RESOLUCION N° 271-2014-JNE - Aprueban Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales

Fecha de disposición06 Abril 2014
Fecha de publicación06 Abril 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Domingo 6 de abril de 2014 520435
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado
de diploma del Grado Académico de
Bachiller en Ciencias de la Universidad
Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 302
Lima, 5 de marzo de 2014
Visto el expediente STDUNI: 2014-09344 presentado
por la señora ELENA CRISTINA VALCÁRCEL CARO, quien
solicita duplicado de su diploma del Grado Académico de
Bachiller en Ciencias con mención en Economía;
CONSIDERANDO:
Que, la señora Elena Cristina Valcárcel Caro,
identif‌i cada con DNI Nº 07786053, egresada del
ex Programa Académico de Ingeniería Económica,
actualmente Facultad de Ingeniería Económica, Estadística
y Ciencias Sociales de esta Casa de Estudios, mediante
el expediente del visto solicita la expedición del duplicado
de su diploma de Grado Académico de Bachiller en
Ciencias con mención en Economía; por pérdida de dicho
documento, adjuntando la documentación sustentatoria
respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de
Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos
Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122,
del 18 de enero del 2008;
Que, la Of‌i cina de Trámite Documentario, Grados y
Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante
informe de fecha 23.01.2014 precisa que el diploma de
la señora Elena Cristina Valcárcel Caro, se encuentra
registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 02,
página 265, con el número 7359; teniéndose en cuenta
la documentación que acompaña según el Of‌i cio Nº 122-
2014/1er. VR, de fecha 24.02.2014, del Primer Vicerrector,
Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la
Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº
07-2014 realizada el 24.02.2014; y
Que, el Consejo Universitario en su sesión ordinaria Nº
07 del 26 de febrero del 2014 acordó aceptar lo solicitado
y se expida el duplicado del Grado Académico de Bachiller
en Ciencias con mención en Economía a la señora Elena
Cristina Valcárcel Caro;
De conformidad con las facultades conferidas en el
inciso c), artículo número 50º del Estatuto de la Universidad
Nacional de Ingeniería;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado
del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con
mención en Economía, a la señora ELENA CRISTINA
VALCÁRCEL CARO, otorgado el 22 de enero de 1982,
anulándose el diploma otorgado anteriormente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JOSE S. MARTINEZ TALLEDO
Rector (e)
1070068-1
Aprueban la expedición de duplicado
de diploma de Título Profesional de
Ingeniero Industrial de la Universidad
Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 361
Lima, 17 de marzo de 2014
Visto el Expediente STDUNI: 2014-16869 presentado
por el señor FRANKLIN RICO FLORES ROMÁN, quien
solicita duplicado de su diploma de Título Profesional de
Ingeniero Industrial;
CONSIDERANDO:
Que, el señor Franklin Rico Flores Román, identif‌i cado
con DNI Nº 41161846, egresado de esta Casa de Estudios,
mediante el expediente del visto solicita la expedición del
duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero
Industrial, por pérdida de dicho documento, adjuntando
la documentación sustentatoria respectiva, según lo
dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de
Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por
Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008;
Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría
General, mediante Informe de fecha 25.02.2014 precisa
que el diploma del señor Franklin Rico Flores Román, se
encuentra registrado en el Libro de Títulos Profesionales
Nº 16, página 367, con el número 21756-G;
Que, la Comisión Académica y de Investigación del
Consejo Universitario, en su Sesión Nº 08-2014, realizada
el 03 de marzo del 2014, previa revisión y verif‌i cación
del expediente acordó proponer al Consejo Universitario
la aprobación del duplicado de diploma del Título
Profesional de Ingeniero Industrial a don Franklin Rico
Flores Román.
Que, el Consejo Universitario en su Sesión Nº 08 –
Extraordinaria, del 12 de marzo del 2014, acordó aceptar lo
solicitado y se expida el duplicado del Título Profesional de
Ingeniero Industrial a don Franklin Rico Flores Román, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en
el art. 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de
Ingeniería;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado
del diploma de Título Profesional de Ingeniero Industrial
al señor FRANKLIN RICO FLORES ROMÁN, otorgado el
31 de enero del 2007, anulándose el diploma otorgado
anteriormente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
AURELIO PADILLA RIOS
Rector
1070896-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Aprueban Reglamento de Inscripción
de Listas de Candidatos para Elecciones
Municipales
RESOLUCIÓN Nº 271-2014-JNE
Lima, uno de abril de dos mil catorce
VISTA, la Resolución N.º 247-2010-JNE, de fecha 15
de abril de 2010.
