ACUERDO N° 017-2014-MDSMP - Aceptan donaciones efectuadas por agentes participantes del Presupuesto Participativo 2014, destinadas al cofinanciamiento de proyectos de inversión
Fecha de disposición | 12 Julio 2014 |
Fecha de publicación | 12 Julio 2014 |
El Peruano
Sábado 12 de julio de 2014 527677
que corresponde al Código 15.02, sobre Respeto a las
Normas de Convivencia Urbana.
Código INFRACCIÓN Monto de
la UIT Sanción
Complementaria
15.02 Por efectuar reparaciones
mecánicas o lavado de
automóviles o pintado de
automóviles en la vía o área
pública.
a) Propietario
b) Tercero 30 %
20%
“Retención de
los equipos,
herramientas,
mobiliarios
y/o similares y/o
Reposición al estado
anterior de la vía o
área pública”
Artículo Segundo.- MODIFICAR la Tabla de
Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobada por
Ordenanza N° 310-MSI, en el extremo de las sanciones
que corresponde a las Normas de Comercio en Vía
Pública.
Código INFRACCIÓN Monto de
la UIT Sanción
Complementaria
18.22 Por efectuar o permitir el
lavado de automóviles en la
vía o área pública.
a) Propietario
b) Tercero
30%
20%
“Retención de los
equipos, herramientas,
mobiliarios y/o similares
y/o Reposición al
estado anterior de la vía
o área pública”
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Fiscalización el cumplimiento de la presenta Ordenanza.
Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las disposiciones
cuya aplicación sea incompatible o que se opongan con la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en San Isidro, el 2 del mes de julio del 2014.
MAGDALENA DE MONZARZ STIER
Alcaldesa
1108865-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Aceptan donaciones efectuadas por
agentes participantes del Presupuesto
Participativo 2014, destinadas al
cofinanciamiento de proyectos de
inversión
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 017-2014-MDSMP
San Martín de Porres, 30 de junio del 2014
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN
DE PORRES
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha
30.JUNIO.2014, con el quórum reglamentario de los señores
regidores, se trató sobre la aceptación de donaciones
de depósitos económicos para cofi nanciamiento y su
incorporación al presupuesto institucional; y,
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre el
proyecto de acuerdo que acepta los depósitos económicos
para cofi nanciamiento de proyectos de inversión, por
la suma de S/. 205,989.70, efectuados por los agentes
participantes del Presupuesto Participativo 2014, de
acuerdo a lo señalado en el Anexo Nº 1 presentado por
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad
con el Informe No. 057-2014-GPP/MDSMP – y que formará
parte integrante de la presente norma municipal; lo que
cuenta asimismo con la opinión favorable de la Gerencia
de Asesoría Jurídica (Informe Nº 947-2014-GAJ/MDSMP)
y Gerencia Municipal (Proveído Nº 867-14-GM);
De conformidad con los artículos 9, inciso 20) y 41 de
la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como
artículo 69 del TUO de la Ley Nº 28411 – General del
Sistema Nacional de Presupuesto; con el Voto Mayoritario
de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y
aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín
de Porres aprueba el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- ACEPTAR las donaciones
efectuadas por los agentes participantes del Presupuesto
Participativo 2014, por la suma de S/. 205,989.70,
destinadas al cofi nanciamiento de proyectos de inversión;
conforme a lo señalado en el Anexo Nº 1 presentado por la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad, el
mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto de esta corporación municipal
a efectuar la incorporación del monto señalado en el artículo
precedente al Presupuesto Institucional 2014, conforme a
lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 28411 – General del
Sistema Nacional de Presupuesto, así como la Directiva
de Ejecución Presupuestaria vigente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación de este Acuerdo conforme a la normatividad
legal vigente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
1109399-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Establecen bono de incentivo “Ecobono
Barranca”, a favor de contribuyentes de
la categoría casa-habitación y vivienda-
comercio (sólo bodegas), que participen
en el Programa de Segregación en la
Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios “Eco
Barranca”
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 0012-2014-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA.
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 11 de
Junio del 2014, en la estación Orden del Día, el Proyecto
de Ordenanza que establece el Bono de Incentivo,
“Ecobono Barranca”, a favor de los Contribuyentes de la
categoría Casa – Habitación y Vivienda-Comercio (Sólo
Bodegas), que participan actualmente y de los que se
integren para participar en el Programa de Segregación en
la Fuente y Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos
Domiciliarios “Eco Barranca”, y;
CONSIDERANDO:
Que, según lo señalado en el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades: “Los Gobiernos Locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
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