Aprueban norma metrológica sobre instrumentos de pesaje (tolvas).

Fecha de publicación06 Noviembre 1999
Fecha de disposición06 Noviembre 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 6 de noviembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7075 Pág. 179995
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
CONGRESO DE LA
REPUBLICA
LEY Nº 27194
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE
OBLIGATORIAMENTE LA
IMPRESIÓN DE LA RESEÑA HISTÓRICA
DEL PROTOCOLO DE PAZ, AMISTAD Y
LÍMITES, DEL ACTA DE BRASILIA Y DE
LOS SÍMBOLOS NACIONALES EN LIBROS
DE TEXTO, CUADERNOS Y OTROS
IMPRESOS DE USO ESCOLAR
Artículo 1º.- Objeto de la Ley
Los libros de texto, cuadernos y otros impresos de uso escolar
que se editen, fabriquen, impriman o distribuyan en el país deben
incluir impresos:
a) La reseña histórica del Protocolo de Paz, Amistad y Límites
suscrito en Río de Janeiro en enero de 1942 y del Acta de Brasilia
suscrita en dicha ciudad el 26 de octubre de 1998. El contorno del
mapa del Perú aparecerá como fondo de la referida reseña
histórica.
b) La Bandera, el Escudo y el coro del Himno Nacional.
Artículo 2º.- De los impresos importados
En el caso de libros de texto, cuadernos y otros impresos de
uso escolar, que se importen y distribuyan en el país, los elemen-
tos mencionados en el artículo precedente serán obligatoriamen-
te agregados o adosados.
Artículo 3º.- Órgano supervisor
El Ministerio de Educación es el órgano encargado de dictar
las medidas que se requieran para dar cumplimiento a lo dispues-
to en la presente Ley y además de velar por su cabal cumplimien-
to.
Artículo 4º.- Sanciones
4.1 El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley será
sancionado con una multa mínima de 10 (diez) UIT y máxima de
50 (cincuenta) UIT, que recaerá en el editor, fabricante, impresor,
distribuidor o importador de libros de texto, cuadernos y otros
impresos de uso escolar. La multa se duplicará en caso de
reincidencia.
4.2 Las multas a que se refiere el párrafo precedente se
aplicarán sin perjuicio del decomiso de los libros de texto, cuader-
nos y otros impresos de uso escolar que incumplan lo dispuesto en
la presente Ley.
Artículo 5º.- Derogación de normas
Derógase, a partir de la entrada en vigencia de la presente
Ley, la Ley Nº 27047, así como toda norma que se le oponga.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Y TRANSITORIAS
Primera.- Aprobación de la reseña histórica
La reseña histórica del Protocolo de Paz, Amistad y Límites
suscrito en Río de Janeiro en enero de 1942 y del Acta de Brasilia
suscrita en dicha ciudad el 26 de octubre de 1998 será aprobada
dentro de los 30 (treinta) días contados a partir de la publicación
de la presente Ley, mediante Resolución Suprema refrendada
por el Ministro de Relaciones Exteriores y publicada en el Diario
Oficial El Peruano.
Segunda.- Aplicación de sanciones
Las sanciones previstas en el Artículo 4º de la presente Ley se
hacen extensivas al editor, fabricante, impresor, distribuidor o
importador de libros de texto, cuadernos y otros impresos de uso
escolar que modifique, resuma, o que de cualquier forma altere el
texto de la reseña histórica.
Tercera.- Entrada en vigencia
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Primera Disposición Comple-
mentaria y Transitoria, la presente Ley entrará en vigencia a partir
de los 60 (sesenta) días de publicada en el Diario Oficial El Peruano,
con excepción de lo prescrito en el Artículo 4º y en la Segunda
Disposición Complementaria y Transitoria, que entrarán en vigencia
a partir de los 360 (trescientos sesenta) días de su publicación.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su
promulgación.
En Lima, a los veintinueve días del mes de octubre de mil
novecientos noventa y nueve.
