El MEF y la deuda agraria

Por José Luis Sardón (*)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), preocupado como está por la competitividad del país, debe proceder a pagar la deuda pendiente que el Estado tiene con quienes sufrieron la confiscación de sus tierras por obra del Decreto Ley 17716, Ley de Reforma Agraria, de 1969. No hacerlo implica desconocer lo resuelto por el Tribunal Constitucional, en sendas resoluciones del 2001 y del 2004, y sentar un precedente nefasto que puede dar pie a confiscaciones similares en el futuro. Si se quiere que el Perú gane atractivo como plaza de inversión, el MEF debe dejar claro que aquí se respeta el Estado de derecho.

En 1995, la Ley 26505, Ley de Tierras, le puso punto final a la reforma agraria, al establecer que no hay límite a la extensión de la propiedad agrícola en el Perú. Lamentablemente, la Constitución de 1993 había dejado entreabierta la posibilidad de que la ley fijara este límite; peor aun, la Constitución de 1979 había consagrado antes los conceptos equivocados de la reforma agraria. Por tal razón, el renacimiento del agro no empezó con el fin del gobierno militar y el retorno a la democracia en 1980 sino recién en 1996, luego de la promulgación de esta ley.

En estos años, los avances conseguidos han sido notables: en la agroindustria y en la agricultura tradicional se han registrado incrementos considerables en la producción, como consecuencia del retorno de la iniciativa y de la inversión privadas. En las regiones de La Libertad e Ica, especialmente, ello se ha traducido en niveles de pleno empleo.

Sin embargo, la vigencia del derecho de propiedad en el agro no termina de consolidarse, por cuanto el Estado aún no paga la deuda que tiene con los tenedores de los bonos de la reforma agraria, cuyo valor fue licuado por la inflación 1973-1990. Lo increíble es que esto ocurre a pesar de que una ley y dos resoluciones del Tribunal Constitucional ordenan dicho pago. En el 2000, mediante el...

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