposición fi nal
diferenciada y técnicamente adecuada. Así mismo
establece que las Municipalidades deben ejecutar
programas para la progresiva formalización de las
personas, operadores y demás entidades que intervienen
en el manejo de los residuos sólidos sin las autorizaciones
correspondientes.
Que, con fecha 18 de setiembre del 2009 se promulgó
la Ley Nº 29419 que regula la actividad de los recicladores
estableciendo un marco normativo para la regulación de
la actividades de los trabajadores del reciclaje orientado
a la protección, capacitación y promoción del desarrollo
social y laboral promoviendo su formalización, asociación
y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente
efi ciente de los residuos sólidos en el país, en el marco de
los objetivos y principios establecidos en la Ley Nº 27314
Ley General de Residuos Sólidos y la Ley Nº 28611 Ley
General del Ambiente.
Que, el articulo Nº 5 de la Ley 29419 señala a
la actividad de los recicladores es regulada por los
Gobiernos Locales dentro del marco de sus atribuciones
y competencias.
Que la Municipalidad de Ventanilla mediante
Ordenanza Municipal Nº 020-2011/MDV aprobó el
Sistema Local de Gestión Ambiental , donde uno de los
lineamientos de política establecidos está referido a la
gestión de los residuos sólidos, además de impulsar el
sinergismo entre la población, Ministerios e Instituciones
Públicas y Privadas, parar garantizar el reaprovechamiento
de los residuos sólidos.
Que, el Estudio de Caracterización de residuos sólidos
domiciliarios realizado en el mes de Mayo del presente
año, revela que de la composición física de los residuos
sólidos obtenida, un 15.32% corresponde a residuos
inorgánicos reaprovechables, que pueden ser segregados
para su reúso o reciclaje en el distrito y tendría como
agentes participantes a instituciones públicas y/o privadas,
empresas, asociaciones de recicladores y la población.
Que, se observa que en esta jurisdicción diversas
personas se dedican a la actividad de recolección
selectiva y/o segregación de residuos sólidos, los cuales
laboran en situación de informalidad y en condiciones
inseguras, generando impactos negativos al ambiente y a
la salud de la comunidad.
Que, resulta necesario promover la formalización y
regular la actividad de los recicladores, así como también
regular el Programa de Segregación de Residuos Sólidos
en la Fuente y Recolección Selectiva, integrándolos como
parte del sistema de gestión local ambiental.
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8
del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por
UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, la siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA
LA FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES,
SEGREGACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS EN LA
FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA EN EL
DISTRITO DE VENTANILLA
Artículo 1º.- Aprobar la Ordenanza Municipal que
regula la Formalización de Recicladores, Segregación de
Residuos Sólidos en la Fuente y Recolección Selectiva
en el distrito de Ventanilla que como anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto cualquier normatividad
que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- Facultar al señor Alcalde para que,
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo
de Residuos Sólidos del Distrito de Ventanilla.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Limpieza
Pública la implementación y ejecución del Plan de
Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Ventanilla,
en coordinación con las demás unidades orgánicas de la
municipalidad.
Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Legal y Secretaría
Municipal, disponga la publicación de la presente norma
en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal de
la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya dirección
electrónica es : www.muniventanilla.gob.pe.
Regístrese y comuníquese.
OMAR MARCOS ARTEAGA
Alcalde
1267609-1
Aprueban el “Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del Distrito de Ventanilla” (PMRS-V)
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 14-2015/MDV
Ventanilla, 20 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 20 de
julio de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194
de la Constitución Política del Perú, y el articulo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como
funciones específi cas exclusivas de las municipalidades
distritales, proveer el servicio de limpieza pública,
determinando las áreas de acumulación de desechos,
rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de
desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo,
higiene y salubridad en los establecimientos comerciales,
industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros
lugares públicos locales;
Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobó la Ley
General de Residuos Sólidos y su modifi catoria al
Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su artículo
10º preceptúa que Las Municipalidades Provinciales y
Distritales son responsables de la gestión de residuos
sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas
actividades que generen residuos similares a estos,
en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una
adecuada prestación del servicio de limpieza pública,
recolección y transporte de residuos en su producción,
debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los
mismos;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos
Sólidos, aprobado mediante D.S. 057 - 2004- PCM,
precisa en el artículo 23 que las municipalidades distritales
formulan sus Planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos,
con participación de la ciudadanía, en coordinación con
el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y
demás autoridades competentes previstas en la Ley;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2012/
MDV, con fecha 17 de julio del 2012 se aprobó la
actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del
distrito de Ventanilla;
Que, en el mes de Mayo del año en curso se realizó
el Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos
Domiciliarios del distrito de Ventanilla, el cual generó
información e indicadores recientes de la gestión de
residuos sólidos en el distrito;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 421-2015-
MDV/ALC, se conforma la Comisión Técnica encargada
de actualizar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos;
Que, la aprobación y/o actualización del Plan de
Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el Distrito de
Ventanilla ha sido elaborado por la Comisión Técnica,
el cual establece las condiciones para una adecuada
gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el
ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición
fi nal, asegurando una efi ciente y efi caz prestación de los
servicios y actividades;
NL20150726.pdf 47 7/30/2015 9:38:46 AM
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