RICARDO MARCENARO FRERS
Primer Vicepresidente encargado de la
Presidencia del Congreso de la República
LUIS DELGADO APARICIO
Segundo Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes
de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
FELIPE GARCIA ESCUDERO
Ministro de Educación
13980
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA;
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL
DE LA PROVINCIA DE MAYNAS,
DEPARTAMENTO DE LORETO
Artículo 1º.- Redelimitación
Redelimítase la provincia de Maynas y los distritos de Alto
Nanay, Fernando Lores, Indiana, Iquitos, Las Amazonas, Mazan,
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 6 de noviembre de 1999
Napo, Punchana, Putumayo y Torres Causana, en el depar-
tamento de Loreto.
Artículo 2º.- Anexión del Distrito de Yaquerana
Anexar el distrito de Yaquerana de la provincia de Maynas a
la provincia de Requena, en el departamento de Loreto.
Artículo 3º.- Traslado de Capitales Distritales
Trasládase la capital del distrito de Putumayo, del centro
poblado Puca Urco, al centro poblado San Antonio del Estrecho;
y del distrito de Yaquerana, del centro poblado Bolognesi, al
centro poblado Angamos.
Artículo 4º.- Crea el Distrito de Belén
Créase el distrito de Belén cuya capital será el centro poblado
Belén que se eleva a la categoría de Villa, perteneciente a la
provincia de Maynas.
Artículo 5º.- Crea el Distrito de San Juan Bautista
Créase el distrito de San Juan Bautista, cuya capital será el
centro poblado San Juan, que se eleva a la categoría de Villa,
perteneciente a la provincia de Maynas .
Artículo 6º.- Límites de la Provincia de Maynas y de sus
distritos
Los límites de la provincia de Maynas y de los distritos de Alto
Nanay, Belén, Fernando Lores, Indiana, Iquitos, Las Amazonas,
Mazan, Napo, Punchana, Putumayo, San Juan Bautista y Torres
Causana han sido trazados sobre la base de la cartografía oficial
elaborada por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) y el
Defense Mapping Agency (DMA) de Estados Unidos de Amé-
rica, en la escala 1/100 000, Hojas Núms. 2364, 2363, 2362,
2164, 2163, 2262, 2062, 2162, 1963 y 2264, impresas en el año
1990; Hojas Núms. 1969, 2766, 2866, 2765, 2865 y 2864, impresas
en el año 1991; Hojas Núms. 2263, 2261, 1770 (Puerto Perú),
2366, 2365, 2265 y 2165, impresas en el año 1992; Hojas Núms.
1968, 2267, 2166, 2266, 2764 y 1967, impresas en el año 1993;
Hojas Núms. 2466, 2566, 2666, 2465, 2564, 2565, 2665, 2664,
2463, 2462 y 2464, impresas en el año 1994; Hojas Núms. 1767 y
1864, impresas en el año 1995; Hojas Núms. 1770 (río Güeppí),
1870, 1869, 2069, 2068, 2168, 2067, 2167, 2070, 1867, 1964, 2064,
2063, 2066, 1768, 2065, 1865, 1965, 1868, 1966 y 1866, impresas
en el año 1996; y la Hoja Nº1970, impresa en el año 1998,
complementados con el plano metropolitano de Iquitos en la
escala 1/10 000 de la Municipalidad Provincial de Maynas, Mayo
1997.
Los límites de la provincia de Maynas y los distritos de Alto
Nanay, Belén, Fernando Lores, Indiana, Iquitos, Las Amazonas,
Mazan, Napo, Punchana, Putumayo, San Juan Bautista y Torres
Causana son los siguientes:
PROVINCIA DE MAYNAS DEL DEPARTAMENTO
DE LORETO.
POR EL NORTE.- Limita con las Repúblicas de Ecuador y de
Colombia, de acuerdo a los Tratados Internacionales vigentes.
POR EL ESTE.- Limita con la República de Colombia, de
acuerdo al Tratado Internacional vigente.
POR EL SUR.- Limita con las provincias de Mariscal Ramón
Castilla, Requena y Loreto.
