ORDENANZA Nº 222-2011/GRP-CR - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional
Fecha de disposición | 20 Octubre 2011 |
Fecha de publicación | 20 Octubre 2011 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 20 de octubre de 2011
451948
Artículo Quinto.- Para su fi nanciamiento, se consideran
recursos del Comité Ejecutivo Regional Exportador –
CERX, los que sean obtenidos por la Gerencia Regional
de Desarrollo Económico y de otras fuentes, de acuerdo a
lo establecido en el marco de la normatividad vigente.”
Artículo Segundo.- El Comité Ejecutivo Regional
Exportador – CERX de Piura elaborará su Reglamento
Interno en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días
hábiles.
Artículo Tercero.- La Gerencia Regional de
Desarrollo Económico deberá informar semestralmente al
Consejo Regional sobre el cumplimiento de las funciones
que desarrolle el Comité Ejecutivo Regional Exportador
– CERX de Piura.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ofi cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los cinco días del mes de octubre del año
dos mil once.
PORFIRIO NICOLÁS VALLADOLID FRÍAS
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional
Piura, a los diez días del mes de octubre del año dos mil
once.
JAVIER ATKINS LERGGIOS
Presidente
705389-1
Modifican el Reglamento de
Organización y Funciones - ROF del
Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL
Nº 222-2011/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada
por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la
sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº
demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del
Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su
inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y su
presupuesto;
Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales
de Presupuesto;
Que, el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902,
establece en el numeral 1, literal c), que son competencias
exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar
su organización interna y su presupuesto institucional
conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado
y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo, en el
inciso a) del Artículo 15º establece como atribuciones
del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las
normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de su competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006-
PCM, de fecha 26 de julio del 2006, se aprobaron los
Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las
Entidades de la Administración Pública, en su artículo 2º
señala que la fi nalidad, es generar la aprobación de un
ROF que contenga una adecuada estructura orgánica
de la entidad y defi nición de sus funciones y las de los
órganos que la integran;
Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 111-2006/
GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 10
de septiembre del 2006, se aprobó, el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional
Piura; el mismo que fue modifi cado con Ordenanza Regional
Nº 194-2010/GRP-CR, Ordenanza Regional Nº 214-2011/
GRP-CR, y Ordenanza Regional Nº 217-2011/GRP-CR;
Que, con Ordenanza Regional 202-2011/GRP-CR del
10 de marzo de 2011 se creó el Sistema Regional de Lucha
contra la Corrupción, como un órgano de coordinación
interinstitucional, cuya fi nalidad es articular las acciones
de las instituciones del Estado en la Región Piura, para
la priorización de la ética en el desempeño de la función
pública y la prevención y lucha contra la corrupción, el
cual se organiza a través de una Comisión Regional,
una Secretaría Técnica y una Ofi cina Regional de Lucha
contra la Corrupción, disponiéndose en su artículo sexto
la adecuación de los documentos de gestión que permitan
su implementación y funcionamiento;
Que, mediante Memorándum Nº 0523-2011/GRP-
200010 de fecha 20 de septiembre del 2011, Secretaría
Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la
Corrupción, eleva a la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la propuesta
de modifi cación del Reglamento de Organización y
Funciones del Gobierno Regional Piura para incluir a la
Ofi cina Regional de Lucha contra la Corrupción como un
órgano dependiente de la Presidencia Regional, y a la
Comisión Regional de Lucha contra la Corrupción dentro
de los órganos consultivos; asimismo incluir las funciones
de estos órganos;
Que, mediante Informe Nº 172-2011/GRP-410300
del 10 de octubre del 2011, la Sub Gerencia Regional
de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, concuerda se modifi que el Reglamento de
Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura;
y con Informe Nº 2040-2011/GRP-460000 del 13 de
octubre del 2011, la Oficina Regional de Asesorìa Jurídica
concluye que es procedente la aprobación del proyecto
de modifi cación del Reglamento de Organización y
Funciones - ROF del Gobierno Regional Piura, por lo
que compete al Consejo Regional emitir la Ordenanza
Regional correspondiente;
Que, estando a lo acordado y aprobado por
unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 23-2011, de
fecha 14 de octubre del 2011, con dispensa del trámite
de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del
Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y
atribuciones conferidas por la Constitución Política del
Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL
GOBIERNO REGIONAL PIURA.
Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del artículo
14º, e incluir los artículos 18º A, 25º A, 25º B, 31º A, Y 31º
B en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF
del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza
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