DECRETO SUPREMO N° 030-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Pliego Gobierno Regional del departamento de Lambayeque

Fecha de disposición15 Febrero 2014
Fecha de publicación15 Febrero 2014
El Peruano
Sábado 15 de febrero de 2014
516892
permanente entre los miembros de la Comisión y de los
Grupos Técnicos Temáticos que esta determine. Para tal
efecto, coordina las acciones necesarias a f‌i n de coadyuvar
al cumplimiento de las funciones encomendadas a la
Comisión.
Artículo 6. Grupos Técnicos Temáticos.
La Comisión se podrá organizar en Grupos Técnicos
Temáticos para áreas específ‌i cas de trabajo, en el marco
del objeto y funciones de la Comisión. Pueden integrar
estos Grupos Técnicos Temáticos, especialistas de
entidades privadas o públicas, distintas a las entidades
señaladas en el artículo 3 del presente Decreto
Supremo.
Artículo 7.- Gastos.
La creación de la Comisión no irroga gastos adicionales
al presupuesto institucional de las entidades integrantes.
Cada pliego presupuestal asume los gastos que pudiera
generar el ejercicio de las funciones de sus representantes
o el cumplimiento de las acciones encargadas.
Artículo 8. Refrendo.
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros
de Economía y Finanzas y de Desarrollo e Inclusión
Social.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera. Facultad para la aprobación del
Reglamento Interno y la Estrategia.
El Reglamento Interno de la Comisión contiene
disposiciones para su correcta institucionalización y
funcionamiento. En un plazo no mayor de quince (15)
días hábiles contados a partir del día siguiente de su
instalación, la Comisión elabora su respectivo Reglamento
Interno, el cual es aprobado por Resolución Ministerial del
MEF, de conformidad con el inciso 3 del artículo 36 de la
A la culminación de la elaboración de la Estrategia,
la Comisión debe proponerla al MEF, para su aprobación
mediante Resolución Ministerial.
Segunda. Designación de representantes e
instalación de la Comisión.
Cada Institución designa un representante titular y
uno alterno. Las designaciones de las entidades del
Poder Ejecutivo, se efectúan mediante Resolución
Ministerial del Sector al que pertenecen o se
encuentren adscritos, dentro de los quince (15) días
hábiles posteriores a la vigencia del presente Decreto
Supremo. Las demás entidades, en el mismo plazo,
comunican estas designaciones por escrito al Ministro
de Economía y Finanzas.
El Presidente convoca a la sesión de instalación. La
Comisión se instala en el plazo máximo de veinte (20)
días hábiles contados a partir de la vigencia del presente
Decreto Supremo. La instalación se efectúa cuando
el Presidente y los miembros de la Comisión han sido
debidamente acreditados.
Luego de la instalación, la Comisión sesiona
conforme a lo previsto en el Reglamento Interno o
por acuerdo de sus miembros. El Reglamento Interno
establece la forma en que se realiza la convocatoria a
las sesiones, así como el quórum necesario para su
realización.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de febrero del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
MÓNICA RUBIO GARCÍA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1051297-2
Autorizan Transferencia de Partidas del
Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014 a favor del Pliego
Gobierno Regional del departamento
de Lambayeque
DECRETO SUPREMO
Nº 030-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014 se aprobó, entre
otros, el presupuesto institucional del pliego 452 Gobierno
Regional del Departamento de Lambayeque;
Que, mediante el Of‌i cio N° 39-2014-GR.LAMB/PR, el
Presidente Regional del Gobierno Regional del Departamento
de Lambayeque, solicita una demanda adicional de recursos
para f‌i nanciar el pago de la retribución por la prestación del
servicio de trasvase de agua, correspondiente al compromiso
asumido por el Gobierno Regional de Lambayeque a
favor de la Concesionaria Trasvase Olmos S.A., según lo
establecido en el Anexo 2 del Contrato de Concesión para la
Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras de
Trasvase del Proyecto Olmos;
Que, los recursos requeridos no han sido previstos
en el presupuesto institucional del Gobierno Regional del
Departamento de Lambayeque, en consecuencia, resulta
necesario autorizar una transferencia de partidas, hasta por
la suma de SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA
Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 342 496,00),
con cargo a los recursos previstos en la Reserva de
Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, monto
que corresponde al periodo enero – junio del presente año
f‌i scal;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°
304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del
Sector Público consideran una Reserva de Contingencia
que constituye un crédito presupuestario global, destinada
a f‌i nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no
pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos,
disponiendo que las transferencias o habilitaciones que
se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se
autorizan mediante decreto supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido por el artículo
45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014, hasta por la suma de SESENTA Y TRES
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 63 342 496,00), a f‌i n de atender las acciones
descritas en la parte considerativa de la presente norma,
de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: (En Nuevos Soles)
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector
Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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