OPINIÓN Nº 173-2019/DTN

Número de expediente173-2019/DTN
Fecha de publicación01 Octubre 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
  1. ANTECEDENTES


Mediante el documento de la referencia, el gerente general de la empresa Multiservicios Integrales Resguardo y Alarmas S.A, formula una consulta relacionada con la acreditación de experiencia, en el marco de un procedimiento de selección.


Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal n) del artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, y el acápite 9 del Anexo N° 2 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF.


En ese sentido, las conclusiones de la presente opinión no se encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.


  1. CONSULTA Y ANÁLISIS


Tomando en consideración el contexto normativo al que se hace alusión en la consulta planteada, debe indicarse que para su absolución se entenderá por:



  • Reglamento”, al aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, vigente a partir del 30 de enero de 2019.


    1. En caso un proveedor opte por realizar por medio de un acuerdo societario un cambio de denominación o razón social, la experiencia facturada acumulada y generada bajo la denominación anterior puede ser utilizada luego de dicha modificación para su participación en los procedimientos de selección para los fines señalados en el literal a del numeral 51.4 del artículo 51 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (experiencia del postor) [sic]? De ser ello así, se requerirá que en la propuesta técnica se apareje de manera necesaria algún instrumento adicional para demostrar la identidad y la correspondencia entre la denominación anterior y la actual, tal y como testimonio notarial de la escritura pública de cambio de razón social o la inscripción registral de la misma?


      1. De manera previa, es pertinente indicar que este Organismo Técnico Especializado ha señalado mediante diversas opiniones que la “experiencia” es la es la destreza adquirida por la reiteración de determinada conducta en el tiempo1; es decir, por la...

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