De la divisoria de aguas de los ríos Cothue y Atacuari, el límite
continúa en dirección Oeste por la divisoria de aguas de las
cuencas de los ríos Putumayo (tributarios Yaguas, Yahuillo y
Algodón) y Amazonas (tributarios, Atacuari, Shishita, Yahuasya-
cu, Sábalo, Airambo y Ampiyacu), hasta la cota 170 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9680,7 km N y 770,2 km E), de allí vira en
dirección Sur-Este por la divisoria de aguas de los ríos Apayacu
y Ampiyacu, llega al río Amazonas en las coordenadas UTM 9615
km N y 817 km E, cruzándolo en línea recta, hasta la confluencia
de la quebrada Zapatilla en el Amazonas (al Sur de la isla
Huanta), luego continúa en línea recta hasta la bifurcación del río
Orosa y la quebrada Zapatilla, para continuar por la divisoria de
aguas de los ríos Matahuayo y Orosa, hasta la naciente del río
Orosa. El límite continúa por la divisoria de aguas de los ríos
Yavarí Mirín y tributarios del río Amazonas (Maniti, Tamshiyacu
y Tahuayo), abarcando toda la cuenca del río Tahuayo y las
nacientes del río Paraporoto, para descender por la quebrada
Yarapa hasta la confluencia en el río Amazonas, del último lugar
el límite continúa en dirección Norte por el thalweg del Río
Amazonas, hasta un punto de coordenada 9530,5 km N y 680 km
E. ubicado en la margen izquierda del río Amazonas, de allí
continúa en dirección Nor-Oeste en línea recta hacia la cota 160
m.s.n.m. Luego continúa en dirección Sur-Oeste y Nor-Oeste por
la divisoria de aguas de las cuencas de los ríos Marañón e Itaya,
Tigre y Nanay, continuando por la divisoria de aguas del río
Pucacuro-Quebrada Aguanegra y Pucacuro-Río Arabela, hasta el
hito “km 46,2”, ubicado en la línea de límite fronterizo internacio-
nal Perú - Ecuador.
POR EL OESTE.- Limita con la República de Ecuador, de
acuerdo al Tratado Internacional vigente.
DISTRITO DE ALTO NANAY
POR EL NORTE Y NOR-ESTE.- Limita con los distritos de
Napo y Mazan.
El límite se inicia en la cota 203 m.s.n.m. (coordenada UTM
9738,5 km N y 503,5 km E), luego toma la dirección Este hacia
la cota 214 m.s.n.m. (coordenada UTM 9739 km N y 513,5 km
E), luego continúa en dirección Sur-Este por la divisoria de aguas
del río Mazan y la quebrada Aguablanca, Mazan y río Pintoyacu,
luego continúa en la misma dirección por la divisoria de aguas de
los ríos Mazan y Chambira, hasta un punto de cota 171 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9633 km N y 650 km E).
POR EL ESTE.- Limita con los distritos de Punchana,
Iquitos y San Juan Bautista.
Del último punto mencionado, el límite continúa en dirección
Sur por la divisoria de aguas de los ríos Chambira y Guano, de allí
continúa en la misma dirección hasta un punto de cota 164
m.s.n.m. (coordenada UTM 9589 km N y 665 km E), luego
continúa en línea recta en dirección Sur-Oeste hasta intersectar
el río Nanay en un punto en el límite provincial, (coordenada
UTM 9572,8 km N y 656,6 km E ), luego continúa por el thalweg
del río Nanay hasta un punto de confluencia del río Pintoyacu en
el río Nanay, de allí desciende en dirección Sur en línea recta,
hasta un punto de coordenada UTM 9541 km N y 648 km E.
POR EL SUR Y SUR-OESTE.- Limita con el distrito de San
Juan Bautista y la provincia de Loreto.
Del último punto mencionado, el límite continúa en dirección
Nor-Oeste, por la divisoria de aguas de los ríos Nanay e Itaya
hasta un punto (coordenada UTM 9551 km N y 597 km E), luego
continúa en dirección Nor-Oeste por la divisoria de aguas de los
tributarios de los ríos Tigre y Nanay, Pucacuro y quebrada
Aguanegra, río Alemán y naciente de la quebrada Aguanegra, de
allí se dirige en dirección Norte hasta la cota 203 m.s.n.m., punto
de inicio de la presente descripción.
DISTRITO DE BELÉN
POR EL ESTE.- Limita con el distrito de Indiana.
El límite se inicia en un punto de coordenada UTM 9602,3 km
N y 707 km E, sigue en dirección Sur-Este por la divisoria de
aguas de los ríos Amazonas y Maniti, hasta la cota 148 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9579 km N y 713 km E).
