ORDENANZA Nº 014-2010-MPH - Establecen Régimen de Incentivos Tributarios a favor de Contribuyentes

Fecha de publicación15 Diciembre 2010
Fecha de disposición15 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 15 de diciembre de 2010
430996
en el portal estatal (www.psce.gob.pe) y en el portal
institucional (www.municallao.gob.pe).
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
PIO SALAZAR VILLARAN
Alcalde del Callao
577455-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Establecen Régimen de Incentivos
Tributarios a favor de Contribuyentes
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 014-2010-MPH
Huaral, 30 de noviembre de 2010.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto
de Ordenanza que establece el Régimen de Incentivos
Tributarios; y,
CONSIDERANDO;
Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por
D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales,
mediante Ordenanza pueden crear, modif‌i car, suprimir sus
contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos,
dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la
Ley. Asimismo, el Artículo 41º del citado Código, prescribe
que: “Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán
condonar con carácter general, el interés moratorio y las
sanciones, respecto de los impuestos que administren.
En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación
también podrá alcanzar el tributo.
Que, en ese sentido, las Municipalidades pueden
establecer benef‌i cios y facilidades de pago a sus
administrados con la f‌i nalidad de regularizar el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias y de las sanciones
administrativas teniendo en cuenta la capacidad contributiva
y la mejora en la calidad de vida de los vecinos de Huaral.
Que, mediante Informe Técnico Nº 021-2010-GAT/
MPH de fecha 02 de Setiembre de 2010, la Gerencia
de Administración Tributaria indica que el Programa de
Modernización Municipal (PMM) y el Plan de Incentivos
para la mejora de la Gestión Municipal (PI) se crean con
la f‌i nalidad de impulsar reformas que permitan lograr el
crecimiento y el desarrollo sostenible de la economía local
y la mejora de su gestión, en el marco del proceso de
descentralización y mejora de la competitividad. El objetivo
principal es incentivar a los gobiernos locales para que se
modernicen y avancen hacia un enfoque por resultados;
por lo que se hace necesario establecer un Régimen de
Incentivos Tributarios y No Tributarios que contribuya a que el
Administrado en forma voluntaria, honre sus compromisos.
Que, con Informe Nº 069-2010-MPH/GTTSV, la
Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, informa
que existen papeletas de infracción que se encuentran en
calidad de incobrables durante muchos años y en algunos
casos se encuentran en la Sub Gerencia de Ejecutoría
coactiva, por lo que es conveniente que se genere una
política municipal de facilidades de pago; señalando que
se hace necesario establecer el Régimen de Incentivos
que permita al administrado honrar de forma voluntaria
las deudas adquiridas con la Municipalidad Provincial de
Huaral.
Que, a través del Informe Nº 575-2010-MPH-GDU, la
Gerencia de Desarrollo Urbano señala que a f‌i n de brindar
los mecanismos necesarios a efecto que los administrados
puedan cumplir con las deudas no tributarias que tienen
con la entidad edil, se debe canalizar los instrumentos
con la f‌i nalidad de aplicar lo dispuesto en la Ley Nº
29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de
Edif‌i caciones y Ley Nº 29476 que Modif‌i ca y Complementa
la Ley Nº 29090 y mejorar los ingresos municipales, por lo
que se debe desarrollar la normatividad relacionada con
la implementación del “Programa de Regularización de
Edif‌i caciones Ejecutadas sin Licencia de Obra y Benef‌i cio
de Condonación de Parte de la Multa por Regularización”
y “Ampliación de Plazo del Benef‌i cio de Pago con
Descuentos de Multas Administrativas establecidas en la
Ordenanza Municipal Nº 001-2010-MPH generadas por la
Gerencia de Desarrollo Urbano”; considerando conveniente
que se proponga al Concejo Municipal el otorgamiento de
benef‌i cios para aquellos que se cojan al cumplimiento de
las normas municipales.
Que, a través del Informe Nº 401-2010-MPH-GAT/
CECCH, la Of‌i cina de Asesoría Jurídica señala que de
acuerdo al numeral 8) del Artículo de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo
Municipal aprobar las Ordenanzas Municipales en
concordancia con el Artículo 40º primer párrafo del
mismo cuerpo legal; por lo que, resulta procedente
otorgar beneficios tributarios y administrativos a nivel
de gobierno local. Asimismo, con Informe Nº 236-2010-
MPH-GM, la Gerencia Municipal recomienda elevar los
actuados al Pleno de Sesión de Concejo a f‌i n que se
apruebe el Proyecto de Ordenanza para el régimen de
Incentivos
Que, a través de Dictamen Nº 006-2010-MPH-CAEP,
la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento
indica que el presente Proyecto de Ordenanza tiene por
f‌i nalidad facilitar al administrado honrar sus compromisos
de pago con el Municipio en forma voluntaria, reduciendo
de esta manera los niveles de morosidad y mejorar la
ef‌i ciencia en las recaudaciones que permita adecuarnos a
la Ley de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos
por Transferencias.
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
9º, Numeral 8) y Numeral 16) del Artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, y con el voto
unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN
DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que
establece el Régimen de Incentivos Tributarios a favor
de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial
de Huaral, cuyo objeto es: “Reducir los niveles de
morosidad, aplicables a los administrados deudores por
sus obligaciones tributarias y administrativas, contraídas
y/o por contraer con la Municipalidad Provincial de Huaral”,
cuyo texto forma parte integrante como anexo de la
presente norma.
Artículo Segundo.- El periodo de vigencia de la
presente Ordenanza será por 30 días útiles, contados a
partir del día siguiente de su publicación.
Artículo Tercero.- Suspéndase, por el plazo de vigencia
de la presente Ordenanza Municipal, toda disposición que
se oponga a lo dispuesto en la presente norma facultándose
al Alcalde para que, mediante Decreto prorrogue los plazos
y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias
para su aplicación.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Sub Gerencia de
Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación del
íntegro de la presente Ordenanza en la Página Web de
esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el
Portal del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JAIME C. URIBE OCHOA
Alcalde
577631-1

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