CONSIDERANDO
1. Mediante la Ley N.º 26864, Ley de Elecciones
Municipales, se regula la elección de los alcaldes y
regidores de los concejos provinciales y distritales de toda
la República.
2. A efectos de ejercer el derecho a ser elegido como
autoridad municipal, todo ciudadano requiere previamente
integrar cualquiera de las listas de candidatos que
presenten las organizaciones políticas, de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N.º 26864, Ley de
Elecciones Municipales.
3. Conforme a lo establecido en los literales a y s
del artículo 36 de la Ley N.º 26486, Ley Orgánica del
Jurado Nacional de Elecciones, y en concordancia con
la precitada norma electoral, corresponde al Jurado
El Peruano
Domingo 6 de abril de 2014
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Electoral Especial inscribir a los candidatos presentados
por las organizaciones políticas, constituyéndose para
este efecto en la primera instancia para resolver las
tachas e impugnaciones que se interpongan contra dichas
candidaturas, así como para la concesión de los recursos
de apelación en contra de las mismas.
Por su parte, es atribución del Pleno del Jurado Nacional
de Elecciones, en virtud de lo dispuesto en el literal t, del
artículo 5 de su Ley Orgánica, resolver en última instancia las
apelaciones que se interpongan en contra de las decisiones
de los Jurados Electorales Especiales.
4. Conforme a lo dispuesto por el artículo 178, numeral
3, de la Constitución Política del Perú, y el artículo 5, literal
corresponde a este Supremo Tribunal Electoral velar
por el cumplimiento de las leyes electorales, expidiendo
las normas reglamentarias que deben cumplir tanto
las organizaciones políticas en la presentación de sus
solicitudes de inscripción de listas de candidatos, como
los Jurados Electorales Especiales, desde la calif‌i cación
hasta la inscripción de dichas candidaturas, así como la
ciudadanía en general, respecto de los mecanismos que
la ley otorga para oponerse a las mismas.
5. Mediante Resolución N.º 247-2010-JNE, del 15 de
abril de 2010, se aprobó el reglamento de inscripción de
candidatos para elecciones municipales y regionales del año
2010. Sin embargo, resulta necesario reglamentar, de manera
independiente y específ‌i ca, el procedimiento de inscripción de
listas de candidatos a elecciones municipales, a efectos de
brindar las herramientas que faciliten una mayor comprensión
a los actores electorales, más si se tiene presente que dicho
procedimiento es distinto al correspondiente a la inscripción
de fórmulas y listas de candidatos a elecciones regionales.
De igual forma, se hace imprescindible contar con una norma
que tenga vocación de permanencia, contribuyendo, de esta
manera, a la seguridad jurídica.
Por otro lado, en el procedimiento de inscripción de listas
de candidatos para elecciones municipales resulta pertinente
considerar la participación de extranjeros residentes en el
Perú, prevista anteriormente en la Resolución N.º 1155-
2006-JNE, de fecha 8 de junio de 2006.
6. Se debe tener en cuenta que el “Proyecto de
Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para
Elecciones Municipales” ha sido publicado en el portal
electrónico institucional, conforme al Acuerdo de fecha
25 de febrero de 2014, emitido por el Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones, y notif‌i cado a la Of‌i cina Nacional
de Procesos Electorales (ONPE), mediante Of‌i cio N.º
1302-2014-SG/JNE, al Registro Nacional de Identif‌i cación
y Estado Civil (Reniec), mediante Of‌i cio N.º 1303-2014-SG/
JNE, a la Defensoría del Pueblo, mediante Of‌i cio N.º 1000-
2014-SG/JNE, a la Defensoría Adjunta del Medio Ambiente,
Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, mediante Of‌i cio N.º
1001-2014-SG/JNE, al Viceministerio de Interculturalidad
del Ministerio de Cultura, mediante Of‌i cio N.º 1007-2014-
SG/JNE, a las organizaciones políticas, mediante Of‌i cios
N.º 0977-2014-SG/JNE, N.º 0978-2014-SG/JNE, N.º 0979-
2014-SG/JNE, N.º 0980-2014-SG/JNE, N.º 0981-2014-SG/
JNE, N.º 0982-2014-SG/JNE, N.º 0983-2014-SG/JNE, N.º
0984-2014-SG/JNE, N.º 0985-2014-SG/JNE, N.º 0986-
2014-SG/JNE, N.º 0987-2014-SG/JNE, N.º 0988-2014-
SG/JNE, N.º 0989-2014-SG/JNE, N.º 0990-2014-SG/JNE,
N.º 0991-2014-SG/JNE, N.º 0992-2014-SG/JNE, N.º 0993-
2014-SG/JNE, N.º 0994-2014-SG/JNE, N.º 0995-2014-SG/
JNE, N.º 0996-2014-SG/JNE, N.º 0997-2014-SG/JNE, N.º
0998-2014-SG/JNE, N.º 0999-2014-SG/JNE, a asociaciones
civiles, mediante Of‌i cios N.º 0976-2014-SG/JNE, N.º 1008-
2014-SG/JNE, N.º 1009-2014-SG/JNE, N.º 1011-2014-SG/
JNE y N.º 1027-2014-SG/JNE.
