ORDENANZA N° 1758 - Modifican Planos de Zonificación de los distritos de Jesús María, La Molina y Pueblo Libre

Fecha de disposición12 Enero 2014
Fecha de publicación12 Enero 2014
Domingo 12 de enero de 2014
514151
Año XXXI - Nº 12717
AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
D.S. N° 004-2014-PCM.- Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en los distritos de Chontabamba y
Pozuzo, de la provincia de Oxapampa, en el departamento
de Pasco 514152
AGRICULTURA Y RIEGO
R.D. N° 0101-2013-MINAGRI-SENASA-DIAIA.- Crean el
Sistema de Integrado Pecuario de Trámite - SIPET 514153
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 003-2014-EF.- Disponen reajuste de pensiones
percibidas por pensionistas del régimen del Decreto
Ley N° 20530, de acuerdo a las disposiciones de la Ley
N° 28449 y Ley N° 28789 y autorizan Transferencia de
Partidas 514154
INTERIOR
D.S. N° 002-2014-IN.- Aprueban Reglamento de la Ley N°
30103, Ley que establece el procedimiento que regulariza
la residencia de extranjeros en situación migratoria
irregular 514155
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R.M. N° 0005-2014-JUS.- Aprueban el “Programa
SECIGRA DERECHO 2014” 514159
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.VM. N° 681-2013-MTC/03.- Aprueban transferencia
de autorización para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en OM en localidad del departamento
de Lambayeque, a favor de Cadena Radio Visión E.I.R.L.
514161
R.D. N° 5009-2013-MTC/15.- Autorizan a Escuela de
Conductores Integrales Brevete Nacional S.A.C. impartir
cursos de capacitación para obtener licencia de conducir
514163
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RR. N°s. 001 y 002-2014-INDECOPI/COD.- Autorizan
viajes de funcionarios del INDECOPI a México, Francia y
Suiza, en comisión de servicios 514165
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Res. N° 103-2013-SMV/11.1.- Disponen exclusión de
valores denominados “Primer Programa de Certif‌i cados
de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro
y Crédito Sullana - Primera Emisión de Certif‌i cados de
Depósitos Negociables” del Registro Público del Mercado
de Valores 514167
Res. N° 002-2014-SMV/10.2.- Otorgan a Inversiones
MCC S.A.C. y a personas naturales, autorización para la
organización de una sociedad administradora de fondos
mutuos de inversión en valores denominada Seminario
Sociedad Administradora de Fondos Muutos de Inversión
en Valores S.A.. 514168
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. N° 336-2013-CE-PJ.- Prorrogan
funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales
liquidadores laborales transitorios de descarga procesal y
dictan otras disposiciones 514168
RR. Adms. N°s. 337 y 338-2013-CE-PJ.- Prorrogan
funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales y
emiten otras disposiciones 514170
Res. Adm. N° 341-2013-CE-PJ.- Establecen disposiciones
relativas a la conformación del Juzgado Penal Colegiado
en la Provincia de Huancané, Distrito Judicial de Puno
514172
Res. Adm. N° 344-2013-CE-PJ.- Prorrogan
funcionamiento del Colegiado Transitorio F de la Sala
Penal Nacional. 514173
Sumario
El Peruano
Domingo 12 de enero de 2014
514152
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. N° 1012-2013-JNE.- Conf‌i rman el Acuerdo de
Concejo N° 0048-2013-MDSM que declaró infundada
solicitud de vacancia de regidor de la Municipalidad Distrital
de Santa María, provincia de Huaral, departamento de
Lima 514173
Res. N° 1071-2013-JNE.- Declaran nulo Acuerdo de Concejo
N° 012-2013-CMPCI, que rechazó solicitud de declaratoria
de vacancia de regidor de la Municipalidad Provincial de El
Collao - Ilave, departamento de Puno 514176
Res. N° 1088-2013-JNE.- Conf‌i rman Acuerdo de Concejo
N° 040-2013-MDCLR, que declaró improcedente solicitud
de vacancia de regidor de la Municipalidad Distrital de
Carmen de la Legua Reynoso, Provincia Constitucional del
Callao 514181
Res. N° 1115-2013-JNE.- Declaran infundada solicitud
de vacancia de regidor del Concejo Provincial de Mariscal
Luzuriaga, departamento de Ancash. 514183
OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES
R.J. N° 007-2014-J/ONPE.- Aprueban modelo def‌i nitivo
de la cédula de sufragio para las Nuevas Elecciones
Municipales 2014 514185
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 2-2014.- Autorizan inscripción de persona natural en
el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 514189
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Ordenanza N° 015-2013-CR-RL.- Declaran de interés
regional prioritario la elaboración e implementación de la
Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático
en el ámbito de la jurisdicción del Gobierno Regional de
