RESOLUCION Nº 10650-2008 - Autorizan a los liquidadores del Banco República en Liquidación y ORION Corporación de Crédito Banco en Liquidación, para que celebren Contrato de Mandato con Representación

Fecha de disposición07 Noviembre 2008
Fecha de publicación07 Noviembre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 7 de noviembre de 2008
383008
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Nuestra Gente, de trasladar su Agencia ubicada
en la Av. Alfredo Mendiola Nº 3261 - 3263 a la Av. Alfredo
Mendiola Nº 3581 - 3583 Mz. CH Lt. 03, ambas ubicadas
en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de
Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la autorización del
traslado solicitado;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Microf‌i nanciera “A”, mediante el Informe Nº
221-2008-DEM “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 775-2008; y,
en uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Nuestra Gente, el traslado de su Agencia ubicada
en la Avenida Alfredo Mendiola Nº 3261 - 3263 del distrito
de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, a su
nueva ubicación, sito en la Avenida Alfredo Mendiola
Nº 3581 - 3583 Mz. CH Lt. 03 del distrito de Los Olivos,
provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO CISNEROS SALAS
Superintendente Adjunto de Banca y Microf‌i nanzas
274528-1
Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Nuestra Gente la conversión
de oficina especial ubicada en el
departamento de Cajamarca, en Agencia
RESOLUCIÓN SBS Nº 10585-2008
Lima, 23 de octubre de 2008
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Nuestra Gente para la conversión de la Of‌i cina
Especial ubicada en el distrito y provincia de Cajabamba,
departamento de Cajamarca, a Agencia;
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación correspondiente para la conversión de la
of‌i cina especial a agencia;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Microf‌i nanciera “A”, mediante el Informe Nº
223-2008-DEM “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 775-2008; y,
en uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro
y Crédito Nuestra Gente la conversión de su Of‌i cina
Especial ubicada en Jirón José Benigno Calderón y
Jirón Bolognesi S/N, distrito y provincia de Cajabamba,
departamento de Cajamarca, en Agencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO CISNEROS SALAS
Superintendente Adjunto de
Banca y Microf‌i nanzas
274530-1
Autorizan a los liquidadores del Banco
República en Liquidación y ORION
Corporación de Crédito Banco en
Liquidación, para que celebren Contrato
de Mandato con Representación
RESOLUCIÓN SBS Nº 10650-2008
Lima, 4 de Noviembre de 2008
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTOS:
La solicitud presentada por el Banco República, en
Liquidación, y ORION Corporación de Crédito Banco, en
Liquidación, con fecha 02 de enero de 2008; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluciones SBS Nº 777-2007
de fecha 14 de junio del 2007 y Nº 1253-2007 de
fecha 14 de setiembre del 2007, se designó a los
liquidadores del Banco República, en Liquidación, y
ORION Corporación de Crédito Banco, en Liquidación,
respectivamente;
Que, ambos liquidadores han solicitado que se autorice
al Liquidador del Banco República, en Liquidación, para
que celebre un Contrato de Mandato con Representación,
con ORION Corporación de Crédito Banco, en Liquidación,
por el cual el segundo otorgaría un mandato al primero,
con la f‌i nalidad que concluya las gestiones necesarias
para el seguimiento y ejecución de un proceso judicial
iniciado contra una empresa deudora y con el producto
de lo que recaude, pague a sus acreedores, hasta donde
alcance.
Que, con el citado Contrato, ORION Corporación
de Crédito Banco en Liquidación, estaría en la
situación jurídica de concluir su proceso liquidatorio,
salvaguardando los intereses económicos de sus
acreedores, en tanto que el Banco República en
Liquidación, llevaría adelante el encargo, sin perjudicar
económicamente a sus acreedores, toda vez que los
costos del encargo serían íntegramente asumidos, en
principio, por el mandante, y luego, de ser necesario,
con los primeros ingresos que resulten de una eventual
ejecución de sentencia favorable;
Que, los exiguos recursos existentes en ORION
Corporación de Crédito Banco en Liquidación, no
le permiten continuar con su proceso liquidatorio
hasta concluir el proceso judicial de cobro, máxime
cuando la determinación previa del derecho de crédito
debe resolverse en la vía de conocimiento y no se
encuentra activado en la hoja principal de su Balance,
por lo que la celebración de un Contrato de Mandato
con Representación de una empresa supervisada
constituye un instrumento legal adecuado, toda vez que
permitirá el correcto cierre de la empresa, sin extinguir
esta relación contractual, en mérito del artículo 1803º
Que, si bien el Liquidador de ORION Corporación
de Crédito Banco en Liquidación, cuenta con
facultades para realizar todos los actos y celebrar
todos los contratos que considere pertinentes para
el desarrollo de sus labores y el mejor cumplimiento
de las acciones que le han sido encomendadas, dado
el tipo de contrato a celebrar y la importancia de su
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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