OPINIÓN Nº 211-2019/DTN

Fecha de publicación26 Noviembre 2019
Número de expediente211-2019/DTN
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
  1. ANTECEDENTES


Mediante los documentos de la referencia, el Gerente General de SEDAPAL formula una consulta sobre la recepción parcial de secciones terminadas en contratos de ejecución de obras, en el marco de la normativa de contrataciones del Estado.


Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal n) del artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, y el acápite 9 del Anexo 2 del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF.


En ese sentido, las conclusiones de la presente opinión no se encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.


  1. CONSULTA Y ANÁLISIS

Para efectos de la presente opinión se entenderá por:


  • Ley” a la aprobada mediante Ley N° 30225 y modificada por el Decreto Legislativo N° 1444, vigente desde el 30 de enero de 2019.



Dicho lo anterior, corresponde señalar que la consulta formulada es la siguiente:


Teniendo en cuenta que conforme a la Opinión N° 069-2016/DTN y la Opinión N° 192-2017/DTN, las secciones terminadas de la obra son las que funcionan independientemente de las demás y tienen utilidad por si mismas para poder hacer uso de ellas antes de la culminación de la obra: ¿Qué debemos entender por sección terminada? ¿Aquella que puede operar por si sola e independientemente de las demás secciones pese a no cumplir en su totalidad con el expediente técnico? O ¿Aquella que, además, debe encontrarse terminada conforme al expediente técnico?”


2.1. Antes de iniciar el presente análisis, debe reiterarse que las consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas en términos genéricos, sin hacer alusión a casos o escenarios concretos; en tal sentido, no es posible determinar si bajo determinado contexto en particular, debería efectuarse la recepción parcial de una sección de obra, pues ello obedecerá –finalmente– a las circunstancias particulares que se...

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