DECRETO SUPREMO N° 187-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y saneamiento rural

Fecha de disposición29 Junio 2014
Fecha de publicación29 Junio 2014
El Peruano
Domingo 29 de junio de 2014
526508
Autorizan Transferencia de Partidas
y Transferencia Financiera en el
Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, para financiar la
ejecución de proyectos de inversión
pública de saneamiento urbano y
saneamiento rural
DECRETO SUPREMO
N° 187-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
establece que dicho Ministerio tiene por f‌i nalidad normar
y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e
integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
como sistema sostenible en el territorio nacional;
señalando que tiene competencia en materia de vivienda,
construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo
urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo
competencias compartidas con los gobiernos regionales y
locales en dichas materias;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº
30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, establece que los recursos públicos
que se asignan en los presupuestos institucionales de
las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución
de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales
o los Gobiernos Locales, se transf‌i eren bajo la modalidad
de modif‌i cación presupuestaria en el nivel institucional,
aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de
Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio;
asimismo, señala que excepcionalmente, en el caso
que el proyecto de inversión pública sea ejecutado
por empresas públicas, los recursos son transferidos
f‌i nancieramente mediante Decreto Supremo, en cualquier
fuente de f‌i nanciamiento, previa suscripción de convenio,
los cuales se administran en las cuentas del Tesoro
Público, conforme a lo que disponga la Dirección General
de Endeudamiento y Tesoro Público;
Que, el numeral 11.2 del citado artículo 11, señala que
previamente a la transferencia de recursos, los proyectos
de inversión pública deben contar con viabilidad en el
marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP);
y que dicha transferencia sólo se autoriza hasta el
segundo trimestre del año f‌i scal 2014; asimismo, indica
que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional
es responsable de la verif‌i cación y seguimiento, lo que
incluye el monitoreo f‌i nanciero de los recursos, así
como del cumplimiento de las acciones contenidas en el
convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de
inversión pública;
Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 304-2012-EF y modif‌i catoria, establece,
entre otros, que las entidades que tengan a cargo
programas presupuestales pueden realizar modif‌i caciones
presupuestarias a nivel institucional con cargo a los
recursos asignados a dichos programas, siempre que el
pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos
del mismo programa, señalando que dichas transferencias
se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable
de la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, a través de los Memorandos N°s 373, 402, 466,
472, 480, 486, 487, 499 y 504-2014/VIVIENDA/VMCS/
PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional
de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, solicita gestionar dispositivos
legales que autoricen transferencias de partidas a favor
del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa y
de diversos Gobiernos Locales, para f‌i nanciar la ejecución
de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano
y rural; así como, una transferencia f‌i nanciera a favor
de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento
Grau S.A. – EPS GRAU S.A., para f‌i nanciar la ejecución
de un proyecto de inversión pública de saneamiento
urbano, los cuales se encuentran viables en el marco del
Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y se cuenta
con los convenios suscritos; asimismo, precisa que el
f‌i nanciamiento será atendido con cargo al presupuesto
de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de
Saneamiento Urbano y de la Unidad Ejecutora 005:
Programa Nacional de Saneamiento Rural, en la fuente
de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios;
Que, la Of‌i cina General de Planif‌i cación y Presupuesto
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
mediante los Memorandos Nºs 1214, 1294, 1440, 1452
,1463, 1532, 1501 y 1541--2014/VIVIENDA-OGPP, emite
opinión favorable en materia presupuestal sobre las
transferencias referidas en el considerando precedente,
e informa que cuentan con la disponibilidad presupuestal
en la fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios del
Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 del Pliego
037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
a través de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional
de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y de la
Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento
Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional
de Saneamiento Rural, para f‌i nanciar la ejecución de
proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y
rural; en mérito de lo cual, a través de los Of‌i cios N°s, 676,
696, 746, 747, 749, 758, 771 y 772-2014/VIVIENDA-SG,
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
solicita dar trámite a las citadas transferencias;
Que, resulta necesario autorizar Transferencias de
Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento
de Arequipa y de diversos Gobiernos Locales hasta por la
suma de SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO ONCE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 77 248 111,00), con cargo a la
fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, para
f‌i
nanciar la ejecución de veintinueve (29) proyectos de
inversión pública de saneamiento urbano y rural; y una
Transferencia Financiera por la suma de DOS MILLONES
CIENTO SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA
Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 172 336,00),
a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de
Saneamiento Grau S.A. – EPS GRAU S.A., en la fuente
de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, para f‌i nanciar
la ejecución de un proyecto de inversión pública de
saneamiento urbano, conforme a lo señalado en los
considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de
la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014 y el artículo 80 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 304-2012-EF y modif‌i catoria;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
hasta por la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES
DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO ONCE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 77 248 111,00), del Pliego
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
a favor del Gobierno Regional del Departamento de
Arequipa y de diversos Gobiernos Locales, para f‌i nanciar
la ejecución de veintinueve (29) proyectos de inversión
pública de saneamiento urbano y rural, de acuerdo al
siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento
Urbano

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