Ley N° 31557. Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia
| Fecha de publicación | 13 Agosto 2022 |
| Sección | Separatas de Normas Legales |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1. Objeto
La Ley regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, en adelante la Ley, tiene por objeto regular la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia y crea el Impuesto a los Juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia, designa a la autoridad administrativa competente, establece las infracciones y sanciones aplicables y el ejercicio de las facultades de supervisión, control, fiscalización y sanción dentro del marco de los controles y política del juego responsable y protección a los menores de edad y personas excluidas de participar en los juegos objeto de regulación.
Artículo 2. Fines
Son fines de la Ley:
2.1 Garantizar que la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia se conduzca con integridad, honestidad, transparencia y trato igualitario.
2.2 Proteger a los sectores vulnerables de la población mediante controles de acceso de menores de edad y ejecución de políticas de juego responsable destinadas a prevenir el desarrollo de conductas adictivas.
2.3 Evitar que la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia sea empleada para la comisión de delitos relacionados con el lavado de activos y financiamiento del terrorismo o para la comisión de fraudes, delitos informáticos y cualquier otro propósito ilícito.
Artículo 3. Definiciones y abreviaturas
Para efectos de la Ley, se entiende por:
3.1 Apuesta: Acción de arriesgar cierta suma de dinero sobre la ocurrencia de un resultado incierto relacionado con los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
3.2 Apuesta deportiva a distancia: Juego de azar a distancia que se desarrolla en plataformas tecnológicas en el que se apuesta sobre el resultado de un evento deportivo o sobre cualquier otro hecho o circunstancia que puede producirse en dicho evento deportivo.
3.3 Certificado de cumplimiento: Documento emitido por una entidad autorizada a expedir certificados de cumplimientos vinculados con las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, en virtud del cual se deja constancia sobre la observancia de los estándares técnicos aprobados por el MINCETUR relacionados con el objeto de la evaluación técnica.
3.4 Código Tributario: Aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816, cuyo Texto Único Ordenado del Código Tributario, fue aprobado mediante Decreto Supremo 133-2013-EF.
3.5 Educación básica regular: Es la modalidad de educación que abarca los niveles de educación inicial, primaria o secundaria.
3.6 Evento deportivo: Suceso público programado en el que se desarrolla un juego deportivo entendido como aquel conjunto de prácticas y/o actividades físico-atléticas que realizan las personas siguiendo reglas establecidas dentro de un área determinada, a fin de competir entre ellas en procura de un resultado incierto.
3.7 Juegos a distancia: Juegos de azar a distancia que implican la realización de apuestas distintas a las que se alude en el numeral 3.2 y que se desarrollan en plataformas tecnológicas mediante el uso de medios electrónicos, telemáticos, informáticos o interactivos y se transmiten a través de redes de comunicación abiertas o restringidas como la televisión, internet, telefonía fija o móvil.
3.8 Juego de azar: Juego cuyo resultado no depende de la voluntad o habilidad del jugador sino de factores no predictibles.
3.9 Juego responsable: Juego realizado con fines recreativos y de integración social que no altera el comportamiento de la persona en sus ámbitos personales, familiares, laborales y/o sociales.
3.10 Jugador(a): Persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjero residente en el país registrada en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas para su explotación por el MINCETUR. En caso de ser extranjero, la persona natural debe tener la calidad migratoria de residencia en el país, de acuerdo con lo establecido en el numeral 29.2 del artículo 29 del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones o la norma que lo sustituya.
3.11 Laboratorios de certificación autorizados: Personas jurídicas constituidas en el Perú o en el exterior, autorizadas por el MINCETUR a expedir certificados de cumplimiento e informes técnicos como consecuencia de las evaluaciones técnicas de las plataformas tecnológicas, así como los servicios electrónicos, programas de juego, sistemas y componentes que forman parte integrante de las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
3.12 LPAG: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
3.13 Ley General de Sociedades: Aprobada mediante la Ley Nº 26887.
3.14 Ludopatía: Alteración progresiva del comportamiento a través de una incontrolable necesidad de apostar sin medir las consecuencias negativas de dicho comportamiento.
