DECRETO DE ALCALDIA N° 07-2014-ALC-MDL - Amplían vigencia de la Ordenanza N° 291-MDL, que establece el Régimen de Gradualidad de Sanciones por Infracciones Tributarias
Fecha de disposición | 25 Julio 2014 |
Fecha de publicación | 25 Julio 2014 |
El Peruano
Viernes 25 de julio de 2014
528610
DESCRIPCION AREA
PARCIAL
(m2)
AREA
TOTAL
(m2) %
AREA UTIL DE LOCAL
COMUNAL 455.75 ---- ----
AREA UTIL DE COMERCIO
LOCAL 5,393.40 ---- ----
AREA UTIL DE COMERCIO
LOCAL - LOTE 19 Mz. B
INSCRITO CON PARTIDA N°
12542833
135.32 ---- ----
AREA DE APORTE A OTROS
FINES ---- 1,307.65 1.32
AREA DE PARQUES ---- 4,406.05 4.46
AREA DE VIAS (PISTAS Y
VEREDAS) ---- 36,095.48 36.52
Artículo Tercero.- DISPONER la Inscripción Registral
del cambio de rústico a urbano de la Urbanización
“Los Girasoles de La Molina”, ubicada al fi nal de la
Urbanización La Capilla de la zona denominada Pampa
El Arenal del distrito de La Molina .,y del predio ubicado
en el lote 19 de la Mz. B de la Urbanización Los Girasoles
de La Molina, distrito de La Molina al haberse declarado
la Habilitación Urbana de Ofi cio, de acuerdo a los planos
PU-01-2014-MDLM-GDUE, PP-01-2014-MDLM-GDUE,
PTL 01-2014-MDLM-GDUE y PC 01-2014-MDLM-GDUE
que forman parte de la presente Resolución, acto que se
formalizara mediante la gestión individual del propietario o
por la organización con personería jurídica que agrupe a la
totalidad de propietarios de conformidad a lo prescrito por
el art. 24ºA de la Ley 29898 , ante el Registro de Predios
de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima , precisando que
los referidos planos serán publicados en la página web
institucional de la Municipalidad de La Molina: www.
munimolina.gob.pe.
Las áreas de vías de acuerdo al artículo 56 de la Ley
N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes
de uso y de dominio público.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Económico remitir a la Municipalidad
Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y
de los planos que la sustentan.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General
la publicación de la presente Resolución, en el Diario
Ofi cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICARDO POSSO IBÁRCENA
Gerente de Desarrollo Urbano y Económico
1115427-1
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Amplían vigencia de la Ordenanza Nº
291-MDL, que establece el Régimen
de Gradualidad de Sanciones por
Infracciones Tributarias
DECRETO DE ALCADIA
Nº 07-2014-ALC-MDL
Lince, 18 de Julio del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE:
VISTOS: El Memorando N° 236-2014-MDL-GM,
remitido por Gerencia Municipal, el Memorando N° 362-
2014-MDL/OAT, emitido por la Ofi cina de Administración
Tributaria; y el Informe N° 410-2014-MDL/OAJ, emitido
por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 17 de Julio del 2011, se publicó en
el diario ofi cial “El Peruano”, la Ordenanza N° 291-MDL
“Ordenanza que establece el Régimen de Gradualidad de
Sanciones por Infracciones Tributarias”, aplicable por la
Municipalidad Distrital de Lince a las infracciones formales
y sustanciales establecidas en los Artículos 173°, 176°
y 178° del Texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF;
Que, la Sexta Disposición Complementaria Final de
la Ordenanza N° 291-MDL faculta al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de la indicada Ordenanza;
Que, la Norma VII del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-
EF prescribe sobre las reglas generales para la dación
de exoneraciones, incentivos o benefi cios tributarios,
que los mismos se sujetarán a las siguientes reglas “toda
exoneración incentivo o benefi cio tributario, concedido sin
señalar plazo de vigencia, se entenderá otorgado por un
plazo máximo de tres (03) años”.
Que, la Ofi cina de Administración Tributaria
considerando la buena disposición mostrada por
los contribuyentes para acogerse a los benefi cios
contemplados en la Ordenanza N° 291-MDL y siendo
política de la actual Administración Municipal, otorgarles
las mayores facilidades para regularizar su situación
tributaria (omisos, subvaluadores, otros) en virtud a los
Artículos Nros. 173°, 176 y 178° del TUO del Código
Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-
EF, estima pertinente la ampliación del plazo vigente de
dicha Ordenanza por el periodo de cuatro (04) meses;
Estando a lo antes expuesto y conforme a las
atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20°
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR por el periodo de
cuatro (04) meses, el plazo de vigencia de la Ordenanza
N° 291-MDL“Ordenanza que establece el Régimen de
Gradualidad de Sanciones por Infracciones Tributarias”,
por las razones expuestas en la parte considerativa del
presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGUESE el cumplimiento
del presente Decreto de Alcaldía a la Ofi cina de
Administración Tributaria, la Unidad de Fiscalización
Tributaria, la Unidad de Registro y Orientación Tributaria,
la Unidad de Recaudación y Control, y la Unidad
de Ejecución Coactiva; la Ofi cina de Tecnología de
Información y Procesos; a fi n que se adopten las acciones
administrativas en el ámbito de su competencia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTÍN PRÍNCIPE LAINES
Alcalde
1114991-1
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Aprueban prórroga de beneficios
e incentivos tributarios a favor de
contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2014-DA-MDMM
Magdalena del Mar, 14 de julio del 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL
MAR
VISTOS:
El Informe Nº 0146-2014-MDMM-GATR-SGRC de la
Subgerencia de Recaudación y Control, el Informe Nº
088-2014-GATR-MDMM de la Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas y el Informe Nº 482-2014-GAJ-MDMM
de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
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