DECRETO DE ALCALDIA N° 005-2012-MDSL - Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito
Fecha de disposición | 20 Abril 2012 |
Fecha de publicación | 20 Abril 2012 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 20 de abril de 2012
464600
continuidad y sostenibilidad del Programa, declarado como
de interés público local en el artículo 1º de la presente
Ordenanza.
Segunda.- Otórguese un plazo de 180 días a la
Gerencia de Desarrollo Social para la presentación
del Plan de Desarrollo Social del Distrito en el cual se
incluya el Estudio técnico de nuevas zonas vulnerables
y con gran índice de desnutrición para la Evaluación y
posterior ejecución de la Etapa de Crecimiento sostenible
y la posibilidad de adecuación y/o construcción de nuevos
locales o Comedores en benefi cio de la población.
Regístrese comuníquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
777933-1
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Disponen el embanderamiento general
de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2012-MDSL
San Luis, 16 de abril de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN LUIS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 17023 de fecha 23 de mayo de
1968 el Congreso de la República aprobó la Creación en la
ciudad de Lima del distrito de San Luis;
Que, teniendo en cuenta que el próximo 23 de mayo
se conmemora el 44º Aniversario de Creación Política
del Distrito de San Luis, acontecimiento que por su
trascendencia merece ser recordado por todos los vecinos
y moradores de nuestro distrito;
Que, en consecuencia corresponde disponer el
Embanderamiento General del distrito, a partir del 01
hasta el 31 de mayo del año en curso, a manera de
reconocimiento, gratitud y homenaje, por celebrarse un
aniversario más del distrito;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento
General de todos los inmuebles del distrito de San Luis,
a partir del 01 hasta el 31 de mayo del año en curso, con
carácter obligatorio, en homenaje al 44º Aniversario de
Creación Política del Distrito de San Luis.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Imagen y Participación Vecinal y, a la Gerencia de Servicios
a la Ciudad, su observancia, difusión y cumplimiento.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICARDO CASTRO SIERRA
Alcalde
777882-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Aprueban Reglamento de Subasta
Pública para la Venta de Bienes
Inmuebles de Dominio Privado de
Propiedad de la Municipalidad Distrital
de San Miguel
San Miguel, 13 de abril de 2012
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
POR CUANTO:
El concejo municipal, en sesión ordinaria celebrada en
la fecha;
VISTOS, el memorando Nº 194-2012-GM/MDSM
emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 081-2012-
GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y
el informe Nº 38A-2012-SGCP-GAF/MDSM emitido por la
Subgerencia de Control Patrimonial, y;
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto por el artículo 191º de la
Constitución Política del Perú modifi cado por ley Nº 27680,
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos
constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme
a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las
Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes
a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra
norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar
debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice”
y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de
existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a
rectifi carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser
remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
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