Norma, acción y deber: el modelo del silogismo práctico

AutorJuan Pablo Mañalich R.
Páginas89-122
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NORMA, ACCIÓN Y DEBER:
EL MODELO DEL SILOGISMO PRÁCTICO*
Juan Pablo Mañalich R.
I. INTRODUCCIÓN
El año 2013 se celebró el quincuagésimo aniversario de
la publicación de dos monografías, cuya producción es im-
putable a un mismo autor, que con seguridad pertenecen al
canon bibliográfico más elemental para las disciplinas que se
ocupan, con mayor o menor proximidad, de la estructura de
los sistemas normativos y del razonamiento práctico. Se trata
de los libros Norm and Action y The Varieties of Goodness,
de Georg Henrik von Wright1.
* Agradezco a la estudiante Isabel Yáñez Morales, ayudante ad honorem
del Departamento de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Chile, por su colaboración en la revisión del texto.
1 A ambas monografías se suma una tercera, también publicada en 1963:
The Logic of Preference.
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Juan Pablo Mañalich R
En Norm and Action, von Wright llega a elaborar una
refinada lógica de la acción, en el entendido de que ello consti-
tuye un paso indispensable en la elaboración de una lógica de
las normas2. Esta premisa metateórica es enteramente asumida
por la presente investigación: la teoría de la acción asume
la función de una herramienta auxiliar en la elaboración de
una teoría de las normas del derecho penal, bajo la ulterior
premisa “bindingiana” de que una teoría de las normas del
derecho penal es, en lo fundamental, lo mismo que una teoría
del derecho penal3. Bajo tal marco, la contribución de la teoría
de la acción, en cuanto herramienta auxiliar de la teoría de
las normas, se deja advertir por referencia a la manera en que
una norma de comportamiento jurídico-penalmente reforzada
puede ocupar el lugar lógico de una premisa en el contexto de
un cierto esquema de razonamiento práctico, cuya elucidación
general constituye uno de los objetivos filosóficos persegui-
dos por von Wright a partir de The Varieties of Goodness4.
Pues que una norma tal pueda fungir como premisa de un
silogismo práctico precisamente significa que la conclusión
de semejante silogismo habrá de estar constituida por la eje-
cución o la omisión de alguna acción. En este sentido, cuando
ella pasa a ser complementada por una teoría de la acción, la
teoría de las normas del derecho penal pasa de ser una teoría
estática a una teoría dinámica. Y tal dinamización de la teoría
de las normas del derecho penal resulta indispensable para la
elaboración de una reconstrucción teórica de los presupuestos
2 Para su desarrollo posterior, véase VON WRIGHT (1972), passim;
VON WRIGHT (1983, pp. 100 y ss., 130 y ss.). Al respecto, y en detalle,
GONZÁLEZ LAGIER (1995, pp. 52 y ss., 521 y ss.).
3 Véase BINDING (1922, pp. 3 y ss.).
4 Al respecto, véase también VON WRIGHT (1971, pp. 91 y ss.); VON
WRIGHT (1983, pp. 1 y ss., 18 y ss.).
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Norma acción y deber el modelo del silogismo práctico
de la imputación del quebrantamiento de una norma jurídico-
penalmente reforzada. Esto significa que sólo a través de una
teoría de la acción puede la teoría de las normas proveer la
infraestructura de una teoría del delito.
El artículo pretende ofrecer una demostración del ren-
dimiento de la integración de la teoría de las normas y la teoría
de la acción en pos de la articulación de una teoría analítica del
hecho punible —esto es, de la teorización de las condiciones
de constitución del quebrantamiento imputable de una norma
de comportamiento jurídico-penalmente reforzada—, echando
mano a algunos desarrollos muy fuertemente influenciados por
la obra filosófica de von Wright.
Para ello, el trabajo ofrece una modelación de las condi-
ciones de las cuales depende que una norma regulativa, en
cuanto razón externa, pueda constituirse en la premisa de una
inferencia auténticamente práctica, esto es, cuya conclusión
consista en la efectiva ejecución o la omisión de alguna ac-
ción. Tras ofrecer un análisis de la estructura de los tipos de
acciones “resultativas” característicamente sometidos a nor-
mas de comportamiento jurídico-penalmente reforzadas —a
propósito de lo cual se intenta esclarecer la tan célebre como
problemática distinción entre el resultado y las consecuencias
de una acción, a través de una crítica del así llamado argu-
mento de la “conexión lógica”—, se indagará en la tipología
estructuralista de la acción desarrollada por von Wright, lo
cual hace posible la identificación de criterios para la indi-
viduación de normas regulativas que correlacionan algún
operador deóntico con algún tipo de acción, a través de una
redefinición de aquellos como criterios de equivalencia de dos
o más formulaciones alternativas de una misma norma. Sobre
la base de una reconstrucción de la manera en que el modelo

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