RESOLUCION N° 641-2014-RASS - Declaran la habilitación urbana de oficio de la Urbanización El Pino

Fecha de disposición28 Agosto 2014
Fecha de publicación28 Agosto 2014
El Peruano
Jueves 28 de agosto de 2014
531172
GDU-MSS de fecha 13.06.2014 sostiene que no tiene
observación alguna respecto al contenido del proyecto;
por el contrario, considera que dicho numeral, garantizará
la protección y preservación del área verde en la vía
pública, respetando las especies arbóreas;
Que, con Memorando Nº 368-2014-GOPP-MSS
de fecha 16.06.2014 de la Gerencia de Obras Públicas
y Proyectos, sustentado en el Informe Nº 021-2014-
ATC-GOPP-MSS de fecha 16.06.2014 de su área legal,
concluye que las acciones a adoptarse para preservar los
árboles y áreas verdes existentes en la vía pública, esto
es la incorporación del numeral 9.13 en el artículo 9 del
Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edif‌i catorios
Correspondiente al Sector del distrito conformante del
Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana
aprobado mediante el Decreto de Alcaldía Nº 20-2011-
MSS, resulta necesaria y por tanto conforme;
Que, la Subgerencia de Limpieza Pública, Parques
y Jardines a través del Informe Nº 619-2014-SGLPPJ-
GSCMA-MSS de fecha 10.07.2014 remite el Informe
Técnico Nº 057-2014-JVM-SGLPPJ-GSCMA-MSS de
fecha 10.07.14 con la evaluación f‌i tosanitaria respecto a
la propuesta del numeral 9.13 – Conservación de especies
arbóreas y áreas verdes, en los términos citados;
Que, es necesario precisar, que el Artículo 14º
que establece disposiciones relativas a la publicidad,
publicación de Proyectos Normativos y difusión de
Normas Legales de Carácter General”, dispone que
las entidades públicas dispondrán la publicación de los
proyectos de normas de carácter general que sean de
su competencia en el Diario Of‌i cial El Peruano, en sus
Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en
un plazo no menor de 30 días antes de la fecha prevista
para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a
f‌i n que las personas interesadas formulen sus comentarios
sobre las normas propuestas;
Que, el numeral 3.2 del artículo 14º del citado Decreto
Supremo, exceptúa de la pre publicación, cuando por
razones debidamente fundamentadas en el proyecto de
norma, la entidad que propone la norma, considera que la
pre publicación de la misma es impracticable, innecesaria
o contraria a la seguridad o al orden público, habiendo
sustentado la Subgerencia de Licencia de Edif‌i cación y
Control Urbano que en el presente caso concurre en tanto
es de interés de los vecinos de Santiago de Surco, que la
Corporación incorpore una regulación a los Parámetros
Edif‌i catorios de Retiro correspondientes al Sector del
Distrito de Santiago de Surco conformante del área de
Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana;
Que, habiendo cumplido la Gerencia de Desarrollo
Urbano a través de la Subgerencia de Licencia de
Edif‌i cación y Control Urbano con presentar la propuesta
para incorporar el numeral 9.13) que reglamente la
conservación de las especies arbóreas y áreas verdes
existentes en la vía pública, corresponde modif‌i car el
Decreto de Alcaldía Nº 20-2011-MSS “Reglamento de
Parámetros Urbanísticos y edif‌i catorios correspondientes
al sector del Distrito conformante del Área de tratamiento
Normativo III de Lima Metropolitana”;
Que, mediante Informe Nº 192-2014-GDU-MSS de
fecha 11.07.2014, la Gerencia de Desarrollo Urbano
solicita la modif‌i cación del Decreto de Alcaldía Nº 20-
2011-MSS, incorporando la conservación de especies
arbóreas y áreas verdes, por ser de interés de los vecinos
del Distrito;
Que, con Informe Nº 561-2014-GAJ-MSS del
24.07.2014 la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala
que estando el Informe Nº 192-2014-GDU-MSS de
fecha 11.07.2014, de la Gerencia de Desarrollo Urbano,
el Informe Nº 242-2014-SGLECU-GDU-MSS de la
Subgerencia de Licencias de Edif‌i cación y Control
Urbano, el Memorando Nº 368-2014-GOPP-MSS de
la Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, el Informe
Nº 020-2014-SGHRU-GDU-MSS de la Subgerencia de
Habilitación y Renovación Urbana, el Informe Nº 619-
2014-SGLPPJ-GSCMA-MSS de la Subgerencia de
Limpieza Pública, Parques y Jardines, resulta procedente
la propuesta normativa que dispone la incorporación del
numeral 9.13 al Artículo 9 del Reglamento de Parámetros
urbanísticos y Edif‌i catorios correspondiente al sector del
distrito conformante del Área de Tratamiento Normativo III
de Lima Metropolitana aprobado por Decreto de Alcaldía
Nº 020-2011-MSS; recomendando elevar los actuados
al Despacho de la Alcaldía para la emisión del Decreto
de Alcaldía correspondiente, y en concordancia con lo
dispuesto por los Artículos 20º, numeral 6), 39º y 42º de la
DECRETA:
Artículo Primero.- INCORPORAR el numeral 9.13 en
el artículo 9º del Decreto de Alcaldía Nº 20-2011-MSS, el
cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 9º.- RETIROS MUNICIPALES.-
(…)
“9.13 Conservación de especies arbóreas y áreas
verdes
Los accesos peatonales y vehiculares que se
contemplen en un proyecto de edif‌i cación deberán
respetar las especies arbóreas y todo aquello que
constituya áreas verdes existentes en la vía pública;
y en caso de ser necesario, el administrado bajo su
costo y responsabilidad, podrá solicitar la reubicación
de las especies o proponer un plan de reposición cuya
autorización, previa evaluación y trámite correspondiente,
debe ser otorgada por la autoridad competente.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo
Urbano a través de la Subgerencia de Licencia de
Edif‌i cación y Control Urbano.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Tecnologías de la Información, la publicación del presente
Decreto de Alcaldía en el portal del Estado Peruano,
en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en
el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1128637-1
Declaran la habilitación urbana de
oficio de la Urbanización El Pino
RESOLUCIÓN Nº 641-2014-RASS
DS Nº 2342062010 ANEXO 1 AL 8, 2331352011,
2051402013, 2050192013
Santiago de Surco, 12 de agosto de 2014
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Informe Nº 197-2014-GDU-MSS de
la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº
041-2014-SGHRU-GDU-MSS de la Subgerencia de
Habilitación y Renovación Urbana, el Informe Nº 562-
2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y
los DS Nros 2342062010 Anexo 1 al 8, 2331352011,
2051402013, 2050192013, a través del cual se solicita
a la Municipalidad de Santiago de Surco, iniciar el
diagnóstico técnico legal para determinar la viabilidad del
inicio del procedimiento administrativo de Habilitación
Urbana de Of‌i cio para el predio rústico denominado
Fundo El Salitre Sector C, del distrito de Santiago de
Surco, inscrito en la Partida Registral Nº 44685558, de
la Zona Registral Nº IX, Sede Lima - Of‌i cina Registral
Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Numeral 3.6.1) del Artículo 79º de la Ley Nº
27972 – establece que, constituye función específ‌i ca
exclusiva de las municipalidades distritales en materia
de organización del espacio físico y uso del suelo;
normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la
f‌i scalización de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo

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