DECRETO SUPREMO N° 199-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para el financiamiento de proyectos de inversión pública de saneamiento rural

Fecha de disposición12 Julio 2014
Fecha de publicación12 Julio 2014
El Peruano
Sábado 12 de julio de 2014
527586
Que, el numeral 2) del artículo 5 del Decreto Legislativo
Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa,
señala que el Ministerio de Defensa tiene como parte de
sus funciones rectoras garantizar, a través del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Instituciones
Armadas, la soberanía e integridad territorial en los
espacios aéreo, terrestre, marítimo, lacustre y f‌l uvial;
Que, el artículo 16 del citado Decreto Legislativo
establece que la Marina de Guerra del Perú es una
institución de las Fuerzas Armadas, dependiente del
Ministerio de Defensa, responsable de ejercer la vigilancia
y protección de los intereses nacionales en el ámbito
marítimo, f‌l uvial y lacustre, y apoyar la política exterior del
Estado a través del Poder Naval, con el f‌i n de contribuir
a garantizar la independencia, soberanía e integridad
territorial de la República;
Que, mediante el Of‌i cio Nº 730-2014-MINDEF/DM,
el Ministerio de Defensa ha solicitado una demanda
adicional de recursos por la suma de CINCO MILLONES
SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 700
000,00) a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa, Unidad
Ejecutora 004 Marina de Guerra del Perú, para f‌i nanciar la
contratación de una consultoría altamente especializada
para la elaboración del Plan Maestro de la Base Naval del
Callao, el que debe incluir la ingeniería básica, la ef‌i ciencia
del uso de los terrenos y los posibles ingresos económicos
que se puedan obtener producto de la concesión de los
terrenos que quedarían libres luego del ordenamiento;
Que, asimismo, los artículos 44 y 45 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de
Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva
de Contingencia que constituye un crédito presupuestario
global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía
y Finanzas, destinada a f‌i nanciar los gastos que por
su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en
los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las
transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo
a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante
decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía
y Finanzas;
Que, los recursos solicitados para las acciones
antes descritas no han sido previstos en el presupuesto
institucional del pliego 026 Ministerio de Defensa, en
consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia
de Partidas hasta por la suma de CINCO MILLONES
SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 700
000,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva
de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
hasta por la suma de CINCO MILLONES SETECIENTOS
MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 700 000,00), a favor
del pliego 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora
004 Marina de Guerra del Perú, recursos destinados a
f‌i nanciar la contratación de una consultoría altamente
especializada para la elaboración del Plan Maestro de la
Base Naval del Callao, conforme a los términos señalados
en la parte considerativa del presente Decreto Supremo;
de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 5 700 000,00
------------------
TOTAL EGRESOS 5 700 000,00
==========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa
UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5 000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
En Nuevos Soles
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 5 700 000,00
------------------
Subtotal UE 004 5 700 000,00
------------------
TOTAL PLIEGO 026 5 700 000,00
==========
TOTAL EGRESOS 5 700 000,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación
institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de
los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente
dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida
dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos
señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado solicitará a la Dirección General de
Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once
días del mes de julio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1109883-1
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, para el financiamiento
de proyectos de inversión pública de
saneamiento rural
DECRETO SUPREMO
Nº 199-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,

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