ORDENANZA N° 365-MDSMP - Modifican la Ordenanza N° 314-MDSMP, que aprobó implementación del Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y el TUPA de la Municipalidad
Fecha de disposición | 11 Julio 2014 |
Fecha de publicación | 11 Julio 2014 |
El Peruano
Viernes 11 de julio de 2014 527525
LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Estado, modifi cado por Ley Nº 27680, establece que las
Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el próximo día 28 de julio se conmemora
el Centésimo Nonagésimo Tercer Aniversario de la
Declaración de la Independencia Nacional;
Que, es necesario resaltar los hechos históricos
trascendentes con el propósito de fortalecer y reafi rmar
nuestra conciencia cívica, fomentando la realización
de actividades simbólicas tradicionales como el
embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6)
del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento
General de las viviendas, instituciones públicas y privadas
y locales comerciales del Distrito de San Isidro, del 15 al
31 de julio de 2014, con carácter obligatorio y con motivo
de la Celebración del Centésimo Nonagésimo Tercer
Aniversario de la Declaración de la Independencia del
Perú.
Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las
viviendas particulares e instituciones no estatales, que de
conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de Marzo
de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de
forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo
de armas), encontrándose reservado el Pabellón Nacional
(con el Escudo Nacional al centro) para uso de los edifi cios
del Estado.
Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del
distrito a fi n que efectúen la limpieza y pintado de las
fachadas de los predios, para su mejor presentación y
ornato general de la ciudad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de
Fiscalización y de Seguridad Ciudadana el cumplimiento
del presente Decreto, a la Secretaría General su
publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y a las
Ofi cinas de Participación Vecinal y de Comunicaciones e
Imagen su difusión.
Registrese, publíquese, comuniquese y cúmplase
MAGDALENA DE MONZARZ STIER
Alcaldesa
1108284-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Modifican la Ordenanza N° 314-
MDSMP, que aprobó implementación
del Programa de Formalización de
Recicladores y Recolección Selectiva
de Residuos Sólidos y el TUPA de la
Municipalidad
ORDENANZA Nº 365-MDSMP
San Martín de Porres, 30 de Junio del 2014.
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE
PORRES
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha
30.JUNIO.2014, con el quórum reglamentario de los
señores regidores, se trató sobre modifi cación de norma
municipal e incorporación al TUPA de la entidad; y,
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre
el Dictamen Nº 001-2014-CEyMA-SR/MDSMP de la
Comisión de Ecología y Medio Ambiente, que recomienda
al Pleno del Concejo la aprobación del proyecto de
Ordenanza que modifi ca la Ordenanza Nº 314-MDSMP
(21.JULIO.2011) que implementa el Programa de
Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva
de Residuos Sólidos en nuestra jurisdicción; e incorpora
Procedimientos Administrativos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad;
contándose al respecto con las opiniones favorables
de la Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente
(Memorándum Nº 045-2014-GSPyMA/MDSMP), Gerencia
de Planeamiento y Presupuesto (Informe Nº 045-2014-
GPP/MDSMP), Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe
Nº 881-2014-GAJ/MDSMP) y Gerencia Municipal
(Memorándum Nº 444-2014-GM/MDSMP);
De conformidad con los artículos 39 y 40 de la Ley Nº
27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Dictamen
Nº 001-2014-CEyMA-SR/MDSMP de la Comisión de
Ecología y Medio Ambiente; con el Voto Mayoritario de
los señores regidores y con la dispensa de la lectura y
aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín
de Porres aprueba la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- MODIFICAR e INCORPORAR,
según corresponda, los artículos y numerales siguientes
respecto a la Ordenanza Nº 314-MDSMP (21.JULIO.2011)
que implementa el Programa de Formalización de
Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos
Sólidos en el Distrito de San Martín de Porres, quedando
redactadas de la forma siguiente:
“Artículo 7º.- PERFIL DEL RECICLADOR:
• Debe contar con Documento Nacional de Identidad
– DNI – vigente.
• Tener edad mínima de 18 años.
• Las mujeres en gestación solo podrán desarrollar la
actividad hasta los siete meses de embarazo, pudiendo
reincorporarse a la misma al cumplir un mes del
alumbramiento, debiendo acreditar los controles médicos
que así lo permitan.
• Deberá pertenecer a una organización de
recicladores de preferencia con domicilio en la
jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, con
personería jurídica legalmente establecida e inscrita en
los Registros Públicos.”
“Artículo 8º.- PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS
8.1 CONVOCATORIA AL PROGRAMA DE
FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES
La Municipalidad Distrital de San Martín de Porres
realizará una convocatoria dirigida a las organizaciones
de recicladores con personería jurídica legalmente
establecida e inscrita en los Registros Públicos, para ser
parte del Programa de Formalización de Recicladores
de Residuos Sólidos, cada vez que se necesite cubrir
la demanda de predios existentes en la jurisdicción;
convocatoria que se llevará a cabo a través de diferentes
medios de comunicación.
8.2 SOLICITUD DE LA ORGANIZACIÓN DE
RECICLADORES CON PERSONERÍA JURÍDICA
Cada organización de recicladores podrá presentar
una solicitud de inscripción dirigida al señor alcalde,
solicitando incorporarse al proceso de formalización
acogiéndose a la presente Ordenanza, adjuntando los
siguientes requisitos:
• Solicitud de inscripción (libre reproducción).
• Copia de la fi cha registral de la organización de
recicladores con personería jurídica emitida por los
Registros Públicos.
• Relación de miembros de la asociación, especifi cando:
nombres y apellidos, DNI, edad, domicilio, servicio que
presta (tipo de residuo que recolecta) y fi rma.
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