1986 611-2004/MINSA - Establecen procedimiento para la adquisición de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales
Fecha de publicación | 18 Junio 2004 |
Fecha de disposición | 18 Junio 2004 |
Pág. 270860
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 18 de junio de 2004
Aprueban Norma Técnica Nº 010-
MINSA/INS-V.01, "Lineamientos de Nu-
trición Infantil"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 610-2004/MINSA
Lima, 15 de junio del 2004
Visto el Oficio Nº 2527-2003-J-OPD/INS, del Instituto
Nacional de Salud;
CONSIDERANDO:
Que dentro de los lineamientos de la política del Sector
para el período 2002-2012, se encuentran como objetivos
estratégicos, la promoción de la salud, la educación para
la mejora de la alimentación de calidad, la reducción de la
morbi-mortalidad infantil, la atención integral de la salud y
la democratización de la salud , principalmente en los sec-
tores más pobres;
Que la nutrición infantil, en relación con la salud, es
materia de atención prioritaria por el Sector, pues según
los datos de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud
2000, la anemia nutricional afecta a más del 49% de la po-
blación infantil menor a 5 años y, la desnutrición crónica o
retardo en el crecimiento infantil afecta en un 25.4% a la
población menor de 5 años;
Que en tal sentido, el Centro Nacional de Alimentación
y Nutrición (CENAN) del Instituto Nacional de Salud, ha
elaborado la Norma Técnica: " Lineamientos de Nutrición
Infantil", cuya finalidad es desarrollar las actividades edu-
cativas orientadas al cambio de comportamiento alimenta-
rio y nutricional del niño y niña menor de 24 meses, para
contribuir con la recuperación o mantenimiento de su ade-
cuado estado nutricional;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Sa-
lud, la Dirección General de Salud de las Personas y la
Dirección General de Promoción de la Salud;
Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí-
dica;
Con la visación del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artí-
culo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica Nº 010-MINSA/
INS - V.01: "Lineamientos de Nutrición Infantil", que forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Establecer que el Instituto Nacional de
Salud, a través del Centro Nacional de Alimentación y Nu-
trición (CENAN), la Dirección General de Salud de las Per-
sonas y la Dirección General de Promoción de Salud, son
responsables de la difusión e implementación de la men-
cionada Norma Técnica.
Artículo 3º.- Disponer que las Direcciones de Salud, a
nivel nacional, son responsables del cumplimiento de la
citada Norma Técnica en el ámbito de su jurisdicción.
Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comuni-
caciones la publicación de dicha Norma Técnica en la pá-
gina web del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
11487
Establecen procedimiento para la
adquisición de medicamentos no
considerados en el Petitorio Nacional
de Medicamentos Esenciales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 611-2004/MINSA
Lima, 15 de junio del 2004
Visto el Oficio Nº 2275-2003-DG-URM-DEAUM-DIGE-
MID/MINSA y Oficio Nº 331-2004-DG-URM-DEAUM-DIGE-
MID/MINSA que adjunta el Informe Técnico sobre situacio-
nes especiales que justifican la adquisición de medicamen-
tos no considerados en el Petitorio Nacional de Medica-
mentos Esenciales emitido por la Dirección General de
Medicamentos, Insumos y Drogas; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 1028-2002- SA/
DM del 21 de junio del 2002 se aprobó el Petitorio Nacional
de Medicamentos Esenciales, disponiéndose que las Di-
recciones de Salud, hospitales, institutos especializados
realicen sus adquisiciones de medicamentos en el marco
del Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 181-99-SA/DM
del 9 de abril de 1999, se establecieron las situaciones
especiales que justificaban la prescripción y adquisición
de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional
de Medicamentos Esenciales, indicándose el procedimiento
a realizarse;
Que de acuerdo a lo expresado en el Informe Técnico
emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insu-
mos y Drogas-DIGEMID, existen situaciones especiales no
contempladas en la Resolución Ministerial Nº 181-99-SA/
DM, las cuales justifican que otros medicamentos no in-
cluidos en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esencia-
les puedan ser adquiridos y usados;
Que es necesario garantizar que la adquisición y uso
de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional
de Medicamentos Esenciales, no propicie un consumo irra-
cional de los mismos;
Con la visación del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el literal l) del
artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Sa-
lud, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supre-
mo Nº 013-2002-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Las Direcciones de Salud, hospitales e
institutos especializados podrán adquirir medicamentos no
considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos
Esenciales en casos debidamente justificados y únicamente
de acuerdo al procedimiento contenido en los artículos que
se indican en la presente resolución.
Artículo 2º.- Los Comités Farmacológicos de las Direc-
ciones de Salud, hospitales e institutos especializados,
evaluarán y aprobarán las solicitudes de adquisición de
medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de
Medicamentos Esenciales presentadas por uno o más pres-
criptores de los establecimientos de salud o por el profe-
sional Químico Farmacéutico, responsable de la Dirección
de Medicamentos, Departamento o Servicio de Farmacia,
según corresponda, quienes no deberán tener vínculo di-
recto o indirecto con alguna empresa farmacéutica. La so-
licitud deberá ser presentada de acuerdo al formato conte-
nido en el Anexo Nº 01, el cual forma parte integrante de la
presente resolución, para los siguientes casos debidamente
justificados:
a) Reacción adversa que determine la suspensión del
medicamento en el paciente e inexistencia de otra alterna-
tiva en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales;
b) Falla terapéutica y carencia de alternativa en el Peti-
torio Nacional de Medicamentos Esenciales;
c) Enfermedad o situación clínica no cubierta por los
medicamentos del Petitorio Nacional de Medicamentos
Esenciales;
d) Contraindicaciones a todas las alternativas que se
disponen en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esen-
ciales; y,
e) Necesidad de una vía de administración alterna no
considerada en el Petitorio Nacional de Medicamentos
Esenciales.
Las Direcciones de Medicamentos, Departamentos y
Servicios de Farmacia de las Direcciones de Salud, hospi-
tales e institutos especializados, según corresponda, se-
rán responsables de solicitar la adquisición de los medica-
mentos autorizados para su compra al amparo de la pre-
sente resolución y elaborar el informe bimestral utilizando
el formato indicado en el Anexo Nº 02, el cual forma parte
integrante de la presente resolución, adjuntando como sus-
tento copia de la solicitud contenida en el Anexo Nº 01,
debidamente aprobada.
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