RESOLUCION SUPREMA N° 178-2012-IN - Autorizan viaje de Inspector de Migraciones de la Coordinación de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Migraciones y Naturalización a Brasil, en comisión de servicios.

Fecha de disposición29 Noviembre 2012
Fecha de publicación29 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 29 de noviembre de 2012
479566
Que, de acuerdo a la documentación que obra en el
Expediente, la Línea de Transmisión de 60 kV SE Zapallal
– SE Puente Piedra recorrerá por terrenos de propiedad
municipal y vías públicas de propiedad del Estado;
Que, dado que los predios afectados son de propiedad
pública, corresponde la aplicación del literal a) del artículo
109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones
Eléctricas, el cual establece que los concesionarios están
facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y
aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes
de propiedad del Estado o del Municipio, así como para
cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de
comunicaciones;
Que, la petición se encuentra amparada por el artículo
110 y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de
Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado que la concesionaria ha cumplido con
los requisitos legales y procedimientos correspondientes
establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de
Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado por
el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe
Nº 422-2012-DGE-DCE informando sobre la procedencia
de imponer la servidumbre de electroducto solicitada;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- IMPONER con carácter forzoso a favor
de la concesión def‌i nitiva de distribución de la que es
titular Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte
S.A.A., la servidumbre permanente de electroducto para la
Línea de Transmisión de 60 kV SE Zapallal – SE Puente
Piedra, sobre bienes públicos, ubicada en los distritos de
Carabayllo y Puente Piedra, provincia y departamento de
Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos
proporcionados por la empresa, conforme al siguiente
cuadro:
Cód. Exp. Inicio y llegada de la
Línea Eléctrica
Nivel de
Tensión
( kV)
Nº de
Ternas Longitud
(km)
Ancho de
la Faja
( m )
21223112 SE Chillón – SE Naranjal
- Tramo T1 – T3
- Tramo T3 – T4
- Tramo T4 – T17
- Tramo T17 – T18
- Tramo T18 – T38
- Tramo T38 – T39
- Tramo T39 – T49
- Tramo T49 – T50
- Tramo T50 – T52
60
60
60
60
60
60
60
60
60
02
02
02
02
02
02
02
02
02
0,25
0,94
2,00
1,21
3,33
0,06
1,63
0,11
0,06
16
Subterráneo
16
Subterráneo
16
Subterráneo
16
Subterráneo
16
Nota:- El ancho estimado de la faja de servidumbre para
los tramos subterráneos es de 5,00 m
Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes
no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán
realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio
de la servidumbre constituida.
Artículo 3º.- Empresa de Distribución Eléctrica
de Lima Norte S.A.A. deberá adoptar las medidas
necesarias a f‌i n de que el área de servidumbre no sufra
daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando
sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de
incumplimiento.
Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica de Lima
Norte S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar
que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella
se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su
ejercicio.
Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
869591-1
INTERIOR
Autorizan viaje de Inspector de
Migraciones de la Coordinación de
Asuntos Internacionales de la Dirección
General de Migraciones y Naturalización
a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 178-2012-IN
Lima, 28 de noviembre de 2012
VISTO, el Of‌i cio Nº 4541-2012-MTC/15, de fecha 13
de setiembre de 2012, suscrito por el Director General (e)
de la Dirección General de Transporte Terrestre, José Luis
Qwistgaard Suárez.
CONSIDERANDO:
Que, mediante FAX Nº 1112-2012-MTC/15 de fecha 13
de setiembre de 2012, el Director General (e) de la Dirección
General de Transporte Terrestre, hace de conocimiento de
la Dirección General de Migraciones y Naturalización que se
ha previsto realizar la “VII Reunión Bilateral de Organismos
de Aplicación del Acuerdo sobre Transporte Internacional
Terrestre de Perú y Brasil”, a realizarse los días 28, 29 y
30 de noviembre de 2012, en la ciudad de Río Branco,
República Federativa de Brasil, a f‌i n de tratar los aspectos
técnico operativos del transporte internacional entre ambos
países, invitando a la Dirección General de Migraciones y
Naturalización a participar de la citada reunión bilateral;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,
autorizar el viaje al exterior del señor Gerardo José
Cárdenas Cabrera – Inspector de Migraciones de la
Coordinación de Asuntos Internacionales de la Dirección
General de Migraciones y Naturalización, por cuanto, su
participación coadyuvará, entre otros aspectos, a compartir
conocimientos relacionados a las dif‌i cultades que se
presentan en el control del transporte internacional terrestre
que se realiza en los pasos fronterizos habilitados entre
Perú y Brasil. En los cuales cada país informará sobre los
avances logrados en la armonización de procedimientos de
control, control integrado y la logística para esta actividad;
Que, los gastos por concepto de pasajes terrestres y
viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001:
Of‌i cina General de Administración del Pliego 007, Ministerio
del Interior;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo
10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y
representantes del Estado con cargo a recursos públicos,
que el requerimiento de excepciones adicionales, a las
señaladas en el literal a), b) c) y d) del mismo numeral,
en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá
canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de
Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Con la visación de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619
- Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la
Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2012, Ley Nº 29334 – Ley de Organización
y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en
comisión del servicio, del señor Gerardo José Cárdenas
Cabrera – Inspector de Migraciones de la Coordinación
de Asuntos Internacionales de la Dirección General de
Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior
del 28 al 30 de noviembre de 2012 a la ciudad de Rio
Branco – República Federativa de Brasil para que
participe en la “VII Reunión Bilateral de Organismos de
Aplicación del Acuerdo sobre Transporte Internacional
Terrestre de Perú y Brasil”.

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