Luces y Sombras en el régimen de la Publicidad del Código de Protección y Defensa del Consumidor

AutorGustavo Rodríguez García
CargoAbogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas103-112
Luces y Sombras en el régimen de la Publicidad del
Gustavo Rodríguez García
103Círculo de Derecho Administrativo
La asunción principal del sistema de protección
al consumidor es que una de las partes de la
relación de consumo -el consumidor- se encuentra
en una situación de asimetría informativa frente a
los proveedores de productos y servicios. Dicha
asimetría se produce dado que es factible asumir
que los proveedores tienen mayor información
sobre su propio producto o servicio que el
consumidor. De esta forma, la superación de la
asimetría informativa se convierte en la principal
tarea de una normativa de protección de los
consumidores.
No solamente es razonable asumir que los
proveedores cuentan con mayor información que
los consumidores sobre los productos o servicios
que éstos ofrecen. Además, debe considerarse
que la adquisición de información es una
actividad costosa. En un mercado competitivo,
los proveedores desean que los consumidores
reconozcan los atributos positivos correspondientes
a la oferta propia. Como no es factible asumir que los
consumidores conocen de antemano estos atributos
positivos -y la búsqueda de información implica un
costo para el consumidor- los proveedores revelan
a los consumidores la información que consideran
valiosa mediante diversos mecanismos. Uno de los
más importantes de revelación de información en el
mercado es la publicidad.
* Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Propiedad Intelectual por la Universidad Austral de Argentina.
Actualmente se desempeña como Abogado Asociado Senior en Benites, Forno, Ugaz & Ludowieg, Andrade Abogados. Profesor
de Análisis Económico del Derecho y Derecho de la Propiedad Intelectual. Miembro de la Asociación Peruana de la Propiedad
Industrial y Derecho de Autor (APPI) y de la Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual (ASIPI).
1 Averitt, Neil W. y Lande, Robert H.us. “Consumer Sovereignity: a unified theory of antitrust and consumer protection law”, Antitrust
Law Journal, Vol. 65, Verano 1997.
Luces y Sombras en el régimen de la Publicidad del
Gustavo Rodríguez García*
SUMILLA
En el presente artículo, el autor analiza algunos aspectos relativos al régimen de publicidad contenido
en el Código de Protección y Defensa de los Consumidores. Así, se desarrollan aspectos como la
Publicidad dirigida a menores de edad, la adecuación social de los anuncios publicitarios y las posibles
compatibilidades y contradicciones entre los términos contractuales y el contenido informativo de la
Publicidad. De esta forma, quedan reveladas ciertas luces y sombras a propósito del tratamiento normativo
de la publicidad en el referido Código.
A medida que el consumidor requiere de mayor
especialización o de un contacto más directo con el
producto, la publicidad se vuelve más importante,
porque permite revelar atributos no evidentes para
el consumidor. Garantizar que el consumidor
pueda adoptar decisiones de consumo informadas
es imprescindible para asegurar la observancia
del principio de soberanía del consumidor en el
mercado, es decir, el ejercicio libre y mínimamente
informado del derecho a elegir1.
Desde luego, la publicidad puede ser empleada
como vehículo para transmitir información
exacta sobre determinado producto o servicio,
o para divulgar información falsa o engañosa.
Por supuesto, identificar el carácter inexacto o
falso de cierta información implica una tarea
de análisis, a partir de ciertos criterios, de la
publicidad emitida. A priori, no hay medida más
perniciosa para el consumidor que aquella que
prohíbe o limita la actividad publicitaria. Una
limitación de este tipo tiene el efecto directo de
restringir la cantidad de información disponible
para el consumidor conduciendo a estos hacia
decisiones de consumo a ciegas. Dado que, no
toda publicidad genera un efecto negativo, es
mejor reservar la intervención legal para aquellos
casos en los que se verifique la revelación de
información incorrecta.

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