Lima 514189
GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Res. N° 970-2013-G.G.R/GOB.REG.TACNA.- Imponen
sanción de suspensión sin goce de remuneraciones a ex
funcionarios del Gobierno Regional de Tacna 514192
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Ordenanza N° 019-2013-GRU-CR.- Aprueban la
actualización del Plan Vial Departamental Participativo de
Ucayali 2013 - 2022 514194
Ordenanza N° 020-2013-GRU/CR.- Aprueban el Plan
Regional de Desarrollo Forestal de Ucayali 2013 - 2018
514194
Acuerdo N° 149-2013-GRU/CR.- Autorizan la
transferencia de los bienes muebles dados de baja
de propiedad del Gobierno Regional de Ucayali en la
modalidad de donación a título gratuito, a favor del Instituto
Superior Tecnológico “Suiza” 514196
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanzas N°s. 1758, 1760 y 1761.- Modif‌i can Planos
de Zonif‌i cación de los distritos de Jesús María, La Molina
y Pueblo Libre 514196
MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Ordenanza N° 554-MDEA.- Suspenden aplicación de
incrementos de tasas de arbitrios municipales para el
uso casa habitación, aprueban benef‌i cio extraordinario
tributario y no tributario a favor de los administrados, y
establecen cronograma de pagos y derechos de emisión
en el distrito 514197
MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA
D.A. N° 034-2013-MDJM.- Aprueban Plan de Gestión de
Residuos de la Construcción y Demolición depositados en
espacios públicos y de obras menores del distrito 514200
D.A. N° 035-2013-MDJM.- Prorrogan la vigencia de la
Ordenanza N° 387-MDJM que reguló el otorgamiento de
licencias de edif‌i cación por regularización en el distrito
514200
D.A. N° 036-2013-MDJM.- Prorrogan la vigencia de la
Ordenanza N° 423-MDJM que aprobó benef‌i cios para el
pago de deudas tributarias y administrativas 514201
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
R.A. N° 011-2014-ALC/MLV.- Designan Auxiliar Coactivo
de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria
de la Municipalidad 514201
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado
de Emergencia en los distritos de
Chontabamba y Pozuzo, de la provincia
de Oxapampa, en el departamento de
Pasco
DECRETO SUPREMO
N° 004-2014-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno Regional de Pasco, mediante
Of‌i cio N° 00001-2014-G.R.P.-PRES/ORDNCSC de fecha
06 de enero de 2014, solicita se declare el Estado de
Emergencia en los distritos de Chontabamba y Pozuzo, de
la provincia de Oxapampa, en el departamento de Pasco,
debido a las intensas precipitaciones pluviales, situación
que se viene agravando con la presencia de nevadas,
los cuales han producido deslizamientos e incluso han
erosionado las plataformas de carreteras, afectando las
vías de comunicación y daños a las viviendas; adjuntando
como sustento el Informe Nº 000005-2014-G.R.P.-PRES/
ORDNDCSC de fecha 06 de enero de 2014; así como
el Informe de Emergencia Nº 017-07/01/2014/COEN-
INDECI/16:00 HORAS, elaborado por el Centro de
Operaciones de Emergencia Nacional-COEN en los que
se detallan los daños ocurridos en algunos distritos de
la provincia de Oxapampa en el departamento de Pasco
y la Alerta Meteorológica del SENAMHI notif‌i cada en el
Boletín INDECI Nº 001 del 02 de enero de 2014;
El Peruano
Domingo 12 de enero de 2014 514153
Que, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional
de Defensa Civil – INDECI, con el Informe Técnico
Nº 0001-2014-INDECI/11.0 de fecha 07 de enero de
2014, informa que la intensidad y continuidad de las
precipitaciones pluviales en el departamento de Pasco,
con el consiguiente incremento del caudal de los ríos
y afluentes, así como la incidencia de deslizamientos
y desbordes, de manera frecuente y de gran volumen,
han afectado viviendas y vías de comunicación en los
distritos de Pozuzo y Chontabamba, de la provincia
de Oxapampa, haciendo previsible la ocurrencia de
riesgos y daños de magnitudes mayores que podrían
afectar la vida y salud de los pobladores, viviendas
e infraestructura diversa como infraestructura vial,
infraestructura de salud, entre otros, siendo necesario
atender en forma oportuna y eficaz las zonas
afectadas;
Que, además informa que las Municipalidades
Distritales de Pozuzo y Chontabamba, con el
asesoramiento técnico del Gobierno Regional de Pasco,
la Municipalidad Provincial de Oxapampa y el Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, en forma conjunta,
han efectuando tareas de evaluación de daños y análisis
de necesidades en las zonas afectadas, tal como se
registra en el Sistema de Información Nacional para la
Respuesta y Rehabilitación – SINPAD, evidenciándose
la existencia de daños a la población, viviendas, vías
