ORDENANZA N° 019-MDMM - Modifican fecha de realización de segundo Matrimonio Civil y Religioso Comunitario 2015

Fecha de disposición26 Junio 2015
Fecha de publicación26 Junio 2015
El Peruano
Viernes 26 de junio de 2015
555956
autorización expresa del Consejo Regional Huánuco
según normatividad vigente.
Artículo Tercero.- DISPENSAR, el presente Acuerdo
del trámite de lectura y aprobación del Acta.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General
Regional del Gobierno Regional de Huánuco, realizar los
trámites administrativos y asimismo la publicación del
presente acuerdo regional en el diario of‌i cial El Peruano”.
Artículo Quinto .- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo
al Gobernador Regional, Gerencia General Regional,
Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional
de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, Órgano de Control Institucional, Universidad
Nacional Hermilio Valdizán Huánuco, Of‌i cina de Control
Institucional y demás Órganos Estructurados del Gobierno
Regional Huánuco para los f‌i nes consiguientes.
Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación del
presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del
Gobierno Regional Huánuco.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVÍNCULA
Consejero Delegado
Consejo Regional
1255540-3
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Modifican fecha de realización de
segundo Matrimonio Civil y Religioso
Comunitario 2015
ORDENANZA Nº 019-MDMM
Magdalena, 28 de mayo de 2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 12 de la fecha, y;
VISTOS:
El Informe Nº 019-15-SGRRCC-SG/MDMM de la
Subgerencia de Registros Civiles, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades
son órganos de gobierno local y tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante Informe Nº 019-15-SGRRCC-
SG/MDMM, la Subgerencia de Registros Civiles,
solicita cambiar la fecha del Segundo Matrimonio Civil
Comunitario establecida según Ordenanza Nº 023-
MDMM;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de
las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º
con el informe favorable de la Subgerencia de Registros
Civiles; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- ESTABLÉZCASE, el día 12 de julio de
2015 como fecha de realización del segundo matrimonio
civil y religioso comunitario dispuesto mediante Ordenanza
Nº 023-MDMM.
Artículo 2º.- El plazo de inscripción será hasta el 26
de junio de 2015, debiendo presentar todos los requisitos
y derechos establecidos en la Ordenanza Nº 023-MDMM.
Artículo 3º.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia de Administración
y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
a la Gerencia de Comunicaciones, a la Subgerencia
de Registros Civiles y a la Subgerencia de Informática
y Estadística de esta Municipalidad, quienes deberán
realizar las acciones necesarias para cumplir con la
presente disposición de acuerdo de sus competencias.
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaria General, la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El
Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística
la publicación de la presente Ordenanza en la página web
de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el
portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
1255835-1
Disponen embanderamiento del
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2015-MDMM
Magdalena del Mar, 15 de junio de 2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL
MAR
CONSIDERANDO:
Que, el 01 de Julio de este año se celebra el 143º
Aniversario de la Creación Política del distrito de
Magdalena del Mar. Asimismo, en dicho mes se celebra el
193º Aniversario de la Proclamación de la Independencia
del Perú, cuya fecha central es el 28 de Julio;
Que, es política de la actual Administración Municipal
resaltar los hechos históricos trascendentes con el
propósito de reaf‌i rmar nuestra conciencia cívica, así como
los sentimientos de identidad nacional, fomentando la
realización de actividades simbólicas tradicionales como
es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito
de Magdalena del Mar;
En uso de las facultades conferidas por el artículo
20º Inciso 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley
DECRETA:
Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO
GENERAL DE TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO
DE MAGDALENA DEL MAR, ya sean éstos viviendas,
locales comerciales e instituciones públicas y privadas, a
partir del día siguiente de la publicación de la presente
disposición hasta el 31 de Julio del 2015, por las
consideraciones antes expuestas.
Artículo 2º.- DISPÓNGASE que todos los inmuebles
del distrito, estén debidamente presentados, con la
limpieza adecuada, recomendándose para este efecto el
pintado de sus fachadas.
Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el
presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones
correspondientes.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Control y
Seguridad Ciudadana el cumplimiento del presente
Decreto.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
1255838-1

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