ORDENANZA N° 014-2015-MDLP - Ordenanza Municipal de regularización de licencia de edificaciones con fines comerciales, de servicios y de afluencia masiva de público

Fecha de publicación12 Julio 2015
Fecha de disposición12 Julio 2015
El Peruano
Domingo 12 de julio de 2015
557256
CAPÍTULO III: FORMALIZACIÓN EN EL REGISTRO
MUNICIPAL
CAPÍTULO IV: INFRACCIONES Y SANCIONES
ANEXOS
Artículo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia
de Servicios a la Ciudad y Gerencia de Administración
Tributaria el cumplimiento de las presente Ordenanza, de
acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General
la publicación del texto de la presente Ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano y a la Unidad de Informática en
la página web de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
1261476-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 12-2015-MSS
Santiago de Surco, 10 de julio de 2015
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO:
VISTO: El Informe Nº 0531-2015-SGFCA-GM-MSS de
la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa,
que propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº
515-MSS, que otorga un plazo extraordinario para el pago
de multas administrativas en estado coactivo y eliminación
de costas procesales, en el marco de la Ordenanza Nº
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, modif‌i cado por las Leyes
Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades -
Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, señala
que: “Los decretos de alcaldía establecen normas
reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas,
sancionan los procedimientos necesarios para la correcta
y ef‌i ciente administración municipal y resuelven o regulan
asuntos de orden general y de interés para el vecindario,
que no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, el segundo párrafo del Artículo 39° de la Ley
que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno
mediante decretos de alcaldía;
Que, mediante Ordenanza N° 515-MSS, publicada en
el Diario El Peruano el 13.05.2015, se aprobó la Ordenanza
se otorga benef‌i cios de descuentos en el monto a pagar
de las multas administrativas pendientes de pago que se
encuentran en ejecución coactiva y eliminación de costas
procesales, en función a la oportunidad de pago y monto
total cancelado, vigente por 60 días, la misma que vence
el 12.07.2015;
Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N°
515-MSS, Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para
la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la
presente Ordenanza; así como para que eventualmente
pueda prorrogar su vigencia;
Que, con Informe Nº 0531-2015-SGFCA-GM-MSS la
Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa,
propone prorrogar por sesenta (60) días la Ordenanza
N° 515-MSS, en razón al breve plazo de la vigencia de
la referida norma y a la respuesta favorable que viene
teniendo, por lo que es necesario prorrogar su vigencia,
af‌i n de permitir que un mayor número de contribuyentes
pueda acogerse a la misma;
Que, mediante Informe Nº 628-2015-GAJ-MSS, la
Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente
la emisión del Decreto de Alcaldía que, propone prorrogar
por sesenta (60) días la vigencia de la Ordenanza N° 515-
MSS;
Que, agrega la Gerencia de Asesoría Jurídica, que el
citado proyecto se encuentra dentro de los supuestos de
exoneración de publicación establecidos en el Decreto
Supremo N° 01-2009-JUS, que aprueba el “Reglamento
que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad,
Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de
Normas Legales de Carácter General”, la misma que se
encuentra también recogida en la Directiva N° 005-2009-
MSS aprobada por Resolución N° 220-2009-RASS, sobre
“Publicación de los Proyectos Normativos en el Portal
Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco”, y
dada la f‌i nalidad de la propuesta no involucra la creación
de tributos u obligaciones para los contribuyentes,
ni recorte alguno de los derechos y/o benef‌i cios ya
existentes; sino por el contrario constituye un benef‌i cio a
favor de los vecinos;
Estando a lo expuesto en el Informe Nº 628-2015-GAJ-
MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las
facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20° y el
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia
de la Ordenanza Nº 515-MSS, que otorga un plazo
extraordinario para el pago de multas administrativas en
estado coactivo y eliminación de costas procesales, en
el marco de la Ordenanza Nº 515-MSS, por sesenta (60)
días.
Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de
Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía
en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del
presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional
de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del
día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe
el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP,
aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010-
PCM.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la
Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, el
cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a
la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la
divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1261734-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Ordenanza Municipal de regularización
de licencia de edificaciones con fines
comerciales, de servicios y de afluencia
masiva de público
ORDENANZA Nº 014-2015-MDLP
La Perla, 27 de mayo del 2015

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