3.15 MINCETUR: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
3.16 Plataforma Tecnológica: Conjunto de bases de datos, aplicaciones y medios de comunicación informáticos, recursos y/o componentes de hardware y software, a través de los cuales se realiza la explotación de los juegos o apuestas deportivas a distancia.
3.17 Premio: Retribución en dinero obtenida por el jugador como consecuencia de la verificación de una jugada ganadora.
3.18 Procedimiento de Autorización y Registro: Procedimiento administrativo de homologación en virtud del cual se autoriza y registra la plataforma tecnológica de juegos y/o apuestas deportivas a distancia, así como los programas de juegos, sistemas progresivos, pasarelas de pagos, entre otros componentes y/o servicios informáticos que forman parte integrante de las plataformas tecnológicas, de acuerdo con lo establecido en la Ley, su Reglamento y Directivas de obligatorio cumplimiento.
3.19 Proveedores de servicios vinculados: Aquellos proveedores de bases de datos, aplicaciones, medios de comunicación, recursos y/o componentes de hardware y software que conforman las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
3.20 Reglamento: Reglamento de la presente Ley.
3.21 Salas de juego de apuestas deportivas a distancia: Establecimientos en los que se explota plataformas tecnológicas de apuestas deportivas a distancia y juegos a distancia autorizadas para su explotación por el MINCETUR, debidamente acondicionados y ubicados de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley y en el Reglamento.
3.22 Sistema Progresivo: Sistema electrónico de los juegos a distancia asociado a un programa de juego autorizado y registrado, en virtud del cual se puede obtener un premio que se incrementa en función a un porcentaje de las apuestas realizadas, según las modalidades, reglas y condiciones previstas en el Reglamento.
3.23 SPLAFT: Sistema de Prevención contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, regulado en la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú, normas modificatorias y reglamentarias.
3.24 SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
3.25 SBS: Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
3.27 Terminales de apuestas: Equipos electrónicos instalados en las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, a través de los cuales se realizan las apuestas a que se refiere el numeral 3.2.
3.28 UIF-PERÚ: Unidad de Inteligencia Financiera del Perú.
Artículo 4. Ámbito de aplicación
La Ley es de aplicación a los titulares de una o más autorizaciones para la explotación de plataformas tecnológicas de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia, a las personas jurídicas que explotan salas de juego de apuestas deportivas a distancia y a los laboratorios de certificación autorizados.
Artículo 5. Autoridad competente
El MINCETUR es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
Artículo 6. Funciones del MINCETUR
El MINCETUR en su calidad de autoridad administrativa competente a nivel nacional se encuentra facultado a ejercer las siguientes funciones:
a) Expedir y revocar los actos administrativos que se derivan de la aplicación de la presente Ley y su Reglamento.
b) Dictar medidas correctivas y cautelares.
c) Determinar la comisión de infracciones administrativas y establecer las sanciones correspondientes.
d) Expedir Directivas de obligatorio cumplimiento relacionadas con la aplicación de la Ley y su Reglamento.
e) Autorizar y calificar los juegos que pueden formar parte de las plataformas tecnológicas a que se refiere la Ley.
f) Realizar labores de supervisión relacionadas con el SPLAFT.
g) Realizar labores de fiscalización de las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, así como de sus componentes de hardware, software, programas de juego, sistemas progresivos, principales componentes y/o servicios.
h) Requerir el bloqueo de las direcciones URL, IP, páginas WEB, aplicaciones informáticas y/o de los medios de pago a las entidades públicas o privadas competentes.
i) Disponer la destrucción de los bienes comisados.
j) Llevar los Registros administrados establecidos en el Reglamento.
k) Proponer la celebración de convenios de cooperación interinstitucional con organismos o entidades nacionales o extranjeras para la mejor aplicación de la Ley.
Artículo 7. Autorizaciones de explotación de plataformas tecnológicas
7.1 Las personas jurídicas constituidas en el Perú de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sociedades, así como las Sucursales establecidas en el Perú de personas jurídicas constituidas en el exterior, deben solicitar una autorización para la explotación de plataformas tecnológicas para los juegos a distancia o...