de comunicación, servicios básicos e infraestructura
diversa en los distritos involucrados, por lo que se hace
indispensable la ejecución de medidas inmediatas y
necesarias, máxime cuando el Gobierno Regional de
Pasco ha señalado mantener una capacidad limitada en
cuanto a recursos para afrontar la emergencia, debido a
su magnitud; por lo que se pronuncia favorablemente para
que se gestione la aprobación del Estado de Emergencia
en los mencionados distritos;
Que, la situación descrita demanda la adopción
de medidas inmediatas y necesarias que permitan al
Gobierno Regional de Pasco, a los Gobiernos Locales
involucrados, con la coordinación del Instituto Nacional
de Defensa Civil - INDECI, y la participación del Ministerio
de Agricultura y Riego – Autoridad Nacional del Agua,
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y
demás instituciones públicas y privadas involucradas, en
cuanto les corresponda, a ejecutar acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitación de las zonas
afectadas; por lo que se cuenta con la opinión favorable
de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres
de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido
con el Memorándum N° 00004-2014-PCM-SGRD,
considerando que corresponde declarar el Estado de
Emergencia;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo
68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres,
regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de
Emergencia;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia
Declárese en Estado de Emergencia en los distritos
de Chontabamba y Pozuzo, de la provincia de Oxapampa,
en el departamento de Pasco, por el plazo de sesenta (60)
días calendario, por deslizamientos producidos por las
intensas precipitaciones pluviales.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Pasco, los Gobiernos
Locales involucrados, en coordinación con el Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participación
del Ministerio de Agricultura y Riego – Autoridad
Nacional del Agua, el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento y demás instituciones
públicas y privadas involucradas, a ejecutar acciones
inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación
en cuanto les corresponda; acciones que pueden ser
modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos
de seguridad que se vayan presentando durante su
ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las
entidades competentes.
Artículo 3.- Responsabilidad de las
coordinaciones
El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, será
responsable de realizar las coordinaciones necesarias
entre el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones
y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar
las acciones de respuesta, rehabilitación, así como de
reducción y minimización del alto riesgo existente, con
la f‌i nalidad de que éstas se inicien o se cumplan dentro
del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado
de Emergencia, debiendo mantener informada a la
Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la
Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las
mismas.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura
y Riego, y el Ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once
días del mes de enero del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura y Riego
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1036952-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Crean el Sistema de Integrado Pecuario
de Trámite - SIPET
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0101-2013-MINAGRI-SENASA-DIAIA
17 de diciembre de 2013
VISTO:
El Informe-0108-2013-MINAGRI-SENASA-DIAIA-SIP-
RPRINCIPE de fecha 09 de diciembre de 2013, elaborado
por la Subdirección de Insumos Pecuarios de la Dirección
de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria
del SENASA;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17° de Ley General de Sanidad Agraria,
aprobada por Decreto Legislativo Nº 1059, determina que
el SENASA, establecerá y conducirá el control, registro y
f‌i scalización a nivel nacional de productos farmacéuticos
y biológicos de uso veterinario; alimentos, pre mezclas y
aditivos de uso animal;
Que, el artículo 23° del Reglamento de la Ley
General de Sanidad Agraria, aprobada mediante
Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, dispone que: “Los
productos de uso veterinario y Alimentos para animales,
nacionales e importados deberán ser registrados en el
SENASA, para internamiento, uso y comercialización en
el país; asimismo, son objeto de control y f‌i scalización

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