03 101-2003-ML - Declaran que la municipalidad observará estricto cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 27795 de Demarcación y Organización Territorial y su reglamento

Fecha de disposición26 Septiembre 2003
Fecha de publicación26 Septiembre 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 26 de setiembre de 2003
rintendencia Nacional de Administración Tributaria, ante la
Comisión Administradora Nacional del Convenio de Co-
operación Aduanera Peruano - Colombiano, a los siguien-
tes funcionarios:
Titular: Sr. Julio César Paz Soldán Oblitas, Intendente
Nacional de Técnica Aduanera.
Alterno: Sr. Edgar Fernando Cosío Jara, Intendente de
Aduana de Iquitos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
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GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE LORETO
Aprueban Reglamentos del Programa
Especial de Regularización y Sanea-
miento de las Deudas del Sector Agra-
rio y Pesquero, y de Valorización de
Especies, Tasación y Fiscalización del
Trabajo en Reforestación y Viveros
DECRETO REGIONAL
Nº 001/03-GRL/P
Iquitos, 4 de agosto del 2003
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LORETO
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 009-CR/GRL,
publicada el 16 de junio del 2003, el Consejo Regional
del Gobierno Regional de Loreto aprobó el Programa
Especial de Regularización y Saneamiento de Deudas
del Sector Agrario y Pesquero de la Región Loreto, orien-
tado a otorgar facilidades de pago a las personas natura-
les y jurídicas de los Sectores Agrario y Pesquero benefi-
ciados con préstamos otorgados con recursos del Canon
Petrolero;
Que, para la mejor aplicación de dicha Ordenanza Re-
gional, es necesario aprobar sus Normas Reglamentarias y
Complementarias conforme a lo dispuesto en el Artículo
10º de la indicada Ordenanza;
De conformidad con el Artículo 21º inciso d), Artículo
37º inciso b) y Artículo 40º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgá-
nica de Gobiernos Regionales, así como del Artículo 12º
inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones del
Gobierno Regional de Loreto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Progra-
ma Especial de Regularización y Saneamiento de las Deu-
das del Sector Agrario y Pesquero en la Región Loreto, el
mismo que consta de ocho (8) capítulos y catorce (14)
Artículos.
Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Valori-
zación de Especies, Tasación y Fiscalización del Trabajo
en Reforestación y Viveros, el mismo que consta de tres (3)
capítulos y diez (10) artículos.
Ambos Reglamentos, contenidos en documento adjun-
to, forman parte del presente Decreto Regional.
Artículo Tercero.- El presente Decreto Regional será
refrendado por el Gerente General Regional, Gerente Re-
gional de Recaudación, Gerente Regional de Desarrollo
Económico, Jefe Oficina Regional de Asesoría Jurídica y
Jefe Oficina Regional de Administración del Gobierno Re-
gional de Loreto.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI
Presidente
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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Declaran que la municipalidad obser-
vará estricto cumplimiento de lo dis-
puesto por la Ley Nº 27795 de Demar-
cación y Organización Territorial y su
reglamento
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 101-2003-ML
Lurín, 10 de setiembre de 2003
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE LURÍN
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha,
los Acuerdos de Concejo de la Municipalidad de Pachacá-
mac Nºs. 022, 023, 024, 025 y 027-2003-MDP/C de fecha
18 y 20 de agosto 2003, respectivamente, publicados en
el Diario Oficial El Peruano el 5 de setiembre último, en
relación a los sucesos ocurridos el día 14 de agosto del
presente año, en los que la Municipalidad de Pachacámac
en actitud por demás provocadora violentó la jurisdicción
territorial de la Municipalidad de Lurín;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27795 - Ley de Demarcación y Organi-
zación Territorial y su Reglamento establecen las definicio-
nes básicas, criterios técnicos y procedimientos para el
tratamiento de la demarcación territorial;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, en su
calidad de Región con Régimen Especial, mediante Decre-
to de Alcaldía Nº 122 del 9.5.2003, autoriza al IMP asuma
las funciones de Oficina Técnica de Demarcación Territorial
con competencia para conocer, identificar y evaluar los
conflictos de límites existentes en los distritos de su juris-
dicción y otros asuntos afines que dispone la indicada ley
y su reglamento;
Que, los organismos competentes sobre Demarcación
Territorial son en este caso la Región Lima Capital a tra-
vés de su área técnica (IMP) que se encarga de dar opi-
nión y elevar expediente a la PCM; la Presidencia del
Concejo de Ministros (PCM) que a través de su órgano
competente (DNTDT) propone al Presidente del Concejo
de Ministros el respectivo Proyecto de Ley, previa consul-
ta vecinal conducida por la ONPE en coordinación con la
RENIEC; y, el Congreso de la República que discute y
aprueba la ley para su promulgación por el Presidente de
la República;
Que, los hechos cometidos por las autoridades de la
Municipalidad de Pachacámac en agravio de la Munici-
palidad de Lurín el día 14 de agosto del 2003, constituyen
presuntos delitos de abuso de autoridad, usurpación de
autoridad, atentado contra la Paz Social y resistencia a un
mandato del Tribunal Constitucional; y cuyas pruebas exis-
tentes serán merituadas por el Ministerio Público y el Poder
Judicial, a fin de establecer responsabilidad y sanción pe-
nal;Que, el contenido de cada uno de los acuerdos emiti-
dos por el Concejo Municipal de Pachacámac, precisados
en el visto del presente acuerdo, tanto en sus consideracio-
nes como en sus partes resolutivas, carece de objetividad
al extremo de recurrirse a la calumnia, la difamación y el
agravio, para sorprender a la opinión pública que la Muni-

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