ORDENANZA Nº 240-MDS - Aprueban Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo en la Municipalidad de Surquillo para el Año Fiscal 2011

Fecha de disposición16 Abril 2010
Fecha de publicación16 Abril 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 16 de abril de 2010 417271
autoridad y requisitos mínimos de los cargos dentro
de la Estructura Orgánica de cada dependencia de la
Municipalidad de Cieneguilla, el mismo que forma parte
integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- DEROGAR, todas las normas que
se opongan a la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- DISPONGASE la actualización
y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal –
CAP y demás documentos de gestión necesarios para la
implementación y ejecución de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento de
la presente ordenanza a la Gerencia Municipal y demás
órganos municipales para que adopte las acciones
administrativas que garantice la difusión e implementación
del Manual de Organización y Funciones.
Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la
presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano,
en la Página Web de la Municipalidad de Cieneguilla
(www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.
serviciosalciudadano.gob.pe) en estos últimos el íntegro
del texto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MANUEL SCHWARTZ R.
Alcalde
481201-2
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Aprueban Ordenanza que regula el
Proceso del Presupuesto Participativo
en la Municipalidad de Surquillo para
el Año Fiscal 2011
ORDENANZA Nº 240-MDS
Surquillo, 13 de abril de 2010.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO:
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria
de la fecha, de conformidad con el Dictamen N° 003-
2010-CAPP-CM-MDS de la Comisión de Administración,
Planeamiento y Presupuesto, estando a lo dispuesto
por los artículos 197º y 199º segundo párrafo de la
Constitución Política, la Ley 27783 – Ley de Bases de la
Descentralización y sus modificatorias, la Ley Nº 27972
- Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias,
la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto
Participativo y sus modificatorias, el Decreto Supremo
Nº 171-2003-EF - Reglamento de la Ley Nº 28056, así
como el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado por
Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 del Ministerio
de Economía y Finanzas, con el voto unánime de los
miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite
de aprobación de actas, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO
DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN LA
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO PARA EL AÑO
FISCAL 2011
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto de la Norma.- La presente
Ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos
y procedimientos para la participación y concertación
entre las autoridades de la Municipalidad Distrital de
Surquillo y las organizaciones de la sociedad civil del
distrito debidamente representadas hacia la formulación
del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de
Surquillo para el Ejercicio Fiscal 2011.
Artículo 2º.- Premisas del Proceso Presupuestario.-
Para los efectos del debido cumplimiento de la presente
Ordenanza, los agentes participantes deben tomar en
cuenta el Plan Integral de Desarrollo Concertado del
Distrito, priorizando los proyectos que apunten a una mayor
rentabilidad social y ref‌l ejando de manera efectiva los
compromisos y aportes de la población y de los diferentes
organismos públicos y privados presentes en el proceso,
mejorando así la ef‌i ciencia en la asignación y ejecución de
los recursos públicos, el aumento de la competitividad local
y la superación de la pobreza.
Artículo 3º.- Normas especiales aplicables.-
Constituyen normas de aplicación complementaria a las
previstas en la presente Ordenanza, las disposiciones
contenidas en la Ley Nº 28056, Ley Marco del
Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Asimismo,
rigen supletoriamente las recomendaciones contenidas
en el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado
por Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 del
Ministerio de Economía y Finanzas y cualquier otra
norma que dicho Organismo emita posterior a la dación
de la presente Ordenanza.
CAPÍTULO II
REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES
Artículo 4º.- Identificación y Registro de Agentes
Participantes.- Para los fines de la presente Ordenanza,
la Municipalidad de Surquillo, a través del Programa
de Participación Vecinal, abre un Registro para la
participación ciudadana en el proceso participativo de
las organizaciones de la Sociedad Civil que comprende
a las organizaciones sociales de base territorial o
temática, así como a Organismos e Instituciones
Privadas dentro del ámbito local conforme el siguiente
detalle:
4.1 Son organizaciones sociales de base territorial
o temática aquellas cuyos miembros residen dentro del
ámbito local, tales como juntas
y
comités vecinales, clubes
de madres, comedores populares, comités de vaso de
leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones
de mujeres, de jóvenes, de trabajadores ambulantes, las
mesas de concertación
y
cualquier otra agrupación social
representativa en la localidad, debidamente inscrita en el
RUOS de la Municipalidad.
4.2 Son organismos e instituciones privadas las
organizaciones, instituciones y demás entidades privadas
promotoras del desarrollo, tales como universidades,
colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones
no gubernamentales de desarrollo, cámara de comercio,
asociaciones o gremios empresariales, laborales, de
productores o comerciantes, organismos de cooperación
técnica internacional, fundaciones, iglesia, partidos políticos,
entre otras, con presencia en la jurisdicción, debidamente
inscritas en los Registros Públicos.
Artículo 5º.- Agrupación de Agentes Participantes.-
Los Agentes participantes se agrupan en dos niveles:
5.1 Agentes Participantes con Voz y Voto
a) El Alcalde.
b) Los Regidores del Concejo Municipal Distrital.
c) Los Miembros del Concejo de Coordinación Local
Distrital de la Sociedad Civil
d) Representantes de las organizaciones de la
Sociedad Civil del Distrito debidamente inscritos en el Libro
de Agentes Participantes.
e) Representantes de las Instituciones Públicas que
desarrollen acciones en la jurisdicción
5.2 Agentes Participantes con voz pero sin Voto.
Los miembros del equipo Técnico.
Artículo 6º.- Requisitos para la Inscripción en
el Proceso.- Son requisitos para la inscripción de las
organizaciones:

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