ORDENANZA N° 07-2015-MDCA - Aprueban celebración de Matrimonio Civil Comunitario

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Fecha de la disposición11 de Julio de 2015
El Peruano
Sábado 11 de julio de 2015
557210
Tributaria de la Municipalidad Provincial de Paita, el distrito
cuenta con 17 252 viviendas de las cuales se contempla
una meta para la implementación del programa de 5 175
viviendas, lo cual representa el 30% de predios de la
zona urbana del distrito; asimismo, el programa priorizara
zonas determinadas para la realización del mismo y para
una mejor ejecución se ha zoni cado en 10 zonas.
Que, mediante Informe Nº 078-2015-MPP/GM/GPyP
de fecha 23 de junio de 2015, la Gerente de Planeamiento
y Presupuesto, da a conocer a la Gerencia Municipal, que
habiendo recibido el Plan de Trabajo del Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva cuyo
presupuesto asciende a S/. 457 714,40 (Cuatrocientos
Cincuenta y Siete Mil Setecientos Catorce con 40/100
Nuevos Soles); sin embargo, habiéndose realizado la
evaluación del presupuesto se comunica que a la fecha
no se cuenta con la disponibilidad en su totalidad, pero
visto que es parte de las meta establecida del Plan
de incentivos y que su cumplimiento generará mayor
captación de recursos se recomienda la aprobación de la
I Etapa del Programa de Segregación hasta por S/. 127
882.00 (Ciento Veintisiete Mil Ochocientos Ochenta y
Dos y 00/100 Nuevos Soles), Fuente de Financiamiento:
Recursos Determinados, Rubro 18 Canon y Sobrecanon
, Regalías y Renta de Aduanas TR 17 Plan de Incentivos,
priorizándose los gastos; asimismo el presupuesto
restante se le asignará recursos con cargo a los incentivos
recibidos por el cumplimiento de las metas al 31 de julio
de 2015.
Estando a lo expuesto , Proveído de Gerencia
Municipal de fecha 23 de junio de 2015 y en uso a las
facultades contenidas en el numeral 6 del artículo 20º de
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios en la ciudad de Paita, el
que forma parte integral del presente Decreto.
Artículo Segundo.- REMITIR al Ministerio del
Ambiente copia del presente decreto y del Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva como
parte del Proceso del Recolección de Residuos Sólidos
Domiciliarios en el Distrito de Paita en versión digital.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General la publicación del presente Decreto en el diario
de mayo circulación a nivel regional y en el diario o cial
El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas e Informática
la publicación en la página Web de la Municipalidad
Provincial de Paita www.munipaita.gob.pe.
Artículo Cuarto.- Hágase de conocimiento lo dispuesto
en el presente decreto a la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto, Subgerencia de Medio Ambiente y
Actividades Productivas, Subgerencia de Participación
Vecinal, Subgerencia de Complementación Alimentaria
y Protección Social, Subgerencia de Limpieza Pública y
Subgerencia de Imagen Institucional y Comunicaciones
para su cumplimiento.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS REYMUNDO DIOSES GUZMÁN
Alcalde
1260842-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CERRO AZUL
Aprueban celebración de Matrimonio
Civil Comunitario
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 07-2015-MDCA
Cerro Azul, 2 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha veintisiete
del 2015, el informe Nº 021-2015- OREC-MDCA, remitida
por la Jefatura de registro Civil, respecto al Proyecto de
Ordenanza sobre matrimonio Civil Comunitario en el Distrito
Cerro Azul; en ocasión a la celebración del Aniversario del
Distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado establece en su
artículo 74º que los Gobiernos Locales pueden crear, modi car
suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de
su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, en el artículo
195º inciso 4) y en Artículo 9, Inciso 9 de la Ley Orgánica
de municipalidades, Ley Nº27972, corresponde al concejo
Municipal crear, modi car, suprimir o exonerar contribuciones,
las tasas arbitrios, licencias y derechos conforme a ley;
Que, es propósito de este Gobierno Municipal,
coadyuvar al fortalecimiento de la unidad familiar, por
cuanto la familia constituye el núcleo básico de la
sociedad, y en este sentido, debe brindarse las facilidades
del caso a n de regularizar la situación del estado civil
mediante la unión matrimonial de aquellas parejas que se
encuentran en condiciones de convivencia, exonerándose
de las tasas que por Matrimonio Civil se consignan en el
Texto único Ordenado de Procedimientos Administrativos
– TUPA aprobado por Ordenanza Nº 0078-2002/MDCA;
Que, con tal n y con ocasión de celebrarse el
Aniversario del Distrito, se ha estimado conveniente
celebrarse el matrimonio Civil Comunitario;
Que, asimismo el artículo 252º del Código Civil establece
que el Alcalde puede dispensar la publicación de los avisos
si median causas razonables y siembre que se presenten
todos los documentos exigidos en el artículo 248º,
De conformidad con el artículo 9º numeral 8) de la ley
27972 Orgánica de Municipalidades y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación de acta, con el voto unánime
del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente Ordenanza;
Artículo Primero.- APROBAR la celebración del
Matrimonio Civil Comunitario, que se llevará a cabo el
día sábado 08 de agosto de 2015, a horas 5:00p.m. en el
Frontis de la Municipalidad. Las inscripciones se realizan
en la O cina de registro Civil, desde el día 01 de julio al
30 de julio del 2015;
Artículo Segundo.- EXONERAR el pago de las tasas
por concepto de apertura de expedientes, Ceremonia,
Edicto y Constancia Matrimonial, a los contrayentes que
se inscriban para la Ceremonia Civil Comunitaria. Así
como de la publicación de los avisos en el Diario O cial
de mayor circulación de la Provincia de Cañete.
Artículo Tercero.- Dentro de inscripciones a que
se re ere al artículo primero, los contrayentes deberán
presentarse ante la Municipalidad, O cina de Registro
Civil, con dos testigos, con los siguientes documentos:
- Solicitud de matrimonio
- Partida de Nacimiento Actualizada (ambos
contrayentes)
- Documento de identidad (DNI) (ambos
contrayentes)
- Certi cado de salud y Constancia de Consejería
(Ambos contrayentes)
- Diligenciar Formato de Declaración Jurada de
Soltería y de Domicilio.
- Dos testigos mayores de edad portando su DNI.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
O cial El Peruano.
Artículo Quinto.- Disponer a la O cina de registro
Civil y la O cina de Imagen Institucional se encarguen de
la difusión masiva y del el cumplimiento de la presente
ordenanza.
POR CUANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
ABEL MIRANDA PALOMINO
Alcalde
1260762-1

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