POR EL SUR-ESTE.- Limita con el distrito de Fernando
Lores.
Del último punto mencionado, el límite continúa en línea
recta en dirección Oeste, hacia un punto de cota 96 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9579 km N y 703,6 km E), continúa por el
thalweg del río Amazonas al extremo norte de las islas Timareo
y Muyuy, hasta un punto de coordenada UTM 9568,5 km N y
693,5 km E, luego continúa en dirección Sur por la divisoria de
aguas de los ríos Amazonas e Itaya, hasta un punto de coordenada
UTM 9546,5 km N y 678,8 km E.
POR EL OESTE.- Limita con los distritos de San Juan
Bautista, Iquitos y Punchana.
Del último punto mencionado el límite continúa en dirección
Norte por el thalweg del río Itaya, hasta un punto de coordenada
9580,4 km N y 691,4 km E. De este punto el límite se dirige en línea
recta por el eje de la prolongación de la calle Los Lirios, hasta
intersectar la avenida De La Participación, continúa por el eje de esta
avenida en dirección Nor-Este, tomando el eje de la calle Quiñónes
hasta la avenida Las Colinas, siguiendo por el eje de esta avenida
hasta la intersección de la avenida Guardia Republicana, sigue el eje
de esta última en dirección Nor-Este, hasta intersectar la avenida
Abelardo Quiñones, e intersectar la calle Leticia, sigue por esta vía
hasta intersectar la avenida Elías Aguirre. De este punto el límite
describe una dirección Nor-Este continuando por el eje de esta
avenida, hasta intersectar el jirón 9 de Diciembre por donde continúa
hasta su intersección con el jirón Ramírez Hurtado, sigue por el eje de
esta vía hasta su intersección con la calle Julio C. Arana, continúa por
esta calle prolongándose hasta interceptar el thalweg del río Amazo-
nas. De allí continúa en dirección Nor-Este por el thalweg del río
Amazonas hasta un punto de coordenada UTM 9602,3 km N y 707 km
E punto de inicio de la presente descripción.
DISTRITO DE FERNANDO LORES
POR EL NOR–OESTE Y NOR–ESTE.- Limita con los
distritos de Belén e Indiana.
El límite se inicia en un punto de cota 100 m.s.n.m. (coorde-
nada UTM 9568,5 km N y 693,5 km E), en la margen izquierda del
río Amazonas, el límite prosigue en dirección Nor-Este por el
thalweg del río Amazonas, hasta llegar a la cota 96 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9579 km N y 703,6 km E), continúa en direc-
ción Este mediante una línea recta hasta llegar a un punto de cota
148 m.s.n.m. (coordenada UTM 9579 km N y 713 km E), para
proseguir el límite en dirección Sur-Este, por la divisoria de
aguas de los ríos Maniti y Tamshiyacu, hasta la cota 170 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9515,5 km N y 749 km E).
POR EL SUR-OESTE Y SUR-ESTE.- Limita con las pro-
vincias de Mariscal Ramón Castilla, Requena y Loreto.
Del último punto mencionado, el límite continúa en dirección
Sur-Oeste, por las nacientes de los ríos Tamshiyacu, Tahuayo
(tributarios de los ríos Amazonas y Yavarí Mirín), hasta encon-
trar el curso de la quebrada Yarapa, siguiendo por dicha quebra-
da, hasta llegar a la confluencia en el río Amazonas.
POR EL OESTE.- Limita con la provincia de Loreto y el
distrito de San Juan Bautista.
Del último lugar mencionado, el límite continúa en dirección
Norte por el thalweg del río Amazonas, hasta llegar a un punto de
coordenada UTM 9530,5 km N y 680 km E, ubicado a la margen
izquierda del río Amazonas, luego se dirige en dirección Nor-Oeste en
línea recta hasta la cota 160 m.s.n.m, de allí continúa en dirección
Norte, por la divisoria de aguas de los ríos Itaya y Amazonas, hasta
llegar al punto de cota 100 m.s.n.m. (coordenada UTM 9568,5 km N
y 693,5 km E), punto de inicio de la presente descripción.
