02 452 - Aprueban modificación parcial de sección vial de la Avenida Tomás Marsano en su intersección con el Intercambio Vial "Ovalo Los Cabitos"

Fecha de disposición15 Diciembre 2002
Fecha de publicación15 Diciembre 2002
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 15 de diciembre de 2002 AÑO XX - Nº 8211 Pág. 235127
SUMARIO
"AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL"
DIARIO OFICIAL
Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 27879.- Ley del Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2003 235128
Ley Nº 27880.- Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2003 235139
Ley Nº 27881.- Ley de Endeudamiento del Sector Público para
el Año Fiscal 2003 235142
Ley Nº 27882.- Ley que autoriza un Crédito Suplementario en
el Presupuesto del Sector Público a favor del Ministerio de Eco-
nomía y Finanzas, proveniente de la operación de
endeudamiento externo destinada a financiar el programa de
apoyo de emergencia a la zona sur afectada por el sismo
235145
Ley Nº 27883.- Ley que establece la transferencia de fondos
previsionales entre el sistema privado de pensiones y otros sis-
temas previsionales del exterior 235146
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
R.M. Nº 1150-2002-AG.- Autorizan viaje de representante del
Ministerio a Panamá para participar en reuniones del Grupo de
Negociación de Agricultura en el marco del ALCA 235146
DEFENSA
RR.SS. Nºs. 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203 y 204-DE/
MGP.- Ascienden a oficiales de la Marina de Guerra del Perú a
los grados de Vicealmirante y Contralmirante 235147
RR.SS. Nºs. 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214,
215, 216, 217, 218 y 219-DE/EP/CP-JAPE 1.- Ascienden a
oficiales del Ejército del Perú a los grados de General de Divi-
sión y General de Brigada 235150
RR.SS. Nºs. 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229-
DE/FAP-CP.- Ascienden a oficiales de la Fuerza Aérea del Perú
a los grados de Teniente General y Mayor General 235153
R.M. Nº 1806-DE/MGP.- Nombran oficial de la Marina de
Guerra a Colombia para participar como instructor en la Es-
cuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares 235155
RR.MM. Nºs. 1813, 1814 y 1815-DE/MGP.- Ascienden a ofi-
ciales de la Marina de Guerra del Perú a los grados de Capitán
de Navío, Capitán de Fragata y Capitán de Corbeta 235156
RR.MM. Nºs. 1816, 1817 y 1818-DE/EP/CP-JAPE 1.- As-
cienden a oficiales del Ejército del Perú a los grados de Coro-
nel, Teniente Coronel y Mayor, en su correspondiente Arma o
Servicio 235158
RR.MM. Nºs. 1819 y 1820-DE/FAP-CP.- Ascienden a oficia-
les de la Fuerza Aérea del Perú a los grados de Coronel, Co-
mandante y Mayor 235161
R.M. Nº 1821 DE/FAP-CP.- Otorgan Efectividad en el Grado,
con fecha 1 de enero de 2003, a Oficial Asimilado de la Fuerza
Aérea del Perú 235162
Res. Nºs. 639 y 640-DE/EP/CP-JAPE 1.- Ascienden a oficia-
les del Ejército del Perú a los grados de Teniente y Capitán, en
su correspondiente Arma o Servicio 235162
Res. Nºs. 1214 y 1225-2002-CGMG.- Ascienden a oficiales
de la Marina de Guerra del Perú a los grados de Teniente Se-
gundo y Teniente Primero 235165
Res. Nº 2267-CGFA-CP.- Asccienden a oficiales de la Fuer-
za Aérea del Perú a los grados de Capitán y Teniente
235167
Res. Nº 2268 CGFA-CP.- Otorgan Efectividad en el Grado,
con fecha 1 de enero de 2003, a Oficiales Asimilados de la
Fuerza Aérea del Perú 235168
SALUD
R.D. Nº 1228/2002/DIGESA/SA.- Prohíben fabricación,
importación o comercialización de harinas y mejoradores
de masa que contengan el aditivo bromato de potasio
235169
TRABAJO Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO
R.M. Nº 342-2002-TR.- Nombran Comisión de Transferencia
del Ministerio ante el Consejo Nacional de Descentralización
235169
R.M. Nº 343-2002-TR.- Aceptan renuncia de Director Regio-
