RESOLUCION N° 328-2013-CONAFU - Admiten a trámite solicitud de autorización provisional de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas

Fecha de disposición13 Junio 2013
Fecha de publicación13 Junio 2013
El Peruano
Jueves 13 de junio de 2013
497028
de Superintendencia Nº 068-2013/SUNAT para que los
Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional
Cajamarca, con excepción de los comprendidos en el
Anexo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 158-
2013/SUNAT, cumplan con sus obligaciones tributarias
formales y sustanciales, inicien sus procedimientos
contenciosos y no contenciosos y realicen todo tipo de
trámites referidos a tributos internos administrados y/o
recaudados por la SUNAT, por el ubicado en Av. Vía de
Evitamiento Norte Nº 978-996, esquina con Jirón Santa
Teresa de Journet, Urbanización La Alameda, distrito,
provincia y departamento de Cajamarca.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- VIGENCIA
La presente resolución entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
MODIFICATORIA
Única.- MODIFICACIÓN DEL ANEXO Nº 2
“PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA INTENDENCIA
REGIONAL CAJAMARCA CON LUGAR DE PAGO EN
LA PROVINCIA DE JAEN” DE LA RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA Nº 158-2013/SUNAT
Suprímase la columna “Dependencia” del Anexo
N° 2 “Principales Contribuyentes de la Intendencia
Regional Cajamarca con lugar de pago en la provincia
de Jaén” de la Resolución de Superintendencia Nº 158-
2013/SUNAT.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
949622-1
Designan Asesor III de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 194-2013/SUNAT
Lima, 12 de junio de 2013
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° de la Ley Nº 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos, establece que
la designación de funcionarios en cargos de conf‌i anza
distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada
Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la
Entidad;
Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley dispone
que la resolución de designación de funcionarios en cargos
de conf‌i anza, surte efecto a partir del día de su publicación
en el Diario Of‌i cial El Peruano, salvo disposición en
contrario de la misma que postergue su vigencia;
Que al respecto, el cargo de Asesor III de la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria, se encuentra vacante a la fecha;
Que en tal sentido, se ha considerado conveniente
designar a la persona que ocupará el cargo de Asesor III, el
cual es considerado de conf‌i anza, de acuerdo a la Resolución
de Superintendencia Nº 204-2012/SUNAT y modif‌i catorias,
que aprueba el Clasif‌i cador de Cargos considerados como
Empleados de Conf‌i anza y Cargos Directivos de la SUNAT,
y que se encuentra previsto en el Cuadro para Asignación
de Personal - CAP de la SUNAT, aprobado por Resolución
Suprema Nº 139-2010-EF, modif‌i cado y actualizado por las
Resoluciones de Superintendencia N.os 046-2012/SUNAT,
154-2012/SUNAT, 257-2012/SUNAT, 307-2012/SUNAT y
132-2013/SUNAT;
En uso de las facultades conferidas por el artículo
3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación
del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación
de funcionarios públicos, y los incisos i) y u) del artículo
19° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-
PCM y modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señorita Rosa María
Vásquez Hidalgo, en el cargo de conf‌i anza de Asesor
III de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
949625-1
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Admiten a trámite solicitud de
autorización provisional de la
Universidad Nacional Autónoma de
Alto Amazonas
RESOLUCIÓN Nº 328-2013-CONAFU
Lima, 22 de Mayo de 2013
“UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA
DE ALTO AMAZONAS”
VISTOS: Of‌i cio N° 751-2013-MINEDU/SG recibido en
fecha 22 de abril de 2013, Informe N° 54-2013-CTA/OEP-
CONAFU de fecha 06 de mayo del 2013, Of‌i cio N° 0511-
2013-CONAFU-CDAA de fecha 16 de mayo de 2013, el
Acuerdo Nº 397-2013-CONAFU de la Sesión Ordinaria
del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 22 de mayo
de 2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo
Nacional para la Autorización de Funcionamiento de
Universidades CONAFU, como órgano autónomo de la
Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una
de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes
de autorización de funcionamiento de las nuevas
universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones
autorizando o denegando el funcionamiento provisional,
en concordancia con el inciso a) del artículo 3° y el inciso
c) del artículo 10° del Estatuto del CONAFU, aprobado
por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de
julio de 2006;
Que, en el artículo 2º del Reglamento para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades
bajo competencia del CONAFU (en adelante: el
Reglamento), aprobado por Resolución Nº 387-2009-
CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, se establece
que: “El procedimiento de Autorización Provisional de
funcionamiento de nuevas Universidades tiene como f‌i n
verif‌i car el cumplimiento de las condiciones establecidas
en el Artículo 7º de la Ley Nº 26439 para otorgar la
Autorización de Funcionamiento Provisional, y con ello
garantizar la calidad de los servicios educativos en las
Universidades bajo su competencia”;
Que, en el artículo 9º del Reglamento, se establece
que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida
los resultados del estudio en los aspectos técnicos,
económicos, f‌i nancieros, administrativos, con el f‌i n de
instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad,
con previsiones económicas para sus diez (10) primeros

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR