DECRETO SUPREMO N° 035-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de Gobiernos Locales en el Marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal
Fecha de disposición | 15 Febrero 2014 |
Fecha de publicación | 15 Febrero 2014 |
El Peruano
Sábado 15 de febrero de 2014 516899
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del
presente artículo y los montos de la transferencia por
pliego, se consignan en el Anexo “Transferencia de
Recursos por Pliegos, Programas Presupuestales,
Actividades y Genéricas de Gasto” que forma parte
integrante del presente Decreto Supremo, el mismo
que será publicado en los Portales Institucionales del
Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y
del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la
misma fecha de publicación de la presente norma en el
Diario Ofi cial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados y
habilitador en la presente Transferencia de Partidas
aprueban mediante Resolución, la desagregación de
los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente
norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días
calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco
(5) días de aprobada a los organismos señalados en el
numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF. Los Pliegos habilitados por el presente
dispositivo remitirán copia de la citada resolución al
Ministerio de Educación.
2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público, las codifi caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de febrero del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1051301-6
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014 a favor de
Gobiernos Locales en el Marco del Plan
de Incentivos a la Mejora de la Gestión
y Modernización Municipal
DECRETO SUPREMO
Nº 035-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29332 y modifi catoria, se crea
el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal,
cuyo objeto es incentivar a los gobiernos locales a mejorar
los niveles de recaudación de los tributos municipales, la
ejecución del gasto en inversión y la reducción de los
índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional;
Que, la Novena Disposición Complementaria Final
de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2012, incorpora como parte
de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión Municipal, el que en adelante se denomina “Plan
de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal”, la simplifi cación de trámites, la mejora en
la provisión de servicios públicos y la prevención de
riesgos;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de
la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, autoriza al Ministerio de Economía
y Finanzas fi nanciar el Plan de Incentivos a la Mejora de
la Gestión y Modernización Municipal (PI), con cargo a
los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la
suma de MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 1 100 000 000,00); señalándose que dichos recursos
se incorporan en los gobiernos locales correspondientes
mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas, en la fuente de fi nanciamiento
Recursos Determinados;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 337-2013-EF,
se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de SEISCIENTOS
DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL
QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 619 504 536,00), a favor de los Gobiernos
Locales que cumplieron las metas correspondientes al 31
de julio de 2013, del Plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión y Modernización Municipal;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF
se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento
de metas y la asignación de los recursos del Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal del Año 2014;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final
de los procedimientos aprobados mediante Decreto
Supremo Nº 015-2014-EF, antes citado, establece que,
de manera excepcional y por única vez, los recursos
del Plan de Incentivos del año fi scal 2014 fi nanciarán
las trasferencias de recursos a favor de los Gobiernos
Locales que cumplieron las metas correspondientes al 31
de julio de 2013, y que se encontraban comprendidos en
la información que para estos efectos remitió la Secretaría
de Descentralización de la Presidencia del Consejo de
Ministros, relacionada a las entidades que no debieron
estar consideradas en los alcances de la Nonagésima
Octava Disposición Complementaria Final de la Ley
Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Sexta Disposición
Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; considerándose para efectos de la transferencia
de recursos, los montos máximos establecidos en la
Resolución Ministerial Nº 067-2013-EF/50;
Que, mediante Ofi cios Nº 291-2014-PCM/SD y 359-
2014-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización de la
Presidencia del Consejo de Ministros, remitió la relación
complementaria de Gobiernos Locales o titulares de
dichos pliegos que no debieron ser comprendidos en
los alcances de la disposición complementaria fi nal
mencionada en el considerando precedente;
Que, por tanto, corresponde autorizar una transferencia
de partidas, hasta por la suma de VEINTIÚN MILLONES
DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 21 287 757,00), a favor de los Gobiernos Locales
que han cumplido las metas correspondientes al 31
de julio de 2013, del Plan de Incentivos a la Mejora
de la Gestión y Modernización Municipal y que no se
encontraban incursos en los alcances de la Nonagésima
Octava Disposición Complementaria Final de la Ley
Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Sexta Disposición
Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30114, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
según lo informado por la Secretaria de Descentralización
de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº
29332, Ley que crea el plan de incentivos a la mejora de
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