ORDENANZA, Nº 223-MDLCH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA - Ordenanza que establece beneficios extraordinarios para la regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas, formalización del servicio de agua potable, y para el procedimiento de regularización de edificaciones dentro del distrito de Lurigancho - Chosica

Fecha de disposición19 Octubre 2015
Fecha de publicación24 Octubre 2015

Chosica, 19 de octubre de 2015

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Lurigancho - Chosica, en sesión ordinaria de la fecha:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas de las Municipalidades son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal y por medio de ellas se aprueba entre otras cosas la creación, modificación, supresión o exoneración de arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, correspondiendo al Concejo Municipal aprobarlas conforme dispone el inciso 8) del artículo 9º de la misma.

Que, el artículo 79º numeral 3) ítems 3.6 y 3.6.2 de la Ley Nº 27972, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica;

De conformidad a los dispuesto a los artículos y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y de aprobación del acta; aprobó por unanimidad lo siguiente:

Artículo 1º OBJETO EN EL NIVEL TRIBUTARIO Y SERVICIO DE AGUA POTABLE

La presente Ordenanza en materia tributaria y servicio de agua potable tiene por objeto conceder, en la jurisdicción del distrito de Lurigancho Chosica, beneficios extraordinarios para la regularización de deudas tributarias y declaraciones juradas correspondientes al impuesto predial; arbitrios municipales, así como multas tributarias y administrativas generadas antes de su vigencia, cualquiera fuera el estado en que se encuentren así como la formalización del servicio de agua potable.

Artículo 2º En materia tributaria y servicio de agua potable acogerse los propietarios, poseedores y/o responsables solidarios de predios ubicados en la jurisdicción del distrito de Lurigancho Chosica, respecto de:
  1. Obligaciones tributarias vencidas antes de la vigencia de la presente Ordenanza, sean sustanciales o formales.

  2. Convenios de Fraccionamiento suscritos con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, aun cuando hubiesen recaído sobre ellos resolución de pérdida del convenio.

  3. En cuanto a las Multas Administrativas, los administrados podrán acogerse al beneficio, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren y que hayan sido impuestas antes de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.

  4. Usuarios del servicio de agua potable.

Artículo 3º BENEFICIOS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y MULTAS TRIBUTARIAS
  1. IMPUESTO PREDIAL:

    1.1. Deuda No Fraccionada.- Condonación del 100% de los intereses y...

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