DECRETO SUPREMO N° 030-2009-PRODUCE - Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados
Fecha de disposición | 17 Noviembre 2009 |
Fecha de publicación | 17 Noviembre 2009 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 17 de noviembre de 2009 406131
departamento de Ica, con un costo a suma alzada de
S/. 1’007,307.43 (Un millón siete mil trescientos siete y
43/100 nuevos soles) con precios unitarios vigentes al
31 de julio de 2009 y un plazo de ejecución de 120 días
naturales;
Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 2072-2009-
ED, de fecha 14 de octubre de 2009, emitida por el Jefe
de la Ofi cina de Infraestructura Educativa, se ha aprobado
el expediente técnico para la ejecución de la obra en la
Institución Educativa Nº 22462 “Hilda Bringas Quintanilla”, en
el distrito de Pisco, provincia de Pisco, departamento de Ica,
con un costo a suma alzada de S/. 736,780.63 (Setecientos
treinta y seis mil setecientos ochenta y 63/100 nuevos soles)
con precios unitarios vigentes al 31 de agosto de 2009 y un
plazo de ejecución de 90 días naturales;
Que, mediante Resolución de Secretaría General
Nº 1356-2009-ED de fecha 12 de noviembre de 2009, se
incluyó en el Plan Anual de Adquisiciones correspondiente
a la Unidad Ejecutora 108 de la entidad, el proceso para la
ejecución de Obras de reconstrucción y mejoramiento para
la I.E. Nº 22462 “Hilda Bringas Quintanilla” y Nº 22517 “Rosa
de Santa María”, por un valor estimado de contratación
ascendente a S/. 1’744,088.06 (Un millón setecientos
cuarenta y cuatro mil ochenta y ocho y 06/100 nuevos
soles);
Que, a través de la Hoja de Coordinación Interna
Nº 2077-2009-ME/SPE-UP el Jefe de la Unidad de
Presupuesto emite certifi cación presupuestaria para la
ejecución de la obra en la Institución Educativa Nº 22517
“Rosa de Santa María” y de la obra en la Institución
Educativa Nº 22462 “Hilda Bringas Quintanilla”, a favor
de la Unidad Ejecutora 108, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, los Proyectos de Inversión Pública PIP 77208
“Reconstrucción y mejoramiento de la infraestructura y
equipamiento de la Institución Educativa Nº 22517 Rosa
de Santa María – San Clemente – Pisco - Ica” y PIP 83207
“Rehabilitación, mejoramiento de infraestructura, mobiliario y
equipamiento de la I.E. Nº 22462 Hilda Bringas Quintanilla,
Pisco, Pisco, Ica, han sido declarados viables hasta por el
monto de S/. 1,091,158 (Un millón noventa y un mil ciento
cincuenta y ocho y 00/100 nuevos soles) y por el monto de
S/. 897,410 (Ochocientos noventa y siete mil cuatrocientos
diez y 00/100 nuevos soles), respectivamente;
Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 041-
2009 de fecha 28 de marzo de 2009, se ha autorizado,
excepcionalmente, a las entidades comprendidas en el
alcance de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por
el Decreto Legislativo Nº 1017, a realizar la contratación de
ejecución de obras cuyos proyectos están declarados viables
en el Sistema Nacional de Inversión Pública y por su monto
correspondan a una licitación pública, cuyo valor referencial
no sea mayor a S/. 10’000,000.00 (Diez millones con 00/100
nuevos soles), mediante un proceso de selección más
expeditivo, a utilizarse sólo durante el bienio 2009- 2010;
Que, según la Primera disposición Complementaria
y Final del Decreto de Urgencia Nº 041-2009 establece
que la relación de las obras a ser ejecutadas siguiendo el
procedimiento dispuesto en ese Decreto de Urgencia, será
aprobada mediante Resolución del Titular de la Entidad;
Que, a través del Memorando Nº 4998-2009-ME/
VMGI-OINFE, la Jefatura de la Ofi cina de Infraestructura
Educativa considera pertinente acogerse a lo estipulado
en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009 a fi n de agilizar
la ejecución de las obras en las citadas instituciones
educativas; y a través del Ofi cio Nº 3212-2009-ME/SG-
OGA-UA el Jefe (e) de la Unidad de Abastecimiento solicita
que se emita la resolución que incorpore esta contratación
en los alcances del Decreto de Urgencia Nº 041-2009;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que establece
disposiciones relativas a la publicidad, publicación de
proyectos formativos y difusión de normas legales de carácter
general, se deben publicar obligatoriamente las resoluciones
administrativas de interés general y observancia obligatoria
cuando su contenido proporcione información relevante y
sea de interés para los usuarios de los servicios que presta
la administración pública, o su difusión permita establecer
mecanismos de transparencia en la gestión pública, así
como control y participación ciudadana;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modifi cada por la Ley Nº 26510, el Decreto de Urgencia
Nº 041-2009 y el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º .- Aprobar que las obras en las Instituciones
Educativas Nº 22517 “Rosa de Santa María”, ubicada en el
distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento
de Ica y Nº 22462 “Hilda Bringas Quintanilla”, ubicada en
el distrito de Pisco, provincia de Pisco, departamento
de Ica, se contraten conforme al proceso regulado en el
Decreto de Urgencia Nº 041-2009.
Artículo 2º .- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página
web del Ministerio de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
423779-1
PRODUCE
Decreto Supremo que aprueba el Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28305,
Ley de Control de Insumos Químicos y
Productos Fiscalizados
DECRETO SUPREMO
Nº 030-2009-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos
Químicos y Productos Fiscalizados, se establecieron
medidas de control y fi scalización de los insumos químicos
y productos que, directa o indirectamente, puedan ser
utilizados en la elaboración ilícita de drogas derivadas de
la hoja de coca, de la amapola y otras que se obtienen a
través de procesos de síntesis;
Que, mediante Ley Nº 29037 se modifi caron e
incorporaron artículos a la Ley Nº 28305, con la fi nalidad
de incorporar nuevos procedimientos de control con el
objetivo de incrementar el control y la fi scalización a los
insumos químicos y productos fi scalizados;
Que, asimismo a través de la Ley Nº 29251 se modifi có
la Ley Nº 28305 modifi cada por la Ley Nº 29037, con la
fi nalidad de precisar aspectos relativos a las funciones
del Ministerio de la Producción y de la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria, y al desarrollo,
implementación y mantenimiento del Registro Unico para el
Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados;
Que, la Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29037
dispone que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de la Producción y el
Ministro del Interior, aprobará el Texto Único Ordenado de
la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y
Productos Fiscalizados y sus modifi catorias;
la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- De la aprobación del Texto Único
Ordenado
Apruébese el Texto Único Ordenado de la Ley
Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y
Productos Fiscalizados modificada por la Ley Nº 29037
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