nal de Trabajo y Promoción del Empleo del CTAR de Puno
235170
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 794-2002-MTC/02.- Autorizan viaje de inspector de
la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comi-
sión de servicios 235170
VIVIENDA
R.M. Nº 160-2002-VIVIENDA.- Aprueban Procedimiento para
Facilitar los trámites que siguen los Proyectos Habitacionales
ante los Gobiernos Locales y entidades prestadoras de servi-
cios públicos 235171
R.M. Nº 161-2002-VIVIENDA.- Amplían conformación de
la Comisión de Reestructuración de Deuda de los prestatarios
morosos del componente agrícola del Proyecto Especial
Binacional Puyango Tumbes 235174
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
CONTRALORÍA GENERAL
Res. Nº 293-2002-CG.- Autorizan contratación de servicio de
soporte técnico y actualización de versión de gestor de base de
datos mediante proceso de adjudicación de menor cuantía
235174
S B S
Res. SBS Nº 1182-2002.- Autorizan contratación de servicios
de mantenimiento de hardware y software de equipos Data
General mediante proceso de adjudicación de menor cuantía
235175
Res. SBS Nº 1293-2002.- Precisan que lo dispuesto en los artí-
culos 81º y 92º de la Ley Nº 26702, sobre restricciones para
ejercer el cargo de directores o gerentes, no es aplicable a em-
presas en proceso de fusión 235175
Pág. 235128
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 15 de diciembre de 2002
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY Nº 27879
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO
PARA EL AÑO FISCAL 2003
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PARA EL PROCESO
PRESUPUESTARIO DEL GOBIERNO NACIONAL,
GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES
Subcapítulo I
APROBACIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 1º.- Aprobación del Presupuesto Anual de
Gastos por niveles de Gobierno para el año fiscal 2003
Apruébase, en el marco de la Ley de Bases de la Descen-
tralización - Ley Nº 27783, el Presupuesto Anual de Gastos por
nivel de Gobierno Nacional, constituido por los Pliegos Pre-
supuestarios representativos de los Poderes Legislativo, Eje-
cutivo y Judicial, los Organismos Constitucionalmente Autóno-
mos, Instituciones Públicas Descentralizadas y Universidades
Públicas (Tomo I); por nivel de Gobierno Regional (Tomo II) y
por nivel de Gobierno Local (Tomo III), por la suma de CUA-
RENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES
SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 44 516 006 305,00), conforme al siguiente detalle:
A. Gobierno Nacional S/. 33 165 127 920
Descripción Anexo
-Distribución del Gasto del Gobierno Nacional por
Actividad y Proyecto y Grupo Genérico de Gasto A-J
B. Gobiernos Regionales S/. 9 597 878 385
Descripción Anexo
-Distribución del Gasto de los Gobiernos Regionales
por Actividad y Proyecto y Grupo Genérico de Gasto K-Q
C. Gobierno Local S/. 1 753 000 000
Descripción Anexo
-Distribución de las transferencias por el Fondo de
Compensación Municipal R
-Distribución de las transferencias por el Programa del
Vaso de Leche S
Artículo 2º.- Aprobación del Presupuesto Anual de
Ingresos por Fuentes de Financiamiento de la Ley Anual
de Presupuesto
Apruébase el Presupuesto Anual de Ingresos por Fuen-
tes de Financiamiento del Gobierno Nacional, Gobiernos
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INDECOPI
Res. Nº 063-2002/CDS-INDECOPI.- Se da por concluido el
procedimiento de investigación sobre la aplicación de derechos
antidumping a las importaciones de aceite vegetal refinado de
soya, girasol y sus originarias y/o procedentes de la República
Argentina, destinadas a la Región Oriente del Perú 235176
Res. Nº 065-2002/CDS-INDECOPI.- Se declara infundada la
solicitud presentada por Cal Minera S.A. y Calera Cut Off S.A.C.
