ORDENANZA N° 016-2014-MPH - Crean el Comité Municipal por los Derechos del Niño y del Adolescente (COMUDENA) y aprueban su Reglamento de Organización y Funciones

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2014
El Peruano
Sábado 30 de agosto de 2014 531445
mismos de acuerdo al Decreto Supremo Nº 004-2011-
VIVIENDA.
Que, mediante Informe Nº 1244-2012-MPH/GDU/
SGEYPT/RFAC de fecha 18 de Diciembre del 2012, la Sub
Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, señala
que el pedido de Cambio de Zonif‌i cación presentado por
la administrada fue realizado bajo el amparo del D.S.
Nº 004-2011-VIVIENDA mediante el cual se Aprueba el
Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo
Urbano, por lo que se deberá seguir el procedimiento
establecido en dicha norma para el cambio de
zonif‌i cación, e invocando el D.S. Nº 027-2003-VIVIENDA,
ya que el marco normativo para la Elaboración del Plan de
Desarrollo Urbano de la Ciudad de Huaral 2010 – 2015,
Aprobado con Ordenanza Municipal Nº 007-2010-MPH,
Publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano de fecha 14 de
Mayo del 2010.
Que, así mismo, señala que la administrada ha
cumplido con adjuntar los requisitos establecidos en el
Artículo 50º numeral 50.3 de la norma precitada y que
revisado el sustento de cambio de zonif‌i cación del Predio
Rural Fundo Esquivel U.C. 10645 Código Catastral 10645
Proyecto Esquivel, del Predio Rural Fundo Esquivel U.C.
10645 Código Catastral 10645 Proyecto Esquivel, del
Predio Sub Lote B que formó parte de la Parcela Nº 10493
del Fundo Retes – Huaral, ubicado en el Distrito y Provincia
de Huaral, a Zona Residencial de Media Densidad(R4),
estos justif‌i can la suf‌i ciencia de los servicios básicos
de energía eléctrica, agua y alcantarillado, así como de
integración al sistema vial, servicios de limpieza pública,
transporte; la dotación de equipamientos de educación,
salud y recreación; estudio de la zonif‌i cación circundante.
Además señala que el sustento de Cambio de Zonif‌i cación
responde a demandas sociales, económicas y físicas por
lo que lo contemplado resulta sustento suf‌i ciente para
atender el Cambio de Zonif‌i cación a Zona de Residencial
de Media Densidad (R4) con los parámetros establecidos
en el Reglamento de Zonif‌i cación, el cual forma parte del
Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Huaral 2010-
2015.
Que, a través del Informe Nº 0145-2013-MPH/
GDUyOT de fecha 13 de Marzo del 2013, la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, opina
por la PROCEDENCIA atender lo solicitado por la
administrada, a través de una Ordenanza Municipal,
por cumplir con lo contemplado en el D.S. Nº 004-
2011-VIVIENDA y aprobar el Cambio de Zonif‌i cación
de Zona Residencial de Densidad Baja (R2), a Zona
de Residencial de Media Densidad (R4) de acuerdo
a los Planos PI-01 y PZ-01, del Predio denominado:
Sub Lote B que formó parte de la Parcela Nº 10493
del Fundo Retes – Huaral, de 1,000.00 m2 (0.1000 Ha)
de Propiedad de la Sra. Ana María Rodríguez Robles,
Inscrita en la Partida 60117628 – Zona Registral Nº IX
– Sede Lima – SUNARP.
Que, mediante Informe Legal Nº 0417-2013-MPH-
GAJ, de fecha 06 de Mayo del 2013, la Gerencia de
Asesoría Jurídica, es de la opinión que debe aprobarse lo
solicitado por doña ANA MARÍA RODRÍGUEZ ROBLES,
es decir aprobar el Cambio de Zonif‌i cación de R2 (Zona
de Residencial de Baja Densidad) a R4 (Zona de Media
Densidad); correspondiendo al Concejo Municipal
aprobar dicho cambio, según los parámetros establecidos
en el reglamento de Zonif‌i cación, respecto al Predio
denominado: Sub Lote B que formó parte de la Parcela Nº
10493 del Fundo Retes - Huaral.
Que, con Dictamen Nº 008-2014-MPH/CDUTSV, de
fecha 14 de agosto del 2014, la Comisión de Desarrollo
Urbano, Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, recomienda
al Pleno del Concejo Municipal Provincial de Huaral,
Artículo Único: APROBAR el Cambio de Zonif‌i cación
del Sub Lote B de la Parcela 10493 del Fundo Retes
Huaral, seguido por la administrada Ana María Rodríguez
Robles, luego de que los profesionales de las áreas
correspondientes, realizaran la verif‌i cación de que a
posterior dicha aprobación no traiga perjuicio al normal
desarrollo territorial de la zona.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
contando con el voto unánime de los Señores Regidores,
aprobaron la siguiente:
ORDENANZA
“QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN
DEL PREDIO SUB LOTE B QUE FORMÓ PARTE
DE LA PARCELA Nº 10493 DEL FUNDO RETES
– HUARAL, DEL DISTRITO DE HUARAL, PROVINCIA
DE HUARAL, DEPARTAMENTO DE LIMA”
Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del
Plano de Zonif‌i cación aprobado con el Plan de Desarrollo
Urbano de la ciudad de Huaral 2010 – 2015, mediante
Ordenanza Municipal Nº 007-2010-MPH, consistente en
el Cambio de Zonif‌i cación de Zona Residencial de Baja
Densidad (R2) a Zona Residencial de Media Densidad
(R4), según los parámetros establecidos en el Reglamento
de Zonif‌i cación, respecto al Predio denominado: Sub
Lote “B” que formó parte de la Parcela Nº 10493 del
Fundo Retes – Huaral, de Propiedad de la Sra. Ana
María Rodríguez Robles, inscrito en la Partida 60117628
de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima – SUNARP, de
acuerdo a los Planos PI-01 y PZ-01 que forma parte del
expediente.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Territorial y a la Sub Gerencia de Estudios
y Planeamiento Territorial, en cuanto les corresponda.
Artículo Tercero.- DISPONER la Publicación de
la presente Ordenanza Municipal en el Diario Of‌i cial El
Peruano y en el Portal de la Municipalidad Provincial de
Huaral (www.munihuaral.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ
Alcalde Provincial
1129844-1
Crean el Comité Municipal por los
Derechos del Niño y del Adolescente
(COMUDENA) y aprueban su Reglamento
de Organización y Funciones
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 016-2014-MPH
Huaral, 15 de agosto del 2014.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Proyecto de Ordenanza Municipal de Creación y
Aprobación del Reglamento del Comité Municipal por los
Derechos del Niño y del Adolescente (COMUDENA) del
Distrito de Huaral; y,
CONSIDERANDO:
Estado, concordante con el artículo Nº II de la Ley Nº
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en asuntos de su competencia.
Perú, dispone que “la Comunidad y el Estado protegen
especialmente al niño, adolescente, a la madre y al
anciano en situación de abandono”. El artículo 4º de la
Convención sobre los Derechos del Niño aprobado el
20 de noviembre de 1989 en la Asamblea General de
las Naciones Unidas, “establece que los Estados son
partes – el Perú es uno de ellos”, que deberá adoptar las
medidas necesarias para hacer efectivos los Derechos
reconocidos en la Convención.

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