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 6 de noviembre de 1999
DISTRITO DE INDIANA
POR EL NOR–ESTE Y ESTE.- Limita con el distrito de Las
Amazonas.
El límite se inicia en un punto de coordenada UTM 9624,5 km
N y 741,5 km E, divisoria de aguas de los ríos Napo y Amazonas,
luego continúa en dirección Sur-Este, hasta cruzar el río Amazo-
nas entre las islas Pucallpa y Sapo Playa, continúa por el thalweg
del río Amazonas, hasta encontrarse con la desembocadura de la
quebrada Vainilla; continúa por el curso de esta quebrada hasta
su naciente, luego sigue en dirección Sur, por la divisoria de aguas
de los ríos Maniti y Orosa, hasta la cota 197 m.s.n.m. (coordenada
UTM 9524,2 km N y 763,4 km E).
POR EL SUR–ESTE.- Limita con la provincia de Mariscal
Ramón Castilla.
Del último punto mencionado, el límite continúa bordeando
en dirección Sur-Oeste las nacientes del Río Maniti, hasta la cota
170 m.s.n.m. (coordenada UTM 9515,6 km N y 749,1 km E)
POR EL SUR–OESTE Y OESTE.- Limita con los distritos
de Fernando Lores, Belén y Punchana.
Del último lugar mencionado, el límite continúa en dirección
Nor-Oeste, por la divisoria de aguas de los ríos Tamshiyacu y
Maniti, hasta llegar a un punto de cota 148 m.s.n.m. (coordenada
UTM 9579 km N y 713 km E.), al Este del centro poblado Lupuna,
continuando en dirección Nor-Este por la divisoria de aguas de
los ríos Amazonas y Maniti; para luego cruzar una quebrada sin
nombre y el río Amazonas aproximadamente a dos kilómetros al
Norte del centro poblado Santa María de Fátima (coordenada
UTM 9602 km N y 707 km E) continuando en dirección Nor-
Oeste, hasta llegar a un punto de cota 130 m.s.n.m., al Nor-Este
del centro poblado Santa María de Ojeal (coordenada UTM
9605,7 km N y 704,5 km E).
POR EL NOR–OESTE.- Limita con el distrito Mazan.
Del último lugar mencionado, el límite continúa en dirección
Nor-Este por la divisoria de aguas de los ríos Mazan y Amazonas,
luego continúa en la misma dirección por la divisoria de aguas de
los ríos Napo y Amazonas, el punto de coordenada UTM 9624,5
km N y 741,5 km E, punto de inicio de la presente descripción.
DISTRITO DE IQUITOS
POR EL NORTE.- Limita con el distrito de Punchana.
El límite se inicia en un punto de cota 164 m.s.n.m. (coorde-
nadas UTM 9589 km N y 665 km E), de este punto el límite se
dirige en dirección Este por la divisoria de aguas de los ríos Nanay
y Momon, pasando el límite entre los centros poblados Padre
Cocha y Manacamiri hasta llegar al río Nanay, en un punto de
coordenada UTM 9590 km N y 691,5 km E, cruza el río hasta
encontrar la desembocadura del lago Morona Cocha, de allí toma
dirección Sur-Este por el thalweg del lago Morona Cocha, luego
continúa en línea recta hasta encontrar el jirón Trujillo, continúa
por el eje de esta vía hasta el cruce con la avenida Alfonso Navarro
Cáuper, toma dirección Sur por el eje de esta vía hasta el cruce con
la calle Nauta, va en dirección Este por el eje de esta vía hasta
encontrarse con el cruce de la calle Iquitos, continúa en dirección
Norte, por el eje de esta vía hasta la intersección con la calle Diego
de Almagro, sigue por el eje de esta vía hasta su intersección con
la calle Cuzco, continúa en dirección Sur, por el eje de esta vía
hasta su intersección con la calle Unión, luego continúa en
dirección Sur por el eje de la calle Edilberto Valles (ex Piura)
hasta su intersección con la calle Ganso Azul, continuando por
ésta hasta su prolongación en el río Amazonas (coordenada UTM
9587,2 km N y 696,0 km E).
POR EL ESTE.- Limita con el distrito de Belén.
