Ley N° 24029 - Ley del Profesorado
Autor | Elmer Guillermo Arce Ortiz - Javier Neves Mujica |
Páginas | 619-645 |
REGÍMENES LABORALES ESPECIALES DEL EMPLEO PÚBLICO POR SECTOR
619
El Gobierno promulgó la Ley del Profesorado
(ElPeruano:15-12-1984)
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ;
Hadadolaleysiguiente:
Ley del profesorado
Título Primero
Disposiciones generales
Capítulo I
Del profesorado
Artículo 1.-El profesorado esagente fundamental de la
educaciónycontribuyeconlafamilia,lacomunidadyelEstado
alaformaciónintegraldeleducando.
Artículo 2.-La presenteLey normael régimendelprofe-
sorado comocarr erapúblic ay como ejercicio particular, de
acuerdoconelArtículo41delaConstituciónPolíticadelPerú.
Enelprimercasoincluyealosrespectivosprofesorescesantesy
CÓDIGO DE DERECHO LABORAL
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jubilados.Asimismo,regulalasituacióndelosnoprofesionales
delaeducaciónqueejercenfuncionesdocentes.
Artículo 3.- Sonaplicablesalosprofesoreslasdisposiciones
quesedicten,respectivamente,enfavordelostrabajadoresdel
sectorpúblicoy delprivado,en cuantoseancompatibles con
la presente Ley.
Título Segundo
Normas comunes aplicables al profesorado
Capítulo II
De la formacion profesional
Artículo 4.- La formaciónprofesional del profesoradose
realiza en las Univ ersidades y en los Ins titutos Superi ores
Pedagógicos.
Artículo 5.- Sonobjetivosdelaformacióndelprofesor:
a)Profundizareldesarrollointegraldesupersonalidad;
b)Alcanzarunaadecuadapreparaciónacadémicaypedagó-
gicaparaasegurareldebidocumplimentodesulabordocente;
c)Mantenerunaactitudpermanentedeperfeccionamiento
ético,profesionalycívico,quelepermitaintegrarseasumedio
detrabajoyenlacomunidadlocal;y,
d)Intensificarsuconocimientoytomadeconcienciadela
realidadnacional,desusvaloresculturalesydelaproblemática
educativa.
Artículo 6.- La formaciónprofesional del profesoradose
efectúaennomenosdediezsemestresacadémicos.
Laprácticaprofesionalesindispensableparalagraduación
deprofesor.
Artículo 7.-Las UniversidadesylosInstitutos Superiores
Pedagógicos consideran en la formación profesional de sus
estudiantesel conocimiento de lasculturas y de laslenguas
aborígenesqueserequieraenlasregionesenqueesténubicados.
Artículo 8.-Eltítulodelosprofesionaleseneducaciónesel
deProfesorotorgadoporlosInstitutosSuperioresPedagógicos.
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