RESOLUCION N° 0449-2014-ANR - Registran oficialmente en la ANR programas académicos de maestría y de segunda especialidad implementados por la Universidad Nacional del Callao

Fecha de disposición21 Abril 2014
Fecha de publicación21 Abril 2014
El Peruano
Lunes 21 de abril de 2014 521285
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de Funcionarios Públicos;
la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y
el Decreto Supremo 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora Leonor Porles
Blas, en el cargo de Asesor II de la Secretaría General del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1074897-2
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS
REGISTROS PUBLICOS
Designan Asesor de la Secretaría General
de la SUNARP - Sede Central
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 085-2014-SUNARP/SN
Lima, 16 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del
artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones
de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-
2013-JUS, es facultad del Superintendente Nacional
designar, sancionar y remover al personal de conf‌i anza
de la Sede Central;
Que, según el artículo 6º de la Ley Nº 27594, Ley
que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de los Funcionarios
Públicos, la designación o nombramiento de funcionarios
en cargos de confianza surte efectos a partir del día de
su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo
disposición en contrario de la misma que postergue su
vigencia;
Que estando vacante la plaza de Asesor de la Secretaría
General (antes Gerencia General); y,
Estando a lo dispuesto en los literales j) y x) del artículo
9º del Reglamento de Organización y Funciones y en la
Ley Nº 27594, con el visto de la Secretaria General, de la
Of‌i cina General de Recursos Humanos, de la Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto y de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar, a partir del día 21 de abril de
2014, en el cargo de conf‌i anza de Asesor de la Secretaría
General de la Sunarp – Sede Central, al abogado Luigino
Pilotto Carreño.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
1074840-1
ORGANOS AUTONOMOS
ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
Registran oficialmente en la ANR
programas académicos de maestría y de
segunda especialidad implementados por
la Universidad Nacional del Callao
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0449-2014-ANR
Lima, 13 de marzo de 2014
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:
Los of‌i cios Nº 448 y 1117-2013-OSG de fecha 14 de junio
y 13 de diciembre del 2013, of‌i cios Nº 073 y 169-2014-OSG de
fecha 27 de enero y 18 de febrero de 2014, Of‌i cio Nº 099-2014-
EPG-UNAC de fecha 04 de marzo de 2014; informe Nº 030-
2014-DGDAC-2014-DGDAC de fecha 07 de marzo de 2014;
memorando Nº 204-2014-SE, de fecha 11 de marzo de 2014; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las atribuciones específ‌i cas e
indelegables que están establecidas en los incisos e) y f) del
artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de
carreras, programas académicos y de segunda especialidad
acordados por una universidad requieren de la coordinación
previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores
y asimismo es atribución de esta última concordar los
requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y
títulos universitarios y la unif‌i cación de sus denominaciones,
sin perjuicio del derecho de cada universidad, a establecer
el currículo y requisitos adicionales propios;
Que, la Asamblea Nacional de Rectores, mediante
Resolución Nº 891-94-ANR, de fecha 09 de marzo de
1994, emitió opinión favorable para el funcionamiento de la
Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Callao,
creada por su Asamblea Universitaria;
Que, mediante los of‌i cios de vistos, el Secretario
General de la Universidad Nacional del Callao solicita el
reconocimiento y of‌i cialización de los programas académicos
de Maestría y Segunda Especialidad anexando para tal
efecto, las Resoluciones del Consejo Universitario y los
Planes Curriculares correspondientes;
MAESTRÍA
ESCUELA DE POSGRADO
• Maestría en Salud Ocupacional y Ambiental; aprobada
por Resolución de Consejo Universitario Nº 180-2013-CU de
fecha 09 de diciembre del 2013
Maestría en Enfermería Familiar y Comunitaria;
aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº 181-
2013-CU de fecha 09 de diciembre del 2013
• Maestría en Enfermería; aprobada por Resolución
de Consejo Universitario Nº 182-2013-CU de fecha 09 de
diciembre del 2013
SEGUNDA ESPECIALIDAD
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
• Educación Física: mención en Actividad Física para la
Salud; aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº
168-2011-CU de fecha 09 de diciembre del 2011
• Administración en Salud; aprobado por Resolución de
Consejo Universitario Nº 159-2012-CU de fecha 11 de junio
del 2012
• Enfermería en Gerontología y Geriatría; aprobada por
Resolución de Consejo Universitario Nº 007-2012-CU de
fecha 20 de enero de 2012
• Enfermería en Salud del Niño y del Adolescente;
aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº 007-
2012-CU de fecha 20 de enero de 2012
Salud Pública y Comunitaria; aprobada por Resolución
de Consejo Universitario Nº 159-2012-CU de fecha 11 de
junio del 2012

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