Del último lugar mencionado, el límite continúa por el thalweg
del río Amazonas aguas abajo hasta su intersección con la prolon-
gación de la calle Julio C. Arana.
POR EL SUR.- Limita con el distrito de San Juan Bautista.
Del último punto mencionado el límite continúa en dirección
Oeste por la calle Julio C. Arana hasta la intersección con el jirón
Ramírez Hurtado. El límite continúa en dirección Sur hasta su
intersección con el jirón 9 de Diciembre, siguiendo por esta calle hasta
llegar a la avenida Elías Aguirre, continuando por ésta hasta intercep-
tar la calle Leticia. Luego continúa en dirección Nor-Oeste hasta la
avenida José Abelardo Quiñónes hasta su intersección con la avenida
Guardia Civil, continuando por este eje hasta intersectar el río Nanay
en un punto de coordenada UTM 9585,5 km N y 691 km E, luego
continúa por el thalweg del río Nanay hasta un punto de coordenada
UTM 9572,8 km N y 656,6 km E.
POR EL OESTE.- Limita con el distrito de Alto Nanay.
Del último punto mencionado, el límite continúa en línea
recta con dirección Nor-Este, hasta la cota 164 m.s.n.m. (coorde-
nada UTM 9589 km N y 665 km E), punto de inicio de la presente
descripción.
DISTRITO DE LAS AMAZONAS
POR EL NORTE.- Limita con el distrito de Putumayo.
El límite se inicia en el punto de cota 170 m.s.n.m. (coordena-
da UTM 9678 km N y 741 km E) en las nacientes de los ríos Sacha
Algodón y Apayacu, va en dirección Este, hacia el punto de cota
170 m.s.n.m. (coordenada UTM 9680,7 km N y 770,2 km E).
POR EL ESTE.- Limita con la provincia de Mariscal Ramón
Castilla.
Del último lugar mencionado, el límite continúa en dirección
Sur-Este por la divisoria de aguas de los ríos Apayacu y Ampiya-
cu; cruza el río Amazonas en la coordenada UTM 9616 km N y 816
km E, hasta la confluencia de la quebrada Zapatilla en el Amazo-
nas (al Sur de la isla Huanta), luego continúa en línea recta hasta
la bifurcación del río Orosa y la quebrada Zapatilla, para conti-
nuar por la divisoria de aguas de los ríos Matahuayo y Orosa,
hasta la naciente del río Orosa en un punto de cota 197 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9524,2 km N y 763,4 km E).
POR EL OESTE.- Limita con los distritos de Indiana y
Mazan.
Del último lugar mencionado el límite continúa en dirección
Norte por la divisoria de aguas de los ríos Maniti y Orosa,
prosigue por el thalweg de la quebrada Vainilla, hasta su desem-
bocadura en el río Amazonas; luego continúa por el thalweg del
río Amazonas en dirección Nor-Oeste pasando el límite, entre las
islas Pucallpa y Sapo Playa, hasta llegar a un punto de cota 167
m.s.n.m. (coordenada UTM 9624,5 km N y 741,5 km E), de allí
continúa en dirección Este y cruza el río Napo, al Sur-Este de la
isla Paiche Playa, a 1 km al Sur-Este del centro poblado Mangua;
luego continúa en dirección Nor-Este hacia la cota 198 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9637 km N y 764,5 km E), de allí continúa por
la divisoria de aguas de los ríos Apayacu y Sucusari, hasta llegar
a la cota 170 m.s.n.m. (coordenada UTM 9678 km N y 741 km E),
punto de inicio de la presente descripción.
DISTRITO DE MAZAN
POR EL NORTE Y NOR-ESTE.- Limita con los distritos de
Napo y Putumayo.
El límite se inicia en un punto de cota 214 m.s.n.m. (coorde-
nada UTM 9739 km N y 513,5 km E), naciente del río Mazan,
continúa en dirección Este por la divisoria de aguas de los ríos
Mazan, y las quebradas Yuracyacu, tributario del río Curaray,
hasta la cota 195 m.s.n.m. (coordenada UTM 9740,2 km N y 527,2
km E), de allí toma dirección Sur-Este por la divisoria de aguas
de los ríos Mazan, y Tacshacuraray y Mazan–Napo hasta cruzar
el río Napo en un punto de coordenada UTM 9654,8 km N y 706,7
km E, de allí continúa en dirección Nor-Este hasta llegar a la
naciente del río Sacha Algodón, cota 170 m.s.n.m. (coordenada
UTM 9686 km N y 729,5 km E), luego continúa en dirección Sur-
Este hacia la cota 170 m.s.n.m. (coordenada UTM 9678 km N y
741 km E).
