ORDENANZA N° 011-2015-MPH - Establecen campaña 'Juntos por un Huaral mejor', que incentiva el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias

Fecha de publicación11 Julio 2015
Fecha de disposición11 Julio 2015
El Peruano
Sábado 11 de julio de 2015 557207
autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad:
Los Titulares de los organismos constitucionalmente
autónomos, los altos funcionarios y autoridades del
Estado, señalados en el artículo 2º de la Ley Nº 28212,
Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios
y Autoridades del Estado y dicta otras medidas y
modif‌i catoria; con excepción de los ministros de Estado,
cuyas autorizaciones se aprueban mediante Resolución
Suprema, y de los presidentes regionales, consejeros
regionales, alcaldes y regidores, cuyas autorizaciones
se aprueban mediante acuerdo del Concejo Regional o
Concejo Municipal, según correspondan;
Que, el Decreto Supremo Nº 056-2013-EF, que modif‌i ca
el artículo 5 y 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,
que aprueba las normas Reglamentarias de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, prescribe que las
autorizaciones de viajes deberán publicarse en el Diario
Of‌i cial El Peruano con anterioridad al viaje;
Que, mediante Documento Simple Nº 012987 de fecha 01
de Julio del 2015, Patricia Livi – Presidente BROWNSTONE
CONSULTING, cursa invitación al Señor Alcalde, Regidores
y Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Villa María del
Triunfo, a participar en el Programa Internacional en Gestión
Municipal, que se realizará en la ciudad de New York y
Washington, DC (EEUU), a desarrollarse entre el 19 al 24 de
Julio del presente año;
Que, mediante Informe Nº 063-2015-GPP/MVMT de
fecha 02 de Julio del 2015, la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto, indica que resulta procedente otorgar la
Disponibilidad Presupuestaria, con cargo a los Recursos
Propios de la Entidad en los conceptos de Pasajes y Gastos
de Transporte, Viáticos y Asignaciones por Comisión de
Servicios;
Que, mediante Informe Nº 286-2015-MVMT-GAJ la
Gerencia de Asesoría Jurídica considera legalmente factible
se autorice el viaje al exterior del señor Alcalde Carlos Alberto
Palomino Arias y de los señores Regidores Pablo Iván
Balvín Aliaga y César Augusto Infanzón Quispe, a participar
en el Programa Internacional en Gestión Municipal, que
se realizará en la ciudad de New York y Washington, DC
(EEUU), entre el 19 al 24 de Julio del presente año;
Que, la asistencia del señor Alcalde Carlos Alberto
Palomino Arias y de los señores Regidores Pablo Iván
Balvín Aliaga y César Augusto Infanzón Quispe, al evento
denominado Programa Internacional en Gestión Municipal,
que se realizará en la ciudad de New York y Washington,
DC (EEUU), desde el 19 al 24 de Julio del presente año,
está orientada al intercambio de experiencias a nivel
internacional con otras autoridades ediles;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en la Ley Nº 27972Ley Orgánica de
Municipalidades, con el Voto Mayoritario del Pleno del
Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y
trámite de aprobación del Acta y Comisiones;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje y permanencia
del señor Alcalde Carlos Alberto Palomino Arias y de
los señores Regidores Pablo Iván Balvín Aliaga y César
Augusto Infanzón Quispe, en la ciudad de Washington D.C
y Nueva York (EEUU), del 19 al 24 de Julio del presente
año, para participar en el evento denominado Programa
Internacional en Gestión Municipal.
Artículo Segundo.- Autorizar, los gastos que
por concepto de viáticos y pasajes que demande el
señor Alcalde Carlos Alberto Palomino Arias y de los
señores Regidores Pablo Iván Balvín Aliaga y César
Augusto Infanzón Quispe, conforme a lo dispuesto en la
normatividad vigente.
Artículo Tercero.- Encargar el despacho de Alcaldía
al Teniente Alcalde Ángel Ignacio Chilingano Villanueva,
a partir del 20 al 24 de Julio del presente año, conforme
a lo establecido en el artículo 24º de la Ley Orgánica de
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal,
a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la
Gerencia de Administración y a la Secretaría General el
cumplimiento del presente acuerdo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS A. PALOMINO ARIAS
Alcalde
1260914-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Establecen campaña “Juntos por
un Huaral mejor”, que incentiva
el cumplimiento de obligaciones
tributarias y no tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 011-2015-MPH
Huaral, 26 de junio de 2015
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Informe
Técnico Nº 014-2015 GRAT/MPH formulado por la
Gerencia de Administración Tributaria sobre la necesidad
de establecer la Campaña “Juntos por un Huaral mejor”
a favor de los contribuyentes del Distrito de Huaral; el
Informe Nº 061-2015-MPH-GSCFC de la Gerencia de
Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y el Informe
Nº 035 -2015-MPH/GTTSV emitido por la Gerencia de
Transporte, Transito y Seguridad Vial.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modif‌i cado por el artículo
único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización,
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la
Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único
Ordenado del Código Tributario - D.S. Nº 135-99-EF,
establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza
pueden crear, modif‌i car, suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que el Artículo 41º del TUO del Código Tributario
establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada
por norma expresa con rango de Ley. Excepcionalmente,
los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter
general, el interés moratorio y las sanciones, respecto
de los impuestos que administren. En el caso de
contribuciones y tasas dicha condonación también podrá
alcanzar al tributo.
Que, la Municipalidad Provincial de Huaral tiene
pendiente de cobro, una importante cartera por concepto
del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Multas
Administrativas y Papeletas de Tránsito.
Que, en ese sentido, las Municipalidades pueden
establecer benef‌i cios y facilidades de pago a sus
administrados con la f‌i nalidad de incentivar el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias y no tributarias; teniendo en
cuenta la capacidad contributiva y la mejora en la calidad
de vida de los vecinos de Huaral; y con la dispensa del
trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE LA CAMPAÑA:
“JUNTOS POR UN HUARAL MEJOR”
TITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1º.- OBJETO DE LA NORMA.- Establézcase
la Campaña “Juntos por un Huaral mejor”, cuyo objeto

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