ACUERDO N° 017-2014-MDSMP - Aceptan donaciones efectuadas por agentes participantes del Presupuesto Participativo 2014, destinadas al cofinanciamiento de proyectos de inversión

Fecha de disposición12 Julio 2014
Fecha de publicación12 Julio 2014
El Peruano
Sábado 12 de julio de 2014 527677
que corresponde al Código 15.02, sobre Respeto a las
Normas de Convivencia Urbana.
Código INFRACCIÓN Monto de
la UIT Sanción
Complementaria
15.02 Por efectuar reparaciones
mecánicas o lavado de
automóviles o pintado de
automóviles en la vía o área
pública.
a) Propietario
b) Tercero 30 %
20%
“Retención de
los equipos,
herramientas,
mobiliarios
y/o similares y/o
Reposición al estado
anterior de la vía o
área pública”
Artículo Segundo.- MODIFICAR la Tabla de
Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobada por
Ordenanza N° 310-MSI, en el extremo de las sanciones
que corresponde a las Normas de Comercio en Vía
Pública.
Código INFRACCIÓN Monto de
la UIT Sanción
Complementaria
18.22 Por efectuar o permitir el
lavado de automóviles en la
vía o área pública.
a) Propietario
b) Tercero
30%
20%
“Retención de los
equipos, herramientas,
mobiliarios y/o similares
y/o Reposición al
estado anterior de la vía
o área pública”
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Fiscalización el cumplimiento de la presenta Ordenanza.
Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las disposiciones
cuya aplicación sea incompatible o que se opongan con la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en San Isidro, el 2 del mes de julio del 2014.
MAGDALENA DE MONZARZ STIER
Alcaldesa
1108865-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Aceptan donaciones efectuadas por
agentes participantes del Presupuesto
Participativo 2014, destinadas al
cofinanciamiento de proyectos de
inversión
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 017-2014-MDSMP
San Martín de Porres, 30 de junio del 2014
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN
DE PORRES
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha
30.JUNIO.2014, con el quórum reglamentario de los señores
regidores, se trató sobre la aceptación de donaciones
de depósitos económicos para cof‌i nanciamiento y su
incorporación al presupuesto institucional; y,
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre el
proyecto de acuerdo que acepta los depósitos económicos
para cof‌i nanciamiento de proyectos de inversión, por
la suma de S/. 205,989.70, efectuados por los agentes
participantes del Presupuesto Participativo 2014, de
acuerdo a lo señalado en el Anexo Nº 1 presentado por
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad
con el Informe No. 057-2014-GPP/MDSMP – y que formará
parte integrante de la presente norma municipal; lo que
cuenta asimismo con la opinión favorable de la Gerencia
de Asesoría Jurídica (Informe Nº 947-2014-GAJ/MDSMP)
y Gerencia Municipal (Proveído Nº 867-14-GM);
De conformidad con los artículos 9, inciso 20) y 41 de
la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como
artículo 69 del TUO de la Ley Nº 28411 – General del
Sistema Nacional de Presupuesto; con el Voto Mayoritario
de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y
aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín
de Porres aprueba el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- ACEPTAR las donaciones
efectuadas por los agentes participantes del Presupuesto
Participativo 2014, por la suma de S/. 205,989.70,
destinadas al cof‌i nanciamiento de proyectos de inversión;
conforme a lo señalado en el Anexo Nº 1 presentado por la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad, el
mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto de esta corporación municipal
a efectuar la incorporación del monto señalado en el artículo
precedente al Presupuesto Institucional 2014, conforme a
lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 28411 – General del
Sistema Nacional de Presupuesto, así como la Directiva
de Ejecución Presupuestaria vigente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación de este Acuerdo conforme a la normatividad
legal vigente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
1109399-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Establecen bono de incentivo “Ecobono
Barranca”, a favor de contribuyentes de
la categoría casa-habitación y vivienda-
comercio (sólo bodegas), que participen
en el Programa de Segregación en la
Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios “Eco
Barranca”
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 0012-2014-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA.
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 11 de
Junio del 2014, en la estación Orden del Día, el Proyecto
de Ordenanza que establece el Bono de Incentivo,
“Ecobono Barranca”, a favor de los Contribuyentes de la
categoría Casa – Habitación y Vivienda-Comercio (Sólo
Bodegas), que participan actualmente y de los que se
integren para participar en el Programa de Segregación en
la Fuente y Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos
Domiciliarios “Eco Barranca”, y;
CONSIDERANDO:
Que, según lo señalado en el Artículo II del Título
Municipalidades: “Los Gobiernos Locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los

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