RESOLUCION MINISTERIAL N° 719-2012-MTC/02 - Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. en comisión de servicios

Fecha de disposición09 Diciembre 2012
Fecha de publicación09 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 9 de diciembre de 2012 480385
Que, con documento de fecha 25 de setiembre de
2012, el señor Fernando Enrique José Rojas Caramutti,
presenta su renuncia al cargo de Director de la Dirección
de Gestión Social de la Dirección General de Asuntos
Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el
acto correspondiente aceptando la renuncia formulada,
y encargando las funciones correspondientes al citado
cargo hasta que se designe a su titular;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos.
29158, 27594, 29370, el Decreto Supremo Nº 021-2007-
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada
por el señor Fernando Enrique José Rojas Caramutti al
cargo de Director de la Dirección de Gestión Social de
la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo Segundo.- Encargar al señor Carlos
Iván Muente López en tanto se designe a su titular las
funciones de Director de la Dirección de Gestión Social
de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
876122-1
Autorizan viaje de Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 719-2012-MTC/02
Lima, 7 de diciembre de 2012
VISTOS:
El Informe Nº 527-2012-MTC/12.04, emitido por la
Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Informe
Nº 364-2012-MTC/12.04, emitido por la Dirección de
Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de
Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las
personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo
irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante
Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre
que se sustenten en el interés nacional o en el interés
específ‌i co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº
29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos
y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen
los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para
las acciones de inspección y vigilancia de actividades
de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante
resolución del titular de la entidad;
Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es
ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil,
como dependencia especializada del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección
General de Aeronáutica Civil es responsable de la
vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas,
seguridad que comprende la actividad de chequear las
aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores
aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, las empresas LC BUSRE S.A.C., Lan Perú S.A.
y Aero Transporte S.A. han presentado ante la autoridad
aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas
durante el mes de diciembre de 2012, acompañando los
requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº
05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica
Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, asimismo, las empresas LC BUSRE S.A.C.,
Lan Perú S.A. y Aero Transporte S.A., han cumplido con
el pago del derecho de tramitación correspondiente al
Procedimiento a que se ref‌i ere el considerando anterior,
ante la Of‌i cina de Finanzas de la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes
de inspección, están íntegramente cubiertos por las
empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de
los viáticos;
Que, dichas solicitudes han sido calif‌i cadas y
aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de
la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado
por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del
citado Ministerio, según se desprende de las respectivas
Ordenes de Inspección y referidas en los Informes Nos.
527-2012-MTC/12.04 y 364-2012-MTC/12.04 de la
Dirección General de Aeronáutica Civil;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261,
Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señores Javier
José Félix Aleman Urteaga, Gino Humberto Def‌i lippi
Brigneti, y Simón Samolski Edery, Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 11
al 17 de diciembre de 2012 a la ciudad de Seattle, Estados
Unidos de América, del 13 al 16 de diciembre de 2012
a la ciudad de Dallas, Estados Unidos de América, 13 al
15 de diciembre de 2012 a la ciudad de Miami, Estados
Unidos de América, y del 18 al 20 de diciembre de 2012
a la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América, de
acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma
parte integrante de la presente resolución, sustentado
en los Informes Nos. 527-2012-MTC/12.04 y 364-2012-
MTC/12.04.
Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes
autorizados precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por las empresas LC BUSRE S.A.C., Lan Perú
S.A. y Aero Transporte S.A., a través de los Recibos de
Acotación que se detallan en el anexo que forma parte
integrante de la presente resolución, abonados a la Of‌i cina
de Finanzas de la Of‌i cina General de Administración del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo
la asignación por concepto de viáticos.
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los
Inspectores mencionados en la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar
un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Of‌i cina
General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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