RESOLUCION N° 0449-2014-ANR - Registran oficialmente en la ANR programas académicos de maestría y de segunda especialidad implementados por la Universidad Nacional del Callao
Fecha de disposición | 21 Abril 2014 |
Fecha de publicación | 21 Abril 2014 |
El Peruano
Lunes 21 de abril de 2014 521285
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de Funcionarios Públicos;
la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y
el Decreto Supremo 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora Leonor Porles
Blas, en el cargo de Asesor II de la Secretaría General del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS
REGISTROS PUBLICOS
Designan Asesor de la Secretaría General
de la SUNARP - Sede Central
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 085-2014-SUNARP/SN
Lima, 16 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del
artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones
de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-
2013-JUS, es facultad del Superintendente Nacional
designar, sancionar y remover al personal de confi anza
de la Sede Central;
Que, según el artículo 6º de la Ley Nº 27594, Ley
que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de los Funcionarios
Públicos, la designación o nombramiento de funcionarios
en cargos de confianza surte efectos a partir del día de
su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo
disposición en contrario de la misma que postergue su
vigencia;
Que estando vacante la plaza de Asesor de la Secretaría
General (antes Gerencia General); y,
Estando a lo dispuesto en los literales j) y x) del artículo
9º del Reglamento de Organización y Funciones y en la
Ley Nº 27594, con el visto de la Secretaria General, de la
Ofi cina General de Recursos Humanos, de la Ofi cina de
Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar, a partir del día 21 de abril de
2014, en el cargo de confi anza de Asesor de la Secretaría
General de la Sunarp – Sede Central, al abogado Luigino
Pilotto Carreño.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
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ORGANOS AUTONOMOS
ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
Registran oficialmente en la ANR
programas académicos de maestría y de
segunda especialidad implementados por
la Universidad Nacional del Callao
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0449-2014-ANR
Lima, 13 de marzo de 2014
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:
Los ofi cios Nº 448 y 1117-2013-OSG de fecha 14 de junio
y 13 de diciembre del 2013, ofi cios Nº 073 y 169-2014-OSG de
fecha 27 de enero y 18 de febrero de 2014, Ofi cio Nº 099-2014-
EPG-UNAC de fecha 04 de marzo de 2014; informe Nº 030-
2014-DGDAC-2014-DGDAC de fecha 07 de marzo de 2014;
memorando Nº 204-2014-SE, de fecha 11 de marzo de 2014; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las atribuciones específi cas e
indelegables que están establecidas en los incisos e) y f) del
artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de
carreras, programas académicos y de segunda especialidad
acordados por una universidad requieren de la coordinación
previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores
y asimismo es atribución de esta última concordar los
requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y
títulos universitarios y la unifi cación de sus denominaciones,
sin perjuicio del derecho de cada universidad, a establecer
el currículo y requisitos adicionales propios;
Que, la Asamblea Nacional de Rectores, mediante
Resolución Nº 891-94-ANR, de fecha 09 de marzo de
1994, emitió opinión favorable para el funcionamiento de la
Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Callao,
creada por su Asamblea Universitaria;
Que, mediante los ofi cios de vistos, el Secretario
General de la Universidad Nacional del Callao solicita el
reconocimiento y ofi cialización de los programas académicos
de Maestría y Segunda Especialidad anexando para tal
efecto, las Resoluciones del Consejo Universitario y los
Planes Curriculares correspondientes;
MAESTRÍA
ESCUELA DE POSGRADO
• Maestría en Salud Ocupacional y Ambiental; aprobada
por Resolución de Consejo Universitario Nº 180-2013-CU de
fecha 09 de diciembre del 2013
• Maestría en Enfermería Familiar y Comunitaria;
aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº 181-
2013-CU de fecha 09 de diciembre del 2013
• Maestría en Enfermería; aprobada por Resolución
de Consejo Universitario Nº 182-2013-CU de fecha 09 de
diciembre del 2013
SEGUNDA ESPECIALIDAD
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
• Educación Física: mención en Actividad Física para la
Salud; aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº
168-2011-CU de fecha 09 de diciembre del 2011
• Administración en Salud; aprobado por Resolución de
Consejo Universitario Nº 159-2012-CU de fecha 11 de junio
del 2012
• Enfermería en Gerontología y Geriatría; aprobada por
Resolución de Consejo Universitario Nº 007-2012-CU de
fecha 20 de enero de 2012
• Enfermería en Salud del Niño y del Adolescente;
aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº 007-
2012-CU de fecha 20 de enero de 2012
• Salud Pública y Comunitaria; aprobada por Resolución
de Consejo Universitario Nº 159-2012-CU de fecha 11 de
junio del 2012
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