MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATA Ordenanza Nº 294-MSS - . FE DE ERRATA Ordenanza Nº 294-MSS

EmisorSeparatas Especiales
Fecha de la disposición 1 de Enero de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 1 de enero de 2008
362886
el Art. 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF
obtendrán los descuentos señalados a continuación sobre
la tasa de arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
y Serenazgo por el pago oportuno de sus tributos.
a) Un premio por puntualidad ascendente al 20 por
ciento de descuento en los Arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo del 2008, siempre que se
efectúe la cancelación del impuesto predial y los arbitrios
por adelantado de todo ese ejercicio hasta el 29 de febrero
del año 2008 y siempre que no se cuente con deuda por
estos conceptos al 31 de diciembre de 2007.
b) Un premio por puntualidad ascendente al 5 por
ciento de descuento en el pago de Arbitrios de Limpieza
Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio
2008, siempre que se efectúen los pagos de esta tasa en
forma mensual y oportuna conforme al cronograma de
pago aprobado mediante Ordenanza Nº 274-MPL.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Encargar a la Subgerencia de Administración
Tributaria de la Gerencia de Servicios al Vecino y a la Unidad
de Gestión Financiera de la Ocina de Administración, el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a
la Unidad de Informática su debida implementación, a la
Unidad de Comunicaciones su difusión y a la Secretaría
General su publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial El Peruano.
Tercera.- Encargar a la Subgerencia de Administración
Tributaria de la Gerencia de Servicios al Vecino el
cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de
Comunicaciones la difusión de la misma.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
147380-4
Ordenanza que establece montos del
derecho de emisión mecanizada por
tributos municipales para el ejercicio
2008
ORDENANZA Nº 276-2007-MPL
Pueblo Libre, 20 de diciembre de 2007
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión
Ordinaria No. 28 de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno
Local con autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades
– Ley N.º 27972, señala que mediante ordenanzas se crean,
modican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias,
derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos
por Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de
carácter general por medio de las cuales se regulan las materias
en las que la Municipalidad tiene competencia normativa.
Que, asimismo el citado artículo menciona que las ordenan-
zas en materia tributaria expedidas por las municipalidades
distritales deben ser raticadas por las municipalidades
provinciales de su circunscripción para su vigencia.
Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado
por Decreto Supremo N.º 156-2004-EF, faculta a las
Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada
de actualización de valores, determinación de impuestos y
recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a
domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva
Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio.
Que, resulta necesario establecer los montos que
deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial
correspondiente al ejercicio 2008.
De conformidad con lo establecido por los artículos 9º
y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el
Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa
de lectura y aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese la estructura de costos por
concepto del derecho de emisión del Impuesto Predial del
año 2007 que como Anexo I, forma parte integrante de la
presente Ordenanza.
Artículo 2º.- Fíjese en S/. 4.15 (cuatro y 15/100
Nuevos Soles), el monto anual que deberán abonar los
contribuyentes por concepto de derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores y determinación
del tributo y Hojas de Liquidación del Impuesto Predial del
2008, incluida su distribución a domicilio.
Por cada predio adicional, se abonará S/. 1.35 (uno y
35/100 nuevos soles), por el derecho mencionado.
El monto del derecho se abonará conjuntamente con la
primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2008.
Artículo 3º.- Autorizar la emisión mecanizada conjunta
de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza
Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo 2008.
Artículo 4º.- Autorizar la distribución domiciliaria
de los Cronogramas de Pagos conteniendo los tributos
mencionados.
Artículo 5º.- Fíjese en S/. 3.55 (tres y 55/100 Nuevos
Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes
por concepto de emisión mecanizada de determinación del
tributo, incluyendo la distribución del cronograma de pagos
de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y
Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2008.
El monto del derecho se abonará conjuntamente con
la primera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio
2008.
Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del 01 de enero de 2008, siempre que previamente
haya sido publicada conjuntamente con el Acuerdo de
Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo 7º.- Encargar a la Subgerencia de
Administración Tributaria de la Gerencia de Servicios al
Vecino y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la
presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Unidad de
Comunicaciones su difusión, y a la Ocina de Administración
su publicación en el Diario Ocial El Peruano.
POR TANTO
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
147380-5
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 294-MSS
Mediante Ocio 934-2007-SG-MSS, la Municipalidad
de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas de
la Ordenanza Nº 294-MSS, publicada en Separata Especial
en nuestra edición del día 28 de diciembre de 2007.
En la página 361212;
DICE:
“ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE
BARRIDO DE CALLES PARA EL AÑO 2008”
DEBE DECIR:
“ANEXO 4 - COSTOS DE LOS SERVICIOS 2008
ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE
BARRIDO DE CALLES PARA EL AÑO 2008”
147377-1

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