ORDENANZA N° 363-MSI - Establecen conformación del Equipo Técnico para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2015

Fecha de disposición09 Mayo 2014
Fecha de publicación09 Mayo 2014
El Peruano
Viernes 9 de mayo de 2014 522789
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Aceptan y agradecen donación de
empresa editora, consistente en la
construcción de centro de control y
monitoreo de seguridad ciudadana de
la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 018-2014-MPL
Pueblo Libre, 15 de abril de 2014
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria Nº 08 de la fecha; y,
VISTO: El Dictamen Nº 014-2014-MPL/CPL-CPAFP
de fecha 10 de abril 2014, elaborado por la Comisión
Permanente de Administración, Finanzas y Presupuesto
del Concejo Municipal de Pueblo Libre; y,
CONSIDERANDO:
de Municipalidades, establece que las Municipalidades,
tomando en cuenta su condición de Municipalidad
distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones
específ‌i cas con carácter exclusivo o compartido, en
materia de seguridad ciudadana como servicio público
local;
Que, mediante Documento Simple Nº 2894-2014
de fecha 08 de abril de 2014, el Gerente General de
la empresa Editora EL COMERCIO S.A, señor CESAR
AUGUSTO PARDO FIGUEROA TURNER, expresa su
deseo de colaborar en la mejora de la calidad del servicio
de seguridad ciudadana que presta esta Corporación
Edil, para lo cual ofrece donar la construcción del nuevo
CENTRO DE COMUNICACIONES Y MONITOREO
DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PUEBLO LIBRE
- CECOM, ubicado en el Parque San Lucas, cuya
valorización aproximada sería de S/. 820,000.00
(Ochocientos Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles), obra
que, sin duda, permitirá desarrollar con mayor ef‌i cacia
el combate a la delincuencia y la inseguridad en las
calles del distrito;
Que, mediante Informe Nº 040-2014-MPL/GAJ
de fecha 09 de abril de 2014, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, sostiene que el numeral 20) del Artículo 9º de la
a los Concejos Municipales aceptar donaciones, legados,
subsidios o cualquier otra liberalidad, por lo que no habría
inconveniente legal en aceptar la donación que ofrece la
empresa Editora EL COMERCIO S.A, que consiste en la
construcción de lo que serían las nuevas instalaciones
del CENTRO DE COMUNICACIONES Y MONITOREO
DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PUEBLO LIBRE -
CECOM;
Que, en ese mismo sentido, el Órgano Asesor
señala que, para efectos de materializar la donación
ofrecida por la empresa Editora EL COMERCIO S.A, se
debe suscribir el respectivo Convenio de Cooperación
Interinstitucional, en donde se establezcan las
condiciones de la donación y las obligaciones de las
partes, conforme lo establece el numeral 26) del artículo
Que, mediante Memorando Nº 186-2014-MPL-GSC
de fecha 10 de abril de 2014, la Gerencia de Seguridad
Ciudadana ref‌i ere que en la actualidad el CECOM
se encuentra ubicado en el Parque 03 de Octubre y,
lamentablemente, dicho Local no cuenta con espacio
suf‌i ciente para implementar mayores estaciones de
monitoreo y paneles de visualización de imágenes,
limitando con ello la instalación de más cámaras de video
vigilancia; por otro lado, indica que para la construcción
del nuevo CECOM se ha concertado debidamente con los
vecinos de la zona y se cuenta con su total conformidad;
por lo que es de la opinión favorable para que se acepte la
donación que formula la empresa EL COMERCIO S.A;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 20)
Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD;
y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del
Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- ACEPTAR Y AGRADECER a
la empresa Editora EL COMERCIO S.A, la donación
que consiste en la construcción del nuevo CENTRO DE
CONTROL Y MONITOREO DE SEGURIDAD CIUDADANA
DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE – CECOM,
el mismo que se encontrará ubicado en el Parque
San Lucas, altura de la cdra. 10 de la Av. La Marina,
cuya construcción tendrá una valorización máxima de
S/.820,000.00 (Ochocientos Veinte Mil y 00/100 Nuevos
Soles), de conformidad con la parte considerativa del
presente.
Artículo Segundo.- APROBAR el Convenio de
Cooperación Interinstitucional a suscribirse con la
empresa Editora EL COMERCIO S.A, para efectos
de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo
precedente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia
de Licencias y Autorizaciones, el cumplimiento del presente
Acuerdo, así como las acciones correspondientes a sus
competencias.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
1080135-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Establecen conformación del Equipo
Técnico para el Proceso del Presupuesto
Participativo para el Año Fiscal 2015
ORDENANZA N° 363-MSI
San Isidro, 16 de abril de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
En Sesión Ordinaria del Concejo N° 12 de la fecha;
VISTO: el Dictamen N° 09-2014-CAJ-LS/MSI de la
Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales y Sociales,
Dictamen N° 01-2014-COM-IMA-PV-CD/MSI de la
Comisión de Comunicación, Imagen, Participación Vecinal,
Cultura y Deporte, Informe N° 0633-2014-0400-GAJ/MSI
de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe N° 105-
2014-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 197° y 199° de la Constitución
Política del Perú, modif‌i cada mediante Ley N° 27680 que
aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del
Título IV, sobre Descentralización, establecen que las
municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad,
conforme a ley;

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