ORDENANZA N° 037-2014-MPC - Rectifican el Art. 1 de la Ordenanza Municipal N° 013-2014-MPC

Fecha de disposición07 Noviembre 2014
Fecha de publicación07 Noviembre 2014
El Peruano
Viernes 7 de noviembre de 2014
537094
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el diario Of‌i cial “El Peruano”, en el plazo de
treinta (30) días contados a partir de su notif‌i cación, la cual
estará a cargo de los interesados.
Artículo 4.- Transcríbase la presente resolución a la
Of‌i cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la
inscripción del proceso de Modif‌i cación de Resolución
de Habilitación Urbana de Of‌i cio, y a la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales (SBN) para su conocimiento
y f‌i nes.
Artículo 5.- Notifíquese a los interesados la presente
resolución y encárguese su cumplimiento a la Gerencia de
General de Desarrollo Urbano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde
1160008-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAÑETE
Rectifican el Art. 1 de la Ordenanza
Municipal Nº 013-2014-MPC
ORDENANZA Nº 037-2014-MPC
Cañete, 28 de octubre del 2014.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAÑETE
VISTOS: El Expediente Nº 6321-14, de fecha 09 de
Junio del 2014, presentado por el administrado Empresa
IESA S.A., solicitando rectif‌i cación de la Ordenanza
Municipal Nº 013-2014-MPC, que aprueba la Modif‌i cación
del Plan Urbano del Distrito de Chilca, mediante el
procedimiento de anexión al área Urbana, para los predios
de propiedad de la empresa recurrente; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política
del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, establecen que las Municipalidades
son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, autonomía que radica en la facultad
de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, este procedimiento se rige por los Principio
de Legalidad, del Debido Procedimiento y de Verdad
Material, entre otros que señala la Ley Nº 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General.
Que, según el Artículo 201º de la Ley Nº 27444 – Ley
del Procedimiento Administrativo General establece
que “Los errores materiales o aritméticos en los actos
administrativos pueden ser rectif‌i cados con efecto
retroactivo en cualquier momento, de of‌i cio o a instancia
de los Administrados, siempre que no se altere lo
sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.
La rectif‌i cación adopta las formas y modalidades de
comunicación o publicación que corresponda para el
acto original.
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2014-
MPC, de fecha 30 de abril del 2014, se acordó APROBAR
LA MODIFICACIóN DEL PLAN URBANO DEL DISTRITO
DE CHILCA, MEDIANTE LOS PROCEDIMIENTOS
DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE
ZONIFICACIÓN, para los predios de propiedad de IESA
S.A, inscritos en las partidas electrónicas 21015719,
2101578, 2101577, que cuentan con un área de 10,094.24
m2, 10,094.24 m2 y 10,094.24 m2, respectivamente,
ubicados en Huertos de Oro de San Hilarión Mz. J-1 lotes
Nº 02, 03, 04 en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete,
Departamento de Lima.
Que, de la revisión de la Ordenanza Municipal Nº
013-2014-MPC, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano,
el día 14 de mayo de 2014, se aprecia que se consignó
erróneamente las partidas electrónicas de los predios de
propiedad IESA S.A. debiendo ser los correctos: 21000805
(Mz. J-1 Parcela 2), 21015718 (Mz. J-1 Parcela 3) y
21015719 (Mz. J-1 Parcela 4), tal como se desprende de
las copias certif‌i cadas expedidas por la Zona Registral Nº
IX –Sede Lima.
Que, mediante Informe Legal Nº 528-2014-AJ-MPC,
de fecha 29 de mayo del 2014, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, teniendo en cuenta la documentación generada,
opina, que resulta rectif‌i car a pedido de parte el artículo
Primero de la Ordenanza Nº 013-2014-MPC, de fecha 30
de abril del 2014.
Que, a través del Dictamen Nº 027-2014-CODUR-MPC,
de fecha 26 de setiembre del 2014, la Comisión de Obras,
Desarrollo Urbano y Rural ha dictaminado de manera
favorable por la propuesta de rectif‌i cación de las Partidas
Electrónicas erróneas consignadas en la Ordenanza Nº
013-2014-MPC, que aprueba la modif‌i cación del Plan
de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, mediante el
procedimientos administrativos de anexión al área urbana
y asignación de zonif‌i cación, para los predios de propiedad
de IESA S.A.
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por
el voto mayoritario del Pleno del Concejo, se aprobó la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- RECTIFICAR, a pedido de parte, el
Artículo 1º, de la Ordenanza Municipal Nº 013-2014-MPC,
de fecha 30 de abril del 2014, quedando redactado de la
siguiente manera:
Artículo 1º.- Aprobar la Modif‌i cación del Plan Urbano
del Distrito de Chilca, mediantes los Procedimientos de
Anexión Urbana, para los predios de propiedad de IESA
S.A., para los predios inscritos en las partidas electrónicas
21015719, 21015718, 21000805, que cuentan con un
área de 10,094.24 m2, 10,094.24 M2, y 10,094.24 m2,
respectivamente ubicados en Huertos de Oro de San
Hilarión Mz. J-1, Lotes Nº 02, 03, 04, en el Distrito de
Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, y
asignarle la siguiente zonif‌i cación:
ZONIFICACIÓN : GRAN INDUSTRIA (I-3).
NIVEL DE SERVICIO : MOLESTA CON CIERTO GRADO DE
PELIGROSIDAD.
LOTE MÍNIMO : 2,500.00 M2.
FRENTE MÍNIMO : 30.00 ml.
ALTURA : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN
URBANA
COEFICIENTE DE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN
URBANA.
EDIFICACIÓN
ÁREA LIBRE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN
URBANA.
USO COMPATIBLE : 20.00 % CON (INDUSTRIA LIVIANA).
10.00 % CON INDUSTRIA ELEMENTAL Y
COMPLEMENTARIA.
ÁREA DE APORTES REGLAMENTARIOS:
PARQUES ZONALES : 1.00 %.
OTROS FINES : 2.00 %
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría
General, para que a través de la Sub Gerencia de Imagen
Institucional, la presente ordenanza sea publicada en
el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete por
el término de 30 días y publicado en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MARÍA M. MONTOYA CONDE
Alcaldesa
1160696-1

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