ORDENANZA N° 014-2014 - Aprueban beneficios para el pago de deudas tributarias, infracciones y multas administrativas

Fecha de publicación06 Julio 2014
Fecha de disposición06 Julio 2014
El Peruano
Domingo 6 de julio de 2014 527113
a. En edif‌i caciones ubicados en Zona Residencial
Residencial de Densidad Media (RDM): 1
estacionamiento por cada 3 viviendas.
b. Estacionamiento en edif‌i caciones ubicadas en zona
Comercial
USOS UN (01) ESTACIONAMIENTO
POR CADA
Local comercial, tienda o
Galería Comercial
100.00 m2 de área útil
Más el 50% del área de circulación
horizontal
Of‌i cinas Administrativas 75.00 m2 de área útil
Bancos, Financieras o similares 75.00 m2 de área útil (área de
atención más of‌i cinas)
Universidades, Institutos Superiores,
Academias y/o similares 15 alumnos / 15 personal
administrativo
Colegios 100.00 m2 de área útil
Cafeterías o similares 75.00 m2 de área útil
Centro Médico y Laboratorio Clínico 100.00 m2 de área útil
Consultorios Médicos y
Odontológicos 100.00 m2 de área útil
Hospedaje, hoteles y similares 10 huésped / 10 personal
Artículo Noveno.- Vigencia.
La presente Ordenanza entrará a regir al día siguiente
de su publicación, en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, y su
plazo de vigencia es de ciento veinte (120) días hábiles;
encontrándose facultado el Señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar el plazo
de vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo Décimo.- Normatividad Supletoria.
En todo aquello no contemplado y que no se
contraponga a la presente Ordenanza, será de aplicación
supletoria, lo dispuesto por la Ley Nº 29090 y modif‌i catorias
y su Reglamento, así como las normas urbanísticas
vigentes.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIA Y FINAL
Primera.- Facúltese al Señor Alcalde a dictar mediante
Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y
necesarias para su mejor aplicación.
Segunda.- Encárguese a la Secretaria General, la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial
El Peruano, y a la Gerencia Imagen Institucional su
publicación en el portal de la municipalidad: www.munisjl.
gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS JOSE BURGOS HORNA
Alcalde
1106250-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban beneficios para el pago de
deudas tributarias, infracciones y
multas administrativas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 014-2014
Callao, 6 de junio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con
el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las
facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades
27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado
por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le conf‌i eren y
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
y
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades gozan de autonomía política
y administrativa para los asuntos de su competencia,
conforme lo reconoce el artículo 194 de la Constitución
Que, la Norma IV del Título Preliminar el Código
Tributario, en concordancia con lo dispuesto en el artículo
74 de la Constitución Política del Perú, prescribe que los
gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear,
modif‌i car, suprimir y establecer benef‌i cios tributarios
respecto de los tributos de su competencia a través de
normas con rango de Ley;
Que, asimismo el artículo 41 del Código Tributario,
señala que excepcionalmente, los Gobiernos locales
podrán condonar, con carácter general, el interés
moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que
administren;
Que, es política de la actual gestión incentivar el
pago de las obligaciones generadas por los tributos
que la Municipalidad administra, brindando a los
contribuyentes las mayores facilidades para su
regularización;
Que, la presente ordenanza municipal cuenta
como antecedentes al Memorando Nº 988-2014-MPC-
GGATR, el Informe Técnico Nº 55-2014-MPC-GGATR
de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas
y el Memorando Nº 333-2014-MPC-GGAJC de la
Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación,
los cuales son favorables a conceder beneficios para el
pago de deudas tributarias y multas administrativas;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo
27972 el Concejo Municipal Provincial del Callao, con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha
dado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS PARA EL
PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS, INFRACCIONES
Y MULTAS ADMINISTRATIVAS
Artículo 1.- Objeto
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer un
régimen de benef‌i cios que incentiven el pago del Impuesto
Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala, arbitrios
municipales, multas tributarias, multas administrativas,
así como aquellas deudas que se encuentren acogidas a
fraccionamientos tributarios y/o sanciones administrativas
y que se encuentren vencidos durante la vigencia de la
presente Ordenanza
Artículo 2.- Ámbito de Aplicación
Podrán acogerse al régimen de benef‌i cios los
contribuyentes que mantengan deudas tributarias y
multas administrativas, sin distinción de uso del predio
y cualquiera sea el estado de cobranza en que se
encuentren, aun cuando se haya interpuesto recurso
impugnatorio, incluyendo las deudas tributarias generadas
por actos de f‌i scalización tributaria.
DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Artículo 3.- Benef‌i cios en General
Condónase el 100 % de los intereses moratorios
generados por concepto de Impuesto Predial, Impuesto
al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala y arbitrios
municipales, que se encuentren vencidos durante la
vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo 4.- Arbitrios Municipales
A los contribuyentes descritos en el artículo 2 de la
presente norma, que se encuentren al día en los pagos
de arbitrios municipales del 2013, de uno de los predios
y cancelen por este, la totalidad de sus deudas de años

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