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1. Objeto
La Ley regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, en adelante la Ley, tiene por objeto regular la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia y crea el Impuesto a los Juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia, designa a la autoridad administrativa competente, establece las infracciones y sanciones aplicables y el ejercicio de las facultades de supervisión, control, fiscalización y sanción dentro del marco de los controles y política del juego responsable y protección a los menores de edad y personas excluidas de participar en los juegos objeto de regulación.
Artículo 2. Fines
Son fines de la Ley:
2.1 Garantizar que la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia se conduzca con integridad, honestidad, transparencia y trato igualitario.
2.2 Proteger a los sectores vulnerables de la población mediante controles de acceso de menores de edad y ejecución de políticas de juego responsable destinadas a prevenir el desarrollo de conductas adictivas.
2.3 Evitar que la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia sea empleada para la comisión de delitos relacionados con el lavado de activos y financiamiento del terrorismo o para la comisión de fraudes, delitos informáticos y cualquier otro propósito ilícito.
Artículo 3. Definiciones y abreviaturas
Para efectos de la Ley, se entiende por:
3.1 Apuesta: Acción de arriesgar cierta suma de dinero sobre la ocurrencia de un resultado incierto relacionado con los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
3.2 Apuesta deportiva a distancia: Juego de azar a distancia que se desarrolla en plataformas tecnológicas en el que se apuesta sobre el resultado de un evento deportivo o sobre cualquier otro hecho o circunstancia que puede producirse en dicho evento deportivo.
3.3 Certificado de cumplimiento: Documento emitido por una entidad autorizada a expedir certificados de cumplimientos vinculados con las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, en virtud del cual se deja constancia sobre la observancia de los estándares técnicos aprobados por el MINCETUR relacionados con el objeto de la evaluación técnica.
3.4 Código Tributario: Aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816, cuyo Texto Único Ordenado del Código Tributario, fue aprobado mediante Decreto Supremo 133-2013-EF.
3.5 Educación básica regular: Es la modalidad de educación que abarca los niveles de educación inicial, primaria o secundaria.
3.6 Evento deportivo: Suceso público programado en el que se desarrolla un juego deportivo entendido como aquel conjunto de prácticas y/o actividades físico-atléticas que realizan las personas siguiendo reglas establecidas dentro de un área determinada, a fin de competir entre ellas en procura de un resultado incierto.
3.7 Juegos a distancia: Juegos de azar a distancia que implican la realización de apuestas distintas a las que se alude en el numeral 3.2 y que se desarrollan en plataformas tecnológicas mediante el uso de medios electrónicos, telemáticos, informáticos o interactivos y se transmiten a través de redes de comunicación abiertas o restringidas como la televisión, internet, telefonía fija o móvil.
3.8 Juego de azar: Juego cuyo resultado no depende de la voluntad o habilidad del jugador sino de factores no predictibles.
3.9 Juego responsable: Juego realizado con fines recreativos y de integración social que no altera el comportamiento de la persona en sus ámbitos personales, familiares, laborales y/o sociales.
3.10 Jugador(a): Persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjero residente en el país registrada en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas para su explotación por el MINCETUR. En caso de ser extranjero, la persona natural debe tener la calidad migratoria de residencia en el país, de acuerdo con lo establecido en el numeral 29.2 del artículo 29 del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones o la norma que lo sustituya.
3.11 Laboratorios de certificación autorizados: Personas jurídicas constituidas en el Perú o en el exterior, autorizadas por el MINCETUR a expedir certificados de cumplimiento e informes técnicos como consecuencia de las evaluaciones técnicas de las plataformas tecnológicas, así como los servicios electrónicos, programas de juego, sistemas y componentes que forman parte integrante de las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
3.12 LPAG: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
3.13 Ley General de Sociedades: Aprobada mediante la Ley Nº 26887.
3.14 Ludopatía: Alteración progresiva del comportamiento a través de una incontrolable necesidad de apostar sin medir las consecuencias negativas de dicho comportamiento.