7. Por otra parte, es preciso resaltar que la Secretaría
General del Jurado Nacional de Elecciones ha recibido
sugerencias y recomendaciones de diversas áreas
respecto al “Proyecto de Reglamento de Inscripción de
Listas de Candidatos para Elecciones Municipales”, como
los Memorandos N.º 383-2014-DNFPE/JNE y N.º 058-
2014-DNFPE/JNE, por los que se remitieron formatos de
declaración jurada de vida para las elecciones regionales
y municipales, el Memorando N.º 028-2014-DRET-DCGI/
JNE, respecto a la actualización del formato de plan de
gobierno, y el Informe N.º 48-2014-DGNAJ/JNE, por el que
se efectuó una opinión técnica legal respecto al Proyecto
de Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos
para Elecciones Municipales.
8. Finalmente, luego de consolidarse y analizarse las
sugerencias, comentarios y aportes de los organismos
públicos, organizaciones políticas, instituciones privadas y
ciudadanos en general, se emite el presente reglamento para
su aplicación en los procesos de elecciones municipales.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones
Municipales, que consta de 49 artículos y dos Disposiciones
Finales, y cuyo texto es el siguiente:
REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN
DE LISTAS DE CANDIDATOS
PARA ELECCIONES MUNICIPALES
ÍNDICE
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I: Marco legal
Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Base legal.
Artículo 3.- Alcance.
CAPÍTULO II: Abreviaturas y def‌i niciones
Artículo 4.- Abreviaturas.
Artículo 5.- Def‌i niciones.
TÍTULO II
CUOTAS, DECLARACIÓN JURADA DE VIDA Y
PLAN DE GOBIERNO
CAPÍTULO I: Cuotas de género, de jóvenes y
de comunidades nativas, campesinas y pueblos
originarios
Artículo 6.- Cuota de género.
Artículo 7.- Cuota de jóvenes.
Artículo 8.- Cuota de comunidades nativas,
comunidades campesinas y pueblos originarios.
Artículo 9.- Concurrencia de cuotas.
CAPÍTULO II: Declaración Jurada de Vida y Plan
de Gobierno
Artículo 10.- Datos de la Declaración Jurada de Vida.
Artículo 11.- Código y clave de acceso para el ingreso
de información.
Artículo 12.- Presentación de la Declaración Jurada de
Vida.
Artículo 13.- Publicación y publicidad de la Declaración
Jurada de Vida.
Artículo 14.- Fiscalización de la información de la
Declaración Jurada de Vida.
Artículo 15.- Ingreso del Plan de Gobierno y Formato
Resumen en el PECAOE
Artículo 16.- Presentación del Plan de Gobierno y
Formato Resumen.
Artículo 17.- Publicación del Plan de Gobierno y
Formato Resumen.
TÍTULO III
PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE LISTA DE
CANDIDATOS
CAPITULO I: Disposiciones procedimentales
Artículo 18.- Competencia para tramitar las solicitudes
de inscripción de las listas de candidatos.
Artículo 19.- Ámbito de participación de las
organizaciones políticas.
Artículo 20.- Pago de tasas.
Artículo 21.- Horario de atención al público en el día
cierre de presentación de solicitudes de inscripciones de
listas de candidatos.
CAPÍTULO II: Presentación de solicitudes para la
inscripción de candidatos
Artículo 22.- Requisitos para ser candidato a cargos
municipales.

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