1066 092-2002-EM/VMM - Aprueban modelos de Contratos de Locación de Servicios a celebrarse con el Fiscalizador Externo para fines de fiscalización en materia de actividades mineras

Fecha de publicación16 Febrero 2002
Fecha de disposición16 Febrero 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de febrero de 2002
minado bien o servicio compromete en forma directa e in-
minente la continuidad de los servicios que la Entidad tie-
ne a su cargo;
Que, el numeral 2 del Artículo 108º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
do, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,
establece que la situación de urgencia debe entender-
se como una medida temporal ante un hecho de excep-
ción que determina una acción rápida a fin de adquirir
o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin
perjuicio de que se realice el proceso de selección
correspondiente para las contrataciones y adquisicio-
nes definitivas;
Que, conforme se aprecia de los informes técnicos
emitidos por el Presidente de la Comisión de Prueba,
constituye de vital importancia llevar a cabo el Nombra-
miento en Plazas Docentes, el cual debe culminar con
la adjudicación de las mismas, de acuerdo a lo señala-
do en el Decreto Supremo Nº 002-2002-ED a más tar-
dar el 2 de marzo del presente año. En ese sentido, se
requiere contar antes de dicha fecha con la publicación
del temario de las pruebas y un suplemento, el cual in-
cluye los servicios integrales de: redacción, diseño,
diagramación y fotos sin costo adicional, servicio de
impresión de las pruebas, y servicio de calificación y
evaluación de las mismas; caso contrario se estaría ante
la imposibilidad material de desarrollar la citada eva-
luación el día 26 de febrero de 2002, fecha determina-
da por la Comisión de Prueba, en base al análisis pre-
vio del trabajo a desarrollar;
Que, asimismo, es de apreciarse que la naturaleza
de las actividades a las que están destinados los ser-
vicios cuya contratación es requerida con urgencia, bajo
la figura de exoneración tendría que hacerse en su
integridad;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión
legal a través del Informe Nº 173-2002-ME/SG-OAJ, a que
alude el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contra-
taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-
to Supremo Nº 013-2001-PCM;
Que, de conformidad con el Artículo 20º del Texto Úni-
co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, las exoneraciones se aprobarán mediante Re-
solución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya copia con
el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloría
General de la República;
Que, el Artículo 114º del precitado Reglamento, señala
que la facultad de aprobación de las exoneraciones referi-
das en el tercer considerando no puede ser delegada por
las autoridades que se indican en el Artículo 20º del citado
Texto Único Ordenado;
Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de
la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la
exoneración del proceso de selección correspondiente, para
contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me-
nor Cuantía los servicios de publicación del temario de las
pruebas y promoción, impresión de las pruebas, y califica-
ción y evaluación de las mismas;
Que, con Hoja de Coordinación Interna Nº 132-2002-
ME/SG-OA-UP, la Unidad de Presupuesto opina favora-
blemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que
se requiere para el cumplimiento de la presente Resolu-
ción; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su-
premos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM,
Nº 013-2001-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCO-
DE/PRE, aprobada por la Resolución Nº 118-2001-CON-
SUCODE-PRE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonérase al Ministerio de Educación, del
proceso de selección de Concurso Público, y autorízase a
contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me-
nor Cuantía, los servicios de publicación del temario de las
pruebas y promoción, impresión de las pruebas y califica-
ción y evaluación de las mismas, por un valor referencial
de:
Publicación del Temario de las Pruebas y Promoción:
S/. 181 662,00
Impresión de las Pruebas:
S/. 110 000,00
Calificación y Evaluación de las Pruebas:
S/. 87 500,00
Artículo 2º.- Las contrataciones que se efectúen en
virtud de la presente Resolución, se realizarán a través de
la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educación,
y de conformidad con las normas del Texto Único Ordena-
do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-
2001-PCM.
Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación de
los servicios a los que se refieren los artículos preceden-
tes, será con cargo a la cadena funcional: fuente de Finan-
ciamiento: 00; Función 09; Programa 003; Subprograma
0006; Actividad 1 00267; Componente 3 0693; de la Uni-
dad Ejecutora 024, del Pliego 010 - Ministerio de Educa-
ción.
Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus
antecedentes serán remitidas a la Contraloría General de
la República dentro de los diez (10) días calendario siguien-
tes a la fecha de su expedición.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NICOLÁS LYNCH GAMERO
Ministro de Educación
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ENERGÍA Y MINAS
Aprueban modelos de Contratos de Lo-
cación de Servicios a celebrarse con el
Fiscalizador Externo para fines de fis-
calización en materia de actividades
mineras
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 092-2002-EM/VMM
Lima, 14 de febrero de 2002
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 27474 establece que el
Ministerio de Energía y Minas es el organismo del Poder
Ejecutivo competente para fiscalizar las actividades mine-
ras, a través de sus órganos de línea;
Que, la fiscalización de las obligaciones establecidas
en las normas y disposiciones legales, y las inspecciones
requeridas en los procedimientos administrativos, relacio-
nadas a las actividades mineras, pueden ser encargadas
a personas naturales o jurídicas, denominadas fiscaliza-
dores externos, debidamente calificadas por el Ministerio
de Energía y Minas;
Que, el numeral 5.1 del Artículo 5º de la Ley Nº 27474,
establece que los fiscalizadores externos serán contrata-
dos y pagados por el Ministerio de Energía y Minas de
acuerdo al arancel aprobado mediante resolución del Mi-
nisterio de Energía y Minas;
Que, el Artículo 34º del Reglamento de Fiscalización
de las Actividades Mineras aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 049-2001-EM, dispone que el Director General de
Minería suscribirá el contrato de fiscalización con el fisca-
lizador externo designado de acuerdo a los modelos que
se aprobarán por Resolución Ministerial;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 37º del
Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;
Con la opinión favorable del Viceministro de Minas;

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