RESOLUCION N° 076-2014-OS/CD - Aprueban Texto Único Ordenado del Reglamento de Uso de Sistemas de Posicionamiento Global (GPS)

Fecha de disposición18 Abril 2014
Fecha de publicación18 Abril 2014
El Peruano
Viernes 18 de abril de 2014 521217
Que, en este orden de ideas, y en atención a las
disposiciones que sobre la f‌i scalización del Fondo para la
Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados
del Petróleo debe cumplir Osinergmin; corresponde emitir
el Procedimiento para la adecuación del SCOP a los
productos incluidos en el Fondo para la Estabilización de
Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, y
dejar sin efecto el Procedimiento para la Adecuación del
SCOP aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº
069-2012-OS/CD;
Que, de conformidad con la política de transparencia
Institucional contemplada en los artículos 8º y 25º del
Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobación
del proyecto normativo mencionado se requiere su
publicación en el diario of‌i cial El Peruano, con el f‌i n de
recibir comentarios de los interesados, los mismos que no
tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un
procedimiento administrativo;
Que, en ese sentido, corresponde ordenar la publicación
del proyecto “Procedimiento para la adecuación del SCOP
a los productos incluidos en el Fondo para la Estabilización
de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo”;
otorgando a los interesados un plazo mínimo de quince (15)
días calendario para la remisión por escrito de comentarios
o sugerencias;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° numeral
1 literal c) de la Ley Marco de los Organismos Reguladores
de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley
N° 27332, modif‌i cado por Ley N° 27631; y estando a lo
acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su
Sesión Nº 11-2014;
Con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización
de Hidrocarburos Líquidos, la Gerencia Legal y la Gerencia
General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la publicación de la presente
Resolución en el diario of‌i cial El Peruano, y disponer
que el texto íntegro del proyecto “Procedimiento para la
adecuación del SCOP a los productos incluidos en el Fondo
para la Estabilización de Precios de los Combustibles
Derivados del Petróleo” así como su exposición de motivos,
sea publicado en el portal institucional de Osinergmin el
mismo día.
Artículo 2º.- Disponer que los comentarios de los
interesados serán recibidos por escrito en las mesas de
partes de Osinergmin o vía correo electrónico a comentarios.
normas.5@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince
(15) días hábiles siguientes a su publicación, siendo la
persona designada para recibirlos el abogado Marco
Gonzales Peralta.
Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización de
Hidrocarburos Líquidos la publicación dispuesta, el análisis
de los comentarios que hagan llegar los interesados, así
como la presentación de la propuesta f‌i nal al Consejo
Directivo de Osinergmin.
CARLOS BARREDA TAMAYO
Vicepresidente del Consejo Directivo
Encargado de la Presidencia
1074661-2
Aprueban Texto Único Ordenado del
Reglamento de Uso de Sistemas de
Posicionamiento Global (GPS)
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
N° 076-2014-OS/CD
Lima, 11 de abril de 2014
VISTO:
El Memorando GFHL/DPD-825-2014 de la Gerencia de
Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c)
del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los
Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos
Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad
exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia
de su competencia, los reglamentos de los procedimientos
a su cargo y otras normas de carácter general;
Que, según lo dispuesto en el artículo 22° del
Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa
de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el
Consejo Directivo de Osinergmin a través de resoluciones;
Que, con fecha 15 de setiembre de 2010 se publicó
en el diario of‌i cial El Peruano la Resolución de Consejo
Directivo N° 222-2010-OS/CD a través de la cual se aprobó
el Reglamento de Uso de Sistemas de Posicionamiento
Global (GPS), los tipos y características mínimas de los
GPS, el Formulario de Empadronamiento de Unidades de
Transporte, de Entrega de Información y de Reporte de
Incidentes; así como el Cronograma de Supervisión de las
Unidades de Transporte de Petróleo Crudo, Gas Licuado
de Petróleo, Combustibles Líquidos y Otros Productos
Derivados de los Hidrocarburos;
Que, al respecto, desde la fecha de su publicación
hasta la actualidad, la referida resolución ha sido materia
de modif‌i caciones sucesivas con la f‌i nalidad de adecuar
sus disposiciones a los diferentes cambios en la normativa
técnica y de seguridad que regula las actividades de
hidrocarburos en el país;
Que, en ese contexto, resulta necesario ordenar y
sistematizar en un único cuerpo normativo el Reglamento
de Uso de Sistemas de Posicionamiento Global (GPS),
con la f‌i nalidad de eliminar toda complejidad innecesaria,
así como brindar a los administrados una información
veraz, completa y conf‌i able sobre el resultado de los
procedimientos que pueda iniciar en el marco del citado
reglamento, en congruencia con los Principios de
Simplicidad y Predictibilidad previstos en los numerales
1.13 y 1.15 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;
Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo
del artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin
aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se
exceptúan de la publicación del proyecto los reglamentos
considerados de urgencia; expresándose las razones que
fundamentan dicha excepción;
Que, en ese sentido, y dado que la presente resolución
tiene por f‌i nalidad exclusiva ordenar y sistematizar en
un cuerpo normativo todas aquellas disposiciones que
han modif‌i cado el Reglamento de Uso de Sistemas de
Posicionamiento Global (GPS) y se encuentran vigentes, a
f‌i n de eliminar toda complejidad innecesaria en benef‌i cio del
administrado; se exceptúa la publicación del presente proyecto
para recabar comentarios, en aplicación del artículo 25° del
Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto
Supremo N° 054-2001-PCM, y el numeral 3.2 del artículo 14°
del Reglamento que establece disposiciones relativas a la
Publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de
Normas Legales de Carácter General;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del
Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto
Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administración
Pública se encuentran obligadas a publicar en el Portal del
Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras,
las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos
o reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos
contenidos en el TUPA de la entidad, o relacionados con la
aplicación de sanciones administrativas;
Que, de otro lado, el Decreto Supremo Nº 014-2012-
JUS dispone que los reglamentos administrativos deben
publicarse en el diario of‌i cial El Peruano para su validez y
vigencia, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51° y
109° de la Constitución Política del Perú, entendiéndose por
tales las disposiciones reglamentarias que tienen efectos
jurídicos generales y directos sobre los administrados,
incidiendo en sus derechos, obligaciones o intereses;
Que, de conformidad con lo dispuesto en las normas
mencionadas precedentemente y estando a lo acordado
por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión Nº
11-2014;
Con la opinión favorable de la Gerencia General,
Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización de
Hidrocarburos Líquidos.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Texto Único Ordenado del
Reglamento de Uso de Sistemas de Posicionamiento

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