ORDENANZA Nº 415-MDMM - Establecen la obligación de las constructoras a cubrir el registro visual de las instalaciones sanitarias, eléctricas y otras que colinden con propiedad de terceros y la vía pública
Fecha de disposición | 27 Octubre 2009 |
Fecha de publicación | 27 Octubre 2009 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 27 de octubre de 2009
405144
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE MADRE DE DIOS
Aprueban Cuadro para Asignación
de Personal 2009 y el Manual de
Organización y Funciones 2009,
correspondiente al Proyecto Especial
Madre de Dios
ORDENANZA REGIONAL
Nº 030-2009-GRMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre
de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 25 de
septiembre del año 2009, aprobó la siguiente Ordenanza
Regional.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa, teniendo por misión
organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo
a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas
en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la
contribución al desarrollo integral y sostenible de la región.
Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de
normar la organización del Gobierno Regional a través de
las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso
a), del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar, modifi car
o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos
y materias de competencia y funciones del Gobierno
Regional; así mismo es facultad del Consejo Regional
aprobar los Documentos de Gestión; Estructura Orgánica,
Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para
Asignación de Personal del Gobierno Regional de Madre
de Dios, en armonía con el artículo 38 de la misma Ley;
Que, mediante Ofi cio Nº 061-2009-GOREMAD-2101/
GG, el Gerente General del Proyecto Especial Madre de
Dios, remite la propuesta actualizada del Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Organización
y Funciones (MOF) de la mencionada institución con la
fi nalidad de que sea materia de análisis en Sesión del
Consejo Regional.
Que, mediante Informe Legal Nº 733-2009-GOREMAD/
ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite
opinión favorable, considera coherente los documentos
de gestión y opina favorablemente, para la emisión de la
presente ordenanza, indicando además que es procedente
legalmente su aprobación, al encontrarse elaborados en
concordancia con la normatividad vigente.
Que, los documentos de gestión son aprobados
mediante Ordenanzas Regionales de conformidad a
lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2004-
PCM, teniendo en consideración el cumplimiento de los
dispositivos vigentes, establecidos con la fi nalidad de
dinamizar el proceso funcional de los órganos ejecutivos
del Gobierno Regional de Madre de Dios, constituyendo
documentos importantes para su propósito el Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Organización
y Funciones (MOF).
Que, mediante Dictamen Nº 011-2009-GOREMAD/
CPFTPEPYME, la Comisión de Presupuesto, Fiscalización,
Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro
Empresa del Consejo Regional, emite opinión favorable
para su debate y correspondiente aprobación del
mencionado proyecto.
Que, el Consejo Regional en pleno, en sesión ordinaria,
luego del análisis y debate correspondiente, con el voto
por mayoría de los Consejeros Regionales ha considerado
necesario aprobar el Dictamen referido precedentemente.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las
facultades conferidas por la Constitución Política del Perú;
sus modifi catorias.
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR, los documentos de
gestión denominado Cuadro para Asignación de Personal
(CAP) 2009 y el Manual de Organización y Funciones
(MOF) 2009, correspondientes al Proyecto Especial Madre
de Dios, los mismos que en anexo forman parte de la
presente ordenanza regional.
Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto legal alguno,
toda disposición regional en cuanto se contraponga a lo
dispuesto en la presente ordenanza regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de
Secretaria del Consejo Regional de Madre de Dios, la
publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario
Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno
Regional de Madre de Dios.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Madre de Dios para su promulgación.
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veintiocho
días del mes de septiembre del año dos mil nueve.
MANUEL J. HERRERA MENDOZA
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios,
a los dos días del mes de octubre del año dos mil nueve.
SANTOS KAWAY KOMORI
Presidente Regional
414213-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Establecen la obligación de las
constructoras a cubrir el registro
visual de las instalaciones sanitarias,
eléctricas y otras que colinden con
propiedad de terceros y la vía pública
ORDENANZA Nº 415-MDMM
Magdalena del Mar, 7 de octubre de 2009
LA ALCALDESA DEL DISTRITO
DE MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 19; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 88º de la ley acotada, señala que
corresponde a las municipalidades provinciales y distritales
dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de
la propiedad inmueble en armonía con el bien común.
Concordante con ello está lo dispuesto en su artículo 90º
que indica que la construcción, reconstrucción, ampliación,
modifi cación o reforma de cualquier inmueble, se sujeta al
cumplimiento de los requisitos que establezcan la Ley, el
Reglamento Nacional de Construcciones y las ordenanzas
o reglamentos sobre seguridad de Defensa Civil, y
otros organismos que correspondan, para garantizar la
salubridad y estética de la edifi cación;
Que, la administración municipal ha constatado que en
los proyectos de edifi cación que se realizan en el distrito
de Magdalena de Mar se viene colocando las montantes
de Instalaciones sanitarias (agua, desagüe y otros)
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