3.15 MINCETUR: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
3.16 Plataforma Tecnológica: Conjunto de bases de datos, aplicaciones y medios de comunicación informáticos, recursos y/o componentes de hardware y software, a través de los cuales se realiza la explotación de los juegos o apuestas deportivas a distancia.
3.17 Premio: Retribución en dinero obtenida por el jugador como consecuencia de la verificación de una jugada ganadora.
3.18 Procedimiento de Autorización y Registro: Procedimiento administrativo de homologación en virtud del cual se autoriza y registra la plataforma tecnológica de juegos y/o apuestas deportivas a distancia, así como los programas de juegos, sistemas progresivos, pasarelas de pagos, entre otros componentes y/o servicios informáticos que forman parte integrante de las plataformas tecnológicas, de acuerdo con lo establecido en la Ley, su Reglamento y Directivas de obligatorio cumplimiento.
3.19 Proveedores de servicios vinculados: Aquellos proveedores de bases de datos, aplicaciones, medios de comunicación, recursos y/o componentes de hardware y software que conforman las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
3.20 Reglamento: Reglamento de la presente Ley.
3.21 Salas de juego de apuestas deportivas a distancia: Establecimientos en los que se explota plataformas tecnológicas de apuestas deportivas a distancia y juegos a distancia autorizadas para su explotación por el MINCETUR, debidamente acondicionados y ubicados de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley y en el Reglamento.
3.22 Sistema Progresivo: Sistema electrónico de los juegos a distancia asociado a un programa de juego autorizado y registrado, en virtud del cual se puede obtener un premio que se incrementa en función a un porcentaje de las apuestas realizadas, según las modalidades, reglas y condiciones previstas en el Reglamento.
3.23 SPLAFT: Sistema de Prevención contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, regulado en la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú, normas modificatorias y reglamentarias.
3.24 SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
3.25 SBS: Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
3.27 Terminales de apuestas: Equipos electrónicos instalados en las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, a través de los cuales se realizan las apuestas a que se refiere el numeral 3.2.
3.28 UIF-PERÚ: Unidad de Inteligencia Financiera del Perú.
Artículo 4. Ámbito de aplicación
La Ley es de aplicación a los titulares de una o más autorizaciones para la explotación de plataformas tecnológicas de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia, a las personas jurídicas que explotan salas de juego de apuestas deportivas a distancia y a los laboratorios de certificación autorizados.
Artículo 5. Autoridad competente
El MINCETUR es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
Artículo 6. Funciones del MINCETUR
El MINCETUR en su calidad de autoridad administrativa competente a nivel nacional se encuentra facultado a ejercer las siguientes funciones:
a) Expedir y revocar los actos administrativos que se derivan de la aplicación de la presente Ley y su Reglamento.
b) Dictar medidas correctivas y cautelares.
c) Determinar la comisión de infracciones administrativas y establecer las sanciones correspondientes.
d) Expedir Directivas de obligatorio cumplimiento relacionadas con la aplicación de la Ley y su Reglamento.
e) Autorizar y calificar los juegos que pueden formar parte de las plataformas tecnológicas a que se refiere la Ley.
f) Realizar labores de supervisión relacionadas con el SPLAFT.
g) Realizar labores de fiscalización de las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, así como de sus componentes de hardware, software, programas de juego, sistemas progresivos, principales componentes y/o servicios.
h) Requerir el bloqueo de las direcciones URL, IP, páginas WEB, aplicaciones informáticas y/o de los medios de pago a las entidades públicas o privadas competentes.
i) Disponer la destrucción de los bienes comisados.
j) Llevar los Registros administrados establecidos en el Reglamento.
k) Proponer la celebración de convenios de cooperación interinstitucional con organismos o entidades nacionales o extranjeras para la mejor aplicación de la Ley.
Artículo 7. Autorizaciones de explotación de plataformas tecnológicas
7.1 Las personas jurídicas constituidas en el Perú de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sociedades, así como las Sucursales establecidas en el Perú de personas jurídicas constituidas en el exterior, deben solicitar una autorización para la explotación de plataformas tecnológicas para los juegos a distancia o...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.