para la aplicación de derechos antidumping definitivos sobre
las importaciones de cal viva originarias de la República de
Chile 235177
RR. Nºs. 0129 y 0130-2002/INDECOPI-CRT.- Aprueban
Normas Técnicas sobre calderas industriales, gas natural seco,
gestión ambiental, petróleo, cementos, alimentos para anima-
les, joyería, orfebrería y unidades de albañilería 235177
Res. Nº 013863-2002/OSD-INDECOPI.- Delegan diversas
funciones referidas a solicitudes de registro de marcas y otros
en la Oficina Descentralizada del INDECOPI con sede en el
departamento de Arequipa 235179
INEI
R.J. Nº 369-2002-INEI.- Aprueban Directiva sobre "Normas
y Procedimientos para la evaluación del Plan Estadístico Na-
cional de Corte Plazo para el Año 2002" 235180
INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Res. Nº 466-2002-PE/IPD.- Declaran nulidad de proceso de
adjudicación directa selectiva para la supervisión de la obra
"Construcción de Campo de Fútbol y Pista Atlética del Estadio
IPD - Moyobamba" 235183
OSIPTEL
Res. Nº 443-2002-GG/OSIPTEL.- Aprueban Acuerdo de
Interconexión celebrado entre BellSouth Perú S.A. y Tim Perú
S.A.C. 235183
Res. Nº 444-2002-GG/OSIPTEL.- Aprueban acuerdo de
interconexión suscrito entre BellSouth Perú S.A. y Telefónica
Móviles S.A.C. 235184
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanzas Nºs. 437, 438, 439, 440, 441, 442, 444, 450 y
451.- Modifican Planos de Zonificación General de los Usos
del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, correspon-
dientes a los distritos de Chaclacayo, Ate-Vitarte y San Miguel
235185
Ordenanza Nº 452.- Aprueban modificación parcial de sec-
ción vial de la avenida Tomás Marsano en su Intersección con
el intercambio Vial "Óvalo Los Cabitos" 235190
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza Nº 036-2002-MDI.- Establecen Reglamento para
la Venta de Emoliente y Productos Complementarios en el dis-
trito 235191
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Acuerdo Nº 109-2002/MDS.- Aprueban Presupuesto Institu-
cional de Apertura correspondiente al ejercicio fiscal 2003
235193
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONOBAMBA
R.A. Nº 021-2002-AL/MDM.- Declaran procedente en parte
recurso de reclamación presentado por EDEGEL S.A.A. con-
tra la resolución de determinación Nº 025-02-MDM 235193
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RICARDO PALMA
R.A. Nº 088-2002-MDRP-H/L.- Aprueban regularización de
habilitación urbana ejecutada sobre terreno de propiedad del
Colegio de Abogados de Lima 235193
Pág. 235129
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 15 de diciembre de 2002
Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma
de CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISÉIS
MILLONES SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 44 516 006 305,00), que constituye
el financiamiento del Presupuesto Anual de Gastos esta-
blecido en el artículo 1º, conforme al detalle siguiente:
Fuente de Financiamiento S/.
Recursos Ordinarios 29 348 000 000
Canon y Sobrecanon 449 666 637
Participación en Rentas de Aduanas 130 700 000
Contribuciones a Fondos 952 433 614
Fondo de Compensación Municipal 1 397 000 000
Recursos Directamente Recaudados 2 648 546 292
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno 1 844 836 000
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo 6 229 987 403
Donaciones y Transferencias 90 836 359
Recursos por Privatización y Concesiones 1 424 000 000
TOTAL: S/. 44 516 006 305
Artículo 3º.- Aprobación del Presupuesto Anual de
Gastos del Gobierno Central e Instancias Descentrali-
zadas
Apruébase de conformidad con el artículo 77º de la
Constitución Política del Perú, el Presupuesto Anual de
Gastos del Gobierno Central e Instancias Descentrali-
zadas, ascendente a la suma de CUARENTA Y CUA-
TRO MIL QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES SEIS MIL
TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
44 516 006 305, 00) para el período comprendido entre el 1
de enero y el 31 de diciembre del año fiscal 2003, de acuer-
do a la estructura y montos siguientes:
SECCIÓN PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL S/. 25 648 880 437
- Gastos Corrientes 12 854 147 822
- Gastos de Capital 3 044 466 615
- Servicio de la Deuda 9 750 266 000
SECCIÓN SEGUNDA: INSTANCIAS S/. 18 867 125 868
DESCENTRALIZADAS
- Gastos Corrientes 11 677 826 558
- Gastos de Capital 6 995 826 146
- Servicio de la Deuda 193 473 164
TOTAL: S/. 44 516 006 305
La desagregación por Pliego Presupuestario de los mon-
tos arriba señalados, se detalla en el Tomo IV conforme a
lo siguiente:
Descripción Anexo
-Gasto por Fuentes de Financiamiento y Grupo Genérico
de Gasto 1
-Distribución Institucional del Gasto por Fuente de
Financiamiento 2 - 2C
Artículo 4º.- Aprobación del Presupuesto Institucio-
nal de Apertura
4.1 El Titular del Pliego aprueba mediante la resolu-
ción correspondiente el Presupuesto Institucional
de Apertura antes de iniciado el año fiscal, salvo
el caso de los Gobiernos Regionales, quienes ten-
drán hasta el 10 de enero de 2003 para aprobar y
remitir la información correspondiente.