POR EL ESTE.- Limita con el distrito de Las Amazonas.
Del último punto mencionado, el límite continúa por la
divisoria de aguas de los ríos Sucusari y Apayacu, Napo y
Apayacu hasta la cota 198 m.s.n.m. (coordenada UTM 9637 km N
y 764,5 km E), luego continúa con dirección Sur-Oeste hasta
cruzar el río Napo al Sur-Este de la isla Paiche Playa, luego
continúa en dirección Oeste hacia el punto de cota 167 m.s.n.m.
(coordenada UTM 9624,5 km N y 741,3 km E).
POR EL SUR-ESTE Y SUR-OESTE.- Limita con los distri-
tos de Indiana, Punchana y Alto Nanay.
Del último punto mencionado, el límite continúa en dirección
Sur-Oeste, por la divisoria de aguas de los ríos Napo y Amazonas
hasta la cota 130 m.s.n.m. (coordenada UTM 9605,7 km N y 704,4
km E), de allí continúa por la divisoria de aguas de los ríos Mazan
y Momon (que en su cuenca alta se denomina río Guano), hasta
la cota 171 m.s.n.m. (coordenada UTM 9633 km N y 650 km E),
luego continúa en dirección Nor-Oeste, por la divisoria de aguas,
de la cuenca de los ríos Mazan y Chambira, continúa por la
divisoria de aguas del río Mazan y las quebradas Pintoyacu y
Aguablanca (tributario del río Nanay), hasta llegar a las nacien-
tes del río Mazan, cota 214 m.s.n.m. (coordenada UTM 9739 km
N y 513,5 km E), punto de inicio de la presente descripción.
DISTRITO DE NAPO
POR EL NORTE Y NOR-ESTE.- Limita con los distritos de
Torres Causana y Putumayo..
El límite se inicia en el hito “Km 13,2” del límite fronterizo
internacional Perú-Ecuador y la divisoria de aguas de los ríos
Napo y Nashiño, luego continúa en dirección Sur-Este por la
divisoria de aguas de los ríos Yanayacu y Nashiño, Aushiri y
Curaray, Napo y Curaray, hasta un punto de coordenada UTM
9781,1 km N y 552 km E, luego cruza el río Napo hasta la
desembocadura de una quebrada sin nombre en su margen
izquierda del mismo. Luego continúa en dirección Nor-Este por la
divisoria de aguas del río Napo y las quebradas Tarapoto, Patelón
y el río Tamboryacu, luego por la divisoria de aguas de los ríos
Santa María y Tamboryacu; hasta llegar a las nacientes de este
río en un punto de coordenada UTM 9895 km N y 514 km E,
tomando dirección Sur-Este, por la divisoria de aguas del río
Tamboryacu y el río Vecoya; luego prosigue por la divisoria de
aguas de los ríos Tamboryacu y Algodón, hasta llegar al punto de
cota 162 m.s.n.m. (coordenada UTM 9740,8 km N y 667,9 km E).y
de este último punto el límite prosigue en dirección Sur-Este, por
la divisoria de aguas de los ríos Algodón y Napo, hasta llegar a un
punto de cota 170 m.s.n.m. (coordenada UTM 9686 km N y 729,5
km E), al Oeste de la naciente del río Sacha Algodón.
POR EL SUR.- Limita con el distrito de Mazan.
Del último punto mencionado, el límite continúa en dirección
Sur-Oeste, por la naciente de la quebrada Yanayacu, hasta cruzar
el río Napo, en un punto de coordenada UTM 9654,8 km N y 707
km E.
POR EL SUR–OESTE.- Limita con los distritos de Mazan,
Alto Nanay y la provincia de Loreto.
Del último punto mencionado, el límite continúa en dirección
Nor-Oeste, por la divisoria de aguas de los ríos Napo y Mazan;

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