Para tal efecto, la Dirección Nacional del Presu-
puesto Público remite a los Pliegos Presupuesta-
rios, antes del inicio del año fiscal, el desagrega-
do del Presupuesto de Ingresos al nivel de Pliego
y de Egresos por Unidad Ejecutora, Función, Pro-
grama, Subprograma, Actividad, Proyecto, Cate-
goría de Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Fuen-
te de Financiamiento, resultante del proceso de
formulación y aprobación de la Ley Anual de Pre-
supuesto, con excepción de los Gobiernos Loca-
les, sus empresas y sus Organismos Públicos
Descentralizados, y las entidades señaladas en
los artículos 30º y 31º de la presente Ley.
4.2 Copia de la resolución a que se refiere el primer
párrafo del numeral precedente, se presenta den-
tro de los cinco (5) días hábiles siguientes de apro-
bada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
General de la República del Congreso de la Re-
pública, a la Contraloría General de la República
y a la Dirección Nacional del Presupuesto Públi-
co.
4.3 Las Municipalidades Provinciales y Distritales
consideran en la aprobación de sus respectivos
Presupuestos Institucionales, los Recursos Pú-
blicos correspondientes al Fondo de Compensa-
ción Municipal y el Programa del Vaso de Leche
que están detallados en los Anexos R y S, res-
pectivamente, mencionados en el artículo 1º de
la presente Ley.
Subcapítulo II
EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 5º.- Normas Generales para la Ejecución
del Gasto Público
5.1 Los Pliegos Presupuestarios, bajo responsabili-
dad, sujetan la ejecución del gasto a sus respec-
tivos Presupuestos Institucionales, a las Asigna-
ciones Trimestrales de Gastos, y a los montos
máximos de egresos establecidos en los Calen-
darios de Compromisos aprobados por la Direc-
ción Nacional del Presupuesto Público. La reali-
zación de gastos por encima de los citados Ca-
lendarios conllevará la responsabilidad a que hu-
biera lugar del Titular del Pliego y del funcionario
que aprobó tal acción.
5.2 Los actos administrativos o de administración que
generen gastos, deberán contar necesariamente
con el financiamiento aprobado en el Presupues-
to del Pliego, conforme a la presente Ley, que-
dando prohibido que dichos actos condicionen su
aplicación a la asignación de mayores recursos a
los considerados en la presente Ley, bajo sanción
de nulidad y responsabilidad del Titular del Pliego
y de la persona que autoriza el acto.
5.3 Las asignaciones presupuestarias aprobadas por
las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales deben orientar-
se al cumplimiento de los objetivos de los Proyec-
tos y Actividades que la Entidad se ha propuesto
para el año 2003, conforme a lo aprobado en la
presente Ley.
5.4 Los montos asignados al Gobierno Nacional y a
los Gobiernos Regionales mediante los Calenda-
rios de Compromisos, con cargo a los recursos
públicos, son comprometidos presupuestalmente
en el mes correspondiente. Excepcionalmente, los
saldos no comprometidos podrán ser atendidos
en los Calendarios de Compromisos de los me-
ses posteriores, previa justificación ante la Direc-
ción Nacional del Presupuesto Público y con car-
go a la Asignación Trimestral de Gasto aprobada
al Pliego. La Dirección Nacional del Presupuesto
Público podrá ampliar esta última asignación tri-
mestral, siempre y cuando se encuentre debida-
mente justificada por la Entidad.
5.5 Los conceptos contenidos en los Clasificadores
Presupuestarios son utilizados única y exclusiva-
mente para fines de registro presupuestario y no
generan derechos ni obligaciones en su aplica-
ción.
5.6 Es responsabilidad exclusiva del Titular de la en-
tidad y de los funcionarios que lo autoricen, que
la ejecución del gasto público se efectúe de acuer-
do a la normatividad vigente, en el marco del Prin-
cipio de Legalidad, debiendo la Contraloría Gene-
ral de la República y el órgano de control de la
entidad, en el marco del Sistema Nacional de
Control, verificar la legalidad del gasto realizado
por la entidad.
5.7 Los proyectos de inversión pública, cualquiera sea
su Fuente de Financiamiento, que ejecuten las en-
tidades y empresas bajo el ámbito del Sistema
Nacional de Inversión Pública, deberán observar
obligatoriamente los procedimientos establecidos
en la normatividad vigente, para obtener su de-
claración de viabilidad como requisito previo a su
programación y ejecución.
En el marco de lo antes señalado, los Gobiernos
Regionales con acuerdo de sus Consejos Regio-
nales, quedan facultados para evaluar y declarar
la viabilidad de